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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de diciembre de 2006 333782 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $ PUNO/LAMPA LAMPA 0.00 337.50 OCUVIRI 0.00 1,200.00 PALCA 0.00 337.50PARATIA 0.00 225.00SANTA LUCIA 0.00 1,528.63 PUNO/MELGAR NUÑOA 0.00 3,562.50 PUNO/PUNO PICHACANI 0.00 2,475.00SAN ANTONIO 0.00 450.00 PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA 0.00 180.00PUTINA 0.00 2,137.50 PUNO/SAN ROMAN JULIACA 0.00 225.00 PUNO/SANDIA ALTO INAMBARI 0.00 712.50LIMBANI 0.00 2,250.00PHARA 0.00 225.00QUIACA 0.00 146.15 SAN MARTIN/EL DORADO SAN MARTIN 0.00 3,000.00SHATOJA 0.00 1,875.00 SAN MARTIN/LAMAS TABALOSOS 0.00 1,875.00 SAN MARTIN/MARISCAL CACERES HUICUNGO 0.00 225.00 SAN MARTIN/TOCACHE POLVORA 0.00 225.00SHUNTE 0.00 900.00 TACNA/CANDARAVE CANDARAVE 0.00 1,125.00 TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA 0.00 434.36 ITE 0.00 2,250.00 TACNA/TACNA CALANA 0.00 562.50 CIUDAD NUEVA 0.00 562.50 PALCA 0.00 225.00SAMA 0.00 5,175.00 TACNA/TARATA SITAJARA 0.00 1,125.00 TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL 0.00 787.50 UCAYALI/CORONEL PORTILLO CALLARIA 0.00 150.00 1,620.90 682,830.88 Total Distritos 414 6249-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Huánuco RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 526-2006-INDECI 16 de noviembre del 2006VISTOS: el O ficio Nº 552-2006-GRH-PR de fecha 6.SET.2006, del Gobierno Regional de Huánuco, el Memorándum Nº 731-2006-INDECI/11.0 de fecha 19.OCT.2006, de la Dirección Nacional de Operaciones, el Memorándum Nº 749-2006-INDECI/14.0 de fecha 30.OCT.2006, de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modi ficado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones O ficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga de la vigencia de la referida Octava Disposición Final; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporación de los recursos a que se re fiere la Ley Nº 28382, Ley que amplía el monto de la línea de crédito otorgada por el Banco de la Nación al INDECI”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 510-2005-EF/10, señala que los recursos provenientes de la mencionada línea de crédito podrán financiar gastos temporales de emergencia que no sean destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población y cuenten con el Informe de Evaluación de Daños correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Técnico a la Dirección General sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la línea de crédito. Se señala a su vez que recibido el Informe Técnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporación de los recursos; Que, mediante el O ficio de Vistos, el Gobierno Regional de Huánuco remitió 5 Fichas Técnicas correspondiente a la provisión de combustible para la ejecución de trabajos de rehabilitación de 5 tramos de carreteras de las provincias de Dos de Mayo, Huánuco y Marañón que fueron afectados por deslizamientos a causa de fuertes precipitaciones en las zonas aledañas; Que, mediante O ficio Nº 5827-2006-INDECI/4.0 del 2.NOV.2006, se remitió a la DGPM el Informe Técnico