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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de diciembre de 2006 334109 Recursos Humanos y demás instancias pertinentes de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese y cúmplase. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Rectora 6489-1 RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2468-2006-R-UNA Puno, 1 de diciembre del 2006VISTOS:El O fi cio Nº 773-2006-J-OAC-UNA/PUNO cursado por el señor Jefe de la O fi cina de Arquitectura y Construcciones de esta Superior Casa de Estudios. CONSIDERANDO:Que, a través del Informe Nº 013-2006-FVV-UEP/ OAC-UNA-P emitido por la Unidad de Estudios y Proyectos de la O fi cina de Arquitectura y Construcciones, se tiene que, debe efectuarse una evaluación externa del pabellón de la Facultad de Ingeniería de sistemas, así como debe realizarse una evaluación y diagnóstico estructural, además de los estudios geotécnicos en la precitada estructura, al encontrarse grietas y fi suras en las columnas, muros, vigas y demás elementos estructurales y no estructurales del edi fi cio de la Facultad de Ingeniería de Sistemas; Que, mediante Informe Nº 066-2006-WPMM-UEP/ OAC-UNA-P emitido por la Unidad de Estudios de la Ofi cina de Arquitectura y Construcciones y en vista a la visita de inspección negativa de Defensa Civil y teniéndose la noti fi cación Nº 183-2006-MPP/ODC-CPD dirigido por parte de la Municipalidad Provincial de Puno dando a conocer observaciones en cuanto a deterioro en el Pabellón de la Facultad de Ingeniería Estadística de esta Universidad, se opina por la atención de las acciones descritas en el informe detallado en el primer considerando de la presente; Que, mediante Informe Nº 1870-2006-OP-OGPD- UNA emitido por la Unidad de Control a la Ejecución Presupuestal de la O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo, se tiene la opinión por la convocatoria de un profesional a efectos de que efectúe la labor arriba señalada, con cargo a la meta presupuestaria 28: Continuar con la refacción de infraestructura universitaria deteriorada, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, por un monto ascendente a la suma de S/ 7,700.00 (SIETE MIL SETESCIENTOS NUEVOS SOLES CON 00/100); Que, mediante el documento referido en vistos, se solicita el pago de estudios de suelos y otros del edi fi cio de la Facultad de Ingeniería de Sistemas, al haberse propuesto los servicios personalísimos profesionales del especialista consultor M.Sc. Washington Martin Esquivel Mora; Que, conforme lo establece el literal f) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones, la contratación para servicios personalísimos, conforme a Reglamento; Que, conforme lo establece el Art. 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se tiene que: Cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos; procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores;Que, conforme aparece de los actuados materia del presente, don M.Sc. Washington Martin Esquivel Mora, es un profesional consultor especialista para prestar los servicios y/o consultoría requerida por esta Superior Casa de Estudios conforme al considerando precedente, teniéndose además del INFORME LEGAL emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, signada con el Nº 038-2006-OGAJ-UNA-PUNO, la opinión favorable por la procedencia de la misma; encontrándose de tal forma, la presente situación de hecho dentro el supuesto establecido en la norma arriba acotada, resultando procedente aprobarse la exoneración requerida; Que, conforme lo establece el Art. 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Arts. 146º y 147º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones se aprueban mediante resolución del titular, requieren obligatoriamente de un informe técnico-legal previo y serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano; debiendo remitirse dichas Resoluciones y el informe que los sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación y efectuándose la adquisición en forma directa mediante acciones inmediatas; Por estas consideraciones, estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución y de conformidad con las facultades que la Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 10-2005-AU-UNA, con fi eren al Rectorado de esta Universidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Exoneración del Proceso de Selección para la contratación de los servicios personalísimos del M.SC. WASHINGTON MARTIN ESQUIVEL ZAMORA, por un valor ascendente a la suma de S/. 7,700.00 (SIETE MIL SETESCIENTOS CON 00/100), con cargo a la meta presupuestaria 28: Continuar con la refacción de infraestructura universitaria deteriorada, con la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo Segundo.- DISPONER, se publique la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a través del SEACE. Artículo Tercero.- DISPONER, se remita la presente Resolución y el informe que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes, a la fecha de su aprobación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a los Vicerrectorados Académico y Administrativo, O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina de Gestión Financiera, O fi cina de Recursos Humanos y demás instancias pertinentes de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese y cúmplase. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Rectora 6489-2 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR Designan Director de la Dirección de Transferencia Tecnológica del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 145-06-IPEN/PRES Lima, 29 de noviembre de 2006