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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de diciembre de 2006 335133 Que, la Directiva Nº 001-CND-P-2003 “Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de Directores Regionales Sectoriales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003, en su numeral 5.2.5 – último párrafo - establece que “La designación se efectúa por un plazo de dos (2) años. Este plazo es renovable y está sujeto a las disposiciones legales y administrativas vigentes”; Que, el penúltimo parágrafo de la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada recientemente por la Ley Nº 28926, establece que: “…Los actuales Directores Regionales culminan su labor en la fecha de término de su designación.”; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 161- 2005-PRES de fecha 18 de mayo del 2005, se designó al Dr. Luis Ricardo Robles Guerrero en el cargo de Director Regional de Salud del Gobierno Regional de Lima; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 267-2005- PRES, de fecha 1 de agosto del 2005, se designó al Dr. Fidel Herberth Miranda Medina, en el cargo de Director Regional de Salud del Gobierno Regional de Lima, por renuncia al cargo de su anterior Director y por haber ocupado el segundo lugar en el Concurso Público de Director Regional de Salud; Que, por Informe Nº 736-2006-GRL/SGRAJ de Vistos, la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, concluye que “El Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales”, precisado por la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 28926, no sólo fi ja el plazo de culminación de la labores de los Directores Regionales designados hasta la fecha, sino que también faculta al Presidente Regional a designar y cesar a los Directores Regionales a propuesta del respectivo Gerente Regional, este último supuesto, resultaría aplicable a partir de la cesación de labores de los Directores Regionales, una vez expirado el plazo de sus designaciones como lo precisa el penúltimo párrafo de la norma acotada; Que, es facultad del Presidente Regional dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos, conforme al inciso a) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR que conforme a la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 28926, el cargo del Director Regional de Salud del Gobierno Regional de Lima, Dr. Fidel Herbeth Miranda Medina, culminará en la fecha de término de dicha designación, esto es el 18 de mayo del 2007. Artículo Segundo.- DISPONER que, de conformidad con el último párrafo de la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 28926, que faculta al Presidente Regional a designar y cesar a los Directores Regionales a propuesta del respectivo Gerente Regional, resulta aplicable a partir de culminado el plazo de la designación indicada en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY Presidente 8053-1 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 624-2006-PRES. Huacho, 14 de diciembre del 2006. VISTOS: la Resolución Ejecutiva Regional Nº 119- 2006-PRES y el Informe Nº 736-2006-GRL/SGRAJ; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;Que, la Directiva Nº 001-CND-P-2003 “Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de Directores Regionales Sectoriales”, aprobada por Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003, en su Numeral Nº 5.2.5 - último párrafo - establece que “La designación se efectúa por un plazo de dos (2) años. Este plazo es renovable y está sujeto a las disposiciones legales y administrativas vigentes” Que, el penúltimo parágrafo de la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada recientemente por la Ley Nº 28926, establece que: “… Los actuales Directores Regionales culminan su labor en la fecha de término de su designación.” Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 119-2006- PRES, de fecha 16 de marzo del 2006, y previo Concurso Público Regional, se designó al abogado Javier Antonio Nicolás Salas López en el cargo de Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima, quien asumió el cargo el 20 de marzo del 2006; Que, por Informe Nº 736-2006-GRL/SGRAJ de Vistos, la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, concluye que “El Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales”, precisado por la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 28926, no sólo fi ja el plazo de culminación de las labores de los Directores Regionales designados hasta la fecha, sino que también faculta al Presidente Regional a designar y cesar a los Directores Regionales a propuesta del respectivo Gerente Regional, este último supuesto, resultaría aplicable a partir de la cesación de labores de los Directores Regionales, una vez expirado el plazo de sus designaciones como lo precisa el penúltimo párrafo de la norma acotada; Que, es facultad del Presidente Regional dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos, conforme al inciso a) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la visación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR que conforme a la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 28926, el cargo del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima, abogado Javier Antonio Nicolás Salas López, culminará en la fecha de término de dicha designación, esto es el 20 de marzo del 2008. Artículo Segundo.- DISPONER que, de conformidad con el último párrafo de la Duodécima Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 28926, que faculta al Presidente Regional a designar y cesar a los Directores Regionales a propuesta del respectivo Gerente Regional, resulta aplicable a partir de culminado el plazo de la designación indicada en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY Presidente. 8053-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 605-2006-PRES Mediante O fi cio Nº 226-2006-GRL/SGRAJ. el Gobierno Regional de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 605-2006-PRES, publicada en la edición del día 18 de diciembre de 2006. DICE: (Quinto Párrafo de la parte Considerativa) “... a propuesta del Gerente General, ...”