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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336318 carácter de Declaración Jurada, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas Nºs. 607-MML y 952-MML Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 11261-1 Ratifican la Ordenanza Nº 102-2006- MDA que establece tasa por servicio de estacionamiento vehicular temporal en playas de veraneo del distrito de Ancón ACUERDO DE CONCEJO Nº 465 Lima, 22 de diciembre de 2006 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del año en curso el O fi cio Nº 179-090- 000003838 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, que adjunta el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 102-2006-MDA, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas del distrito de Ancón, correspondiente a la Temporada de Verano 2007. CONSIDERANDO: Que, los artículos Nºs. 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima publicada el 26-12-04 por la que se aprobó la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza, objeto de la rati fi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva. Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607 y 739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, y los artículos 66º y 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D. S. Nº 156- 2004-EF el Servicio de Administración Tributaria - SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, la misma que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24-3-04, concluyendo según Informe Nº 004-082-00000561, que procede la rati fi cación de dicha Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria - SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 304-2006-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe). ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 102- 2006-MDA, que establece la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Ancón, correspondiente a la Temporada de Verano 2007.Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, conjuntamente con el texto íntegro de la Ordenanza Nº 102-2006-MDA, y de los anexos que contienen los cuadros de estructuras de costos y estimación de ingresos, por lo que la aplicación de la misma antes de la rati fi cación, resulta de responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital. La prestación del servicio y, por tanto, la exigencia de pago de la tasa (ascendente a S/. 0.50 por treinta minutos) se efectuará de lunes a domingo en el horario de 09:00 a 17:00 horas, en la Playa Hermosa (82 cajones y que fuera autorizada por la Gerencia de Servicio a la Ciudad de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Informe Nº 519-2006-MML/GSC-SMA-DGA del 18.12.2006). Asimismo el servicio se ha previsto prestar en las zonas denominadas Pista Patinaje (43 cajones), Calle Loa y 2 de Mayo (105 cajones), Zona los Cangrejos (Yacht Club 96 cajones), Malecón Pardo (107 cajones) y La Rotonda (19 cajones), las cuales se encuentran ubicadas en las inmediaciones de la Playa Hermosa y ostentan la calidad de vías locales del distrito, motivo por el cual no existe impedimento legal alguno para la implementación del servicio de estacionamiento vehicular en las mismas por parte de la Municipalidad Distrital de Ancón durante la temporada de verano 2007. Artículo Tercero.- Finalmente, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607-MML Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 10823-1 Ratifican Ordenanza que establece importe de los Arbitrios Municipales en el distrito de Chorrillos para el año 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 479 Lima, 27 de diciembre de 2006 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre del año en curso el O fi cio N° 001-090-00003855 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza N° 104-MDCH, que establece el importe de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo correspondientes al ejercicio 2007 en el distrito de Chorrillos ; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima reguló el procedimiento para presentación, rati fi cación y publicación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima, mediante la Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, la Ordenanza Nº 727, publicada el 18-11-04, modi fi cada y ampliada por la Ordenanza Nº 952, publicada el 24-06-06 y por la Ordenanza Nº 977 publicada el 01-10-2006, que estableció el plazo excepcional hasta el 23 de octubre de 2006 para la presentación de solicitudes de rati fi cación.