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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336325 en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por la municipalidad provincial, procedimiento que para la jurisdicción de la provincia de Lima, se encuentra establecido por la Ordenanza N° 607, sus modi fi catorias, las Ordenanzas Nos. 689, 726, y sus complementarias las Ordenanzas Nos. 727 y 830; Que, mediante Ordenanza N° 088, modi fi cada por la Ordenanza N° 092, la Municipalidad de Chorrillos aprobó el Marco Legal del Régimen Tributario de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, norma rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Acuerdo de Concejo N° 412, publicado el 31/12/2005; Que, la Segunda Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 607, norma que regula el Procedimiento de Ratifi cación de las Ordenanzas Distritales en la provincia de Lima a partir del ejercicio 2005, establece que las ordenanzas marco que aprueban tributos pueden tener vigencia por mas de un período tributario y que, en caso que sea necesario establecer, de un ejercicio a otro, nuevos importes de los tributos regulados en estas Ordenanzas, sólo será materia de rati fi cación la Ordenanza que aprueba dichos importes; Que, el artículo 69° B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que, en caso que las Municipalidades no publiquen, hasta el 31 de diciembre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación, la ordenanza que explique los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad bene fi ciada, así como los criterios que justi fi quen incrementos, solo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando coma base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1 de enero del ano fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fi scal; Que, mediante Ordenanza N° 088, modi fi cada por las Ordenanzas N° 092, la Municipalidad de Chorrillos aprobó la determinación y distribución de los montos por Arbitrios Municipales del ejercicio 2006, norma que resulta válida y vigente al haber sido rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Acuerdo de Concejo N° 412, publicado el 31/12/2005; Que, de acuerdo a los Informes presentados por la Dirección de Servicios Comunales y la División de Seguridad Ciudadana, la proyección de costos de los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2007, no varía sustancialmente de la estructura de costos publicada por estos servicios para el ano 2006; Que, en tal sentido, en uso de la autonomía económica y administrativa, debe establecerse que para la determinación de los montos por concepto de arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2007, se consideren los mismos montos establecidos para el año 2006, reajustados con la variación del Índice de Precios al Consumidor acumulada a octubre del año 2006; Que, estando a lo expuesto en el Informe No. 1600- OAJ-2006-MDCH mediante el cual la O fi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, expresan su conformidad con la presente ordenanza, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal por MAYORÍA aprobó la siguiente: ORDENANZA DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS POR ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2007 Artículo 1°. MARCO LEGAL Dispóngase que para efectos de la distribución y determinación de los Arbitrios Municipales del ano 2007, el Marco Legal aplicable será el aprobado mediante Ordenanza N° 088, modificada por la Ordenanzas N° 092, que establece el Régimen Tributario de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, norma rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Acuerdo de Concejo N° 412, publicado el 31/12/2005.Artículo 2°.- DETERMINACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA (RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Y BARRIDO DE CALLES), PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO. Determínese para el ejercicio 2007 los mismos importes establecidos en la Ordenanza N° 088, modi fi cada por las Ordenanzas N° 092, norma rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Acuerdo de Concejo N° 412, publicado el 31/12/2005, reajustados con la aplicación de la variación acumulada del índice de Precios al Consumidor vigente al 31 de octubre de año 2006, la cual es de 1.40 %. Artículo 3°.- TASAS REAJUSTADAS CON EL IPC. Apruébense las tasas correspondientes a los servicios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), mantenimiento de Parques y Jardines, y Serenazgo del año 2007, que se detallan en los cuadros A, B, C, D, E y F del Anexo I de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- INFORME TÉCNICO Apruébese el Anexo II - Informe Técnico adjunto a la presente ordenanza que establece los costos ejecutados de los servicios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), mantenimiento de Parques y Jardines, y Serenazgo del año 2006. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGATURA. Encárguese a la O fi cina de Rentas cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- VALIDEZ Y VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2007. Tercera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS. Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias. Cuarta.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde ANEXO I CUADRO Nº A TASA ANUAL DE LIMPIEZA PÚBLICA – BARRIDO DE CALLES Tasa de Barrido de Calles TBC = (S/.) 5.3822897 X LF LF : Longitud del Frente de Lote del predio CUADRO B INGRESO ANUAL DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS POR M2 SEGUN USOS - LIMPIEZA PUBLICA 2007 USOS T’U2007 ( S/. / m2 ) CASA HABITACIONINDUSTRIA, ALMACENES, CADENAS COMERCIALES 4.19751 CENTRO PENITENCIARIO 4.86891 MERCADOS E HIPERMERCADOSCENTRO DE ESPARCIMIENTO, RECREACION Y SIMILARES 7.92808 GRIFOS 1.97891 GOBIERNOS CENTRALES 32.26362 EJERCITO PERUANO 0.05785 TEMPLOS, CENTROS CULTURALES 0.89175EXPENDIO DE COMIDA Y SIMILAR 6.74792