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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336315 CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1. establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 35° de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece en su Artículo 15° que son atribuciones del Consejo Regional: Inc. a) aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 01390-2003/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR de fecha 31 de diciembre del 2003, se aprobó la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Sede y Gerencias Subregionales del Gobierno Regional Piura; Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0455-2004/GRP-PR del 28 de abril del 2004, se designó la Comisión Técnica de Revisión del CAP de la Sede y Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional Piura; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 111-2006/ GRP-CR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de septiembre del 2006 del 31 de mayo del 2005, se aprobó, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura, cuyo texto quedó conformado por diez (10) Títulos, doce (12) Capítulos, ciento dieciséis (116) Artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias y tres (03) Disposiciones Transitorias; Que, en el Artículo 4º de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, se establecieron las pautas para efectuar la clasi fi cación del personal del empleo público, por grupos ocupacionales, la cual ha sido efectuada por parte de la Comisión Técnica de Revisión del CAP de la Sede y Gerencias Subregionales del Gobierno Regional Piura, según consta en Acta de Reunión suscrita en fecha 26 de junio del 2006; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, de fecha 17 de junio del 2004, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, en cuya Quinta Disposición Complementaria, referida a la adecuación de los documentos de gestión institucional, se estableció que los CAP deberán adecuarse a lo dispuesto en los lineamientos del citado dispositivo; Que, el proyecto de la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal de la Sede del Gobierno Regional Piura ha sido elaborado en concordancia a los lineam ientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, habiendo sido aprobado por la Comisión Técnica de Revisión del CAP de la Sede y Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional Piura, según consta en su Acta de Reunión suscrita en fecha 26 de junio del 2006; Que, con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 692-2005/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR del 21 de noviembre del 2005, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos del Gobierno Regional Piura, debiendo adecuarse a dicha clasi fi cación los cargos contenidos en su Cuadro para Asignación de Personal, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Que, mediante Informe Nº 119-2006/GRP-410000, de fecha 14 de agosto del 2006 e Informes Nros. 1467 y 1468-2006/GRP-460000, de fechas 28 de diciembre del 2006, la Comisión Técnica de Revisión del CAP de la Sede y Gerencias Subregionales del Gobierno Regional Piura; y la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, respectivamente, concluyen y recomiendan que es procedente la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede, Gerencias Subregionales y Centros de Servicio del Gobierno Regional Piura; Que, el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que en el caso de los Gobiernos Regionales la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal se efectuará mediante Ordenanza Regional; Que, el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, establece que las Entidades deberán cumplir con publicar su CAP en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad, siendo ésta dentro de los 3 días calendarios siguientes a la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 10, de fecha 28 de diciembre del 2006, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA SEDE, GERENCIAS SUBREGIONALES Y CENTROS DE SERVICIO DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar, a partir de la fecha el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional Piura, en concordancia a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que constará de lo siguiente: • FORMATO Nº 1 “Cuadro para Asignación de Personal y FORMATO Nº 2 “Resumen cuantitativo del Cuadro para Asignación de Personal”, en sesenta y dos (62) folios que forman parte de la presente Ordenanza Regional, conteniendo lo indicado a continuación: - En la Sede Regional: El CAP del personal nombrado, que constará de Cuatrocientos dos (402) cargos asignados, de los cuales doscientos setenta y un (271) cargos son ocupados, y ciento treinta y un (131) cargos son previstos. El CAP del personal contratado por Funcionamiento, que constará de treinta y tres (33) cargos asignados, siendo veinte (20) cargos ocupados y trece (13) cargos previstos. - En la Gerencia Subregional Luciano Castillo Colonna del Gobierno Regional Piura, el CAP que constará de sesenta y tres (63) cargos asignados, de los cuales cincuenta y cinco (55) cargos son ocupados, y ocho (08) cargos son previstos. - En la Gerencia Subregional Morropón Huancabamba del Gobierno Regional Piura, el CAP que constará de cincuenta y cinco (55) cargos asignados, de los cuales cuarenta y seis (46) cargos son ocupados, y nueve (09) cargos son previstos. - En el Centro de Servicio de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos, el CAP que constará de cuarenta y uno (41) cargos asignados, siendo un (01) cargo ocupado y cuarenta (40) cargos previstos. - En el Centro de Servicio de Abastecimiento Agua Bayóvar, el CAP que constará de dieciséis (16) cargos previstos. • ANEXO 1 “Contratos sujetos a modalidad” y ANEXO 2 “Contratos de Locación de Servicios con personas naturales”, en siete (07) folios que forman parte de la presente Ordenanza Regional, indicando lo siguiente: - En la Sede: Ciento veintitrés (123) Contratos sujetos a modalidad y doscientos setenta y tres (273) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales. - En la Gerencia Subregional Luciano Castillo Colonna: Sesenta y tres (63) Contratos sujetos a modalidad y cincuenta y dos (52) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales. - En la Gerencia Subregional Morropón Huancabamba: Cincuenta y cinco (55) Contratos sujetos a modalidad; y cincuenta (50) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales. - En el Centro de Servicio de Equipo Mecanizado y Laboratorio de Suelos: Seis (06) Contratos de Locación de Servicios con personas naturales. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1390-2003/GOBIERNO REGIONAL