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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G33/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de enero de 2006 La Dirección de Gestión Sanitaria está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer las metodologías e instrumentos para la planificación, programación y seguimiento de la ejecuciónde las actividades sanitarias, en el ámbito de salud de las personas. b) Monitorear, supervisar y evaluar el desempeño de las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional,en la ejecución del modelo de atención integral y elfuncionamiento de los servicios de salud a nivelinstitucional para retroalimentar la formulación de las estrategias y las normas respectivas, en coordinación con las Direcciones y Estrategias Sanitarias Nacionalesdel ámbito de la Dirección General de Salud de lasPersonas. c) Brindar asistencia técnica a las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, para la implementación de las normas para la atención de las personas y el funcionamiento de los establecimientos yservicios de salud. d) Evaluar el desarrollo e impacto de las intervenciones sanitarias para mejorar su efectividad. e) Formular los criterios de programación y asignación de recursos para la atención de salud en el marco del modelo de atención y la normatividad vigente. f) Apoyar la formulación y evaluación de las propuestas de metas sanitarias y presupuestos, demanera concertada con las Direcciones Regionales deSalud. g) Definir los perfiles de competencias en el Modelo de Atención, según el nivel de complejidad y grupoocupacional, de acuerdo a la metodología y normatividadvigente, en coordinación con el Instituto de Desarrollo deRecursos Humanos. h) Desarrollar las investigaciones operativas que permitan el mejoramiento de las intervenciones sanitarias en el ámbito de su competencia. i) Participar en la evaluación de la aplicación de los fondos destinados al financiamiento de las estrategiassanitarias del Ministerio de Salud, en el ámbito de sucompetencia. Artículo 46º.- DIRECCIÓN DE SALUD MENTAL La Dirección de Salud Mental está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Formular, difundir y evaluar las estrategias y normas para el desarrollo de las acciones en Salud Mental en el marco de la atención integral de salud, asistiendoen su implementación. b) Identificar los objetivos nacionales que permitan la propuesta y desarrollo de estrategias y proyectospara la promoción de Salud Mental en la persona, familia y comunidad. c) Establecer la regulación del funcionamiento y desarrollo de los servicios de salud mental encoordinación con la Dirección de Servicios de Salud. d) Promover el mejoramiento de la calidad de atención en los servicios de Salud Mental, garantizando el acceso a una atención humanista y priorizando la intervención comunitaria. e) Integrar las normas y planes del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud en la PolíticaNacional de Salud Mental. f) Proponer estrategias orientadas al desarrollo de los recursos humanos en Salud Mental, en coordinación con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. g) Concertar intersectorialmente las acciones de Salud Mental y promover la participación comunitaria ensu desarrollo. h) Desarrollar acciones orientadas a reducir el estigma que existen en la población sobre los aspectos relativos a la Salud Mental. i) Participar en la evaluación de la aplicación de los fondos destinados para el financiamiento de estrategiassanitarias en el ámbito de su competencia. Artículo 47º.- ORGANIZACIÓN NACIONAL DE DONACIÓN Y TRANSPLANTES (ONDT) La Organización Nacional de Donación y Transplantes es un órgano técnico adscrito a laDirección General de Salud de las Personas, responsable de las acciones de rectoría, promoción,coordinación, supervisión y control, de los aspectosrelacionados a la donación y trasplante de órganos ytejidos en el territorio nacional, según lo establecidopor la Ley Nº 28189 y su Reglamento; está a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer políticas y estrategias de salud, para el desarrollo de la donación y transplante de órganos ytejidos en el ámbito nacional. b) Proponer a las autoridades de salud, normas sobre aspectos técnicos y éticos del proceso de obtención, donación, distribución y transplante de órganosy tejidos. c) Organizar y mantener actualizado el Registro Nacional de Donantes en coordinación con la RENIEC. d) Establecer el Registro Nacional de potenciales donantes no emparentados de células progenitoras hematopoyéticas, así como el Banco Nacional de Sangrede Cordón Umbilical. e) Realizar el intercambio de información con organizaciones del ámbito internacional dedicadas alRegistro de Potenciales Donantes no emparentados de tejidos regenerables. f) Organizar y mantener actualizado el Registro Nacional de receptores de Órganos y Tejidos. g) Organizar el sistema de notificación de potenciales donantes cadavéricos, para efectos deracionalizar las acciones de procura de órganos y tejidos. h) Formular los requerimientos necesarios para el procedimiento de acreditación de los establecimientosde salud públicos y privados y organizar la red hospitalariadedicada a la donación y transplante. i) Realizar acciones de supervisión y control en la red hospitalaria acreditadas para donación y transplante, garantizando la calidad de los procesos, proponiendo las acciones correctivas y las acciones que estimeconveniente. j) Incentivar y supervisar los programas de desarrollo de recursos humanos y de investigación ydesarrollo, concordante con las políticas, estrategias y la necesidad de la población. k) Realizar acciones de promoción y difusión en la comunidad, destinado a incentivar el sentimiento desolidaridad para la donación de órganos y tejidos, encoordinación con otros sectores y medios decomunicación social. l) Celebrar convenios nacionales e internacionales, para efectos de cooperación técnica, financiera y deayuda mutua. Artículo 48º.- DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD AMBIENTAL La Dirección General de Salud Ambiental es el órgano técnico normativo en los aspectos relacionados alsaneamiento básico, salud ocupacional, higienealimentaria, zoonosis y protección del ambiente; está acargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y hacer cumplir la política nacional de salud ambiental, a fin de controlar los agentescontaminantes y mejorar las condiciones ambientalespara la protección de la salud de la población. b) Articular y concertar los planes, programas y proyectos nacionales de salud ambiental. c) Establecer las normas de salud ambiental y monitorear y evaluar su cumplimiento. d) Conducir la vigilancia de riesgos ambientales y la planificación de medidas de prevención y control. e) Promover en la sociedad una conciencia en salud ambiental, propiciando su participación en la búsqueda de entornos ambientales saludables que permitan la protección de la salud, el autocontrol de los riesgosambientales y el desarrollo de una mejor calidad de vidade las personas. f) Promover el permanente desarrollo de las capacidades, habilidades y conocimientos de los recursos humanos en salud ambiental, en coordinación con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos. g) Desarrollar la investigación aplicada con base en los riesgos ambientales identificados.