Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2006 (05/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 5 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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h) Disenar, redisenar y mejorar continuamente el MORDAZA de Salud Ambiental. i) Participar en el Comite Nacional del Codex Alimentarius y otros que se constituyan en el ambito de su competencia. Articulo 49º.- DIRECCION DE HIGIENE ALIMENTARIA Y ZOONOSIS La Direccion de Higiene Alimentaria y Zoonosis esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y concertar los fundamentos tecnicos para la formulacion de las politicas nacionales relacionadas con la higiene alimentaria y la prevencion de enfermedades de los animales al hombre - zoonosis. b) Establecer las normas y coordinar la vigilancia sanitaria de los alimentos, zoonosis y la supervision de las actividades de prevencion y control de los agentes patogenos en la proteccion de la salud de los consumidores y la salud publica. c) Concertar y articular los aspectos tecnicos y normativos en materia de inocuidad de los alimentos, bebidas y de prevencion de la zoonosis. d) Coordinar, asesorar y supervisar los planes y programas de higiene alimentaria y prevencion de la zoonosis a nivel nacional. e) Establecer las normas y procedimientos de supervision de las acciones que desarrollan los organismos publicos y privados en materia de higiene alimentaria y control de zoonosis. f) Promover en las empresas y organizaciones entornos saludables, en la produccion, fabricacion y comercializacion de alimentos y bebidas de consumo humano con el fin de proteger la salud de la poblacion. g) Establecer las normas para la implementacion de las propuestas tecnicas establecidas en los convenios y acuerdos nacionales e internacionales referidos a la higiene alimentaria y prevencion de la zoonosis. Articulo 50º.- DIRECCION DE ECOLOGIA Y PROTECCION DEL AMBIENTE La Direccion de Ecologia y Proteccion del Ambiente esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y concertar los fundamentos tecnicos para la formulacion de las politicas nacionales relacionadas con la ecologia y la proteccion del ambiente para la salud. b) Vigilar la calidad de los recursos agua, aire y suelo para identificar riesgos a la salud humana. c) Controlar las actividades de los agentes que puedan alterar la calidad ambiental para proteger la salud humana, en el MORDAZA de las competencias del Sector Salud. d) Establecer las normas de los aspectos sanitarios y ambientales para brindar entornos saludables y proteger la salud humana. e) Establecer en el MORDAZA de las competencias del Sector Salud las normas aplicables a la conservacion, proteccion y recuperacion del ambiente para la proteccion de la salud humana. f) Controlar la gestion ambiental de los residuos y sustancias peligrosas para la proteccion de la salud de la poblacion. g) Supervisar el cumplimiento de las normas y reglamentos sanitarios en aspectos de ecologia y proteccion del ambiente en coordinacion con las Direcciones de Salud, los organos del Sector Salud y otros Sectores relacionados. h) Disenar e implementar el sistema de registro y control de vertimientos en relacion a su impacto en el cuerpo receptor; asi como el registro y control de plaguicidas y desinfectantes de uso domestico, industrial y en salud publica. i) Evaluar los riesgos ambientales y verificar el cumplimiento de los estandares de calidad ambiental para la proteccion de la salud. j) Evaluar los aspectos inherentes a los riesgos para la salud humana de los plaguicidas quimicos de uso agricola.

Articulo 51º.- DIRECCION DE SANEAMIENTO BASICO La Direccion de Saneamiento Basico esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer y concertar los fundamentos tecnicos para la formulacion de politicas nacionales de salud ambiental. b) Establecer las normas tecnicas sanitarias, del abastecimiento de agua para consumo humano; el manejo, reuso y vertimiento de aguas residuales domesticas y disposicion de excretas; el manejo de residuos solidos; y la vigilancia y control de artropodos vectores de enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud publica, en el MORDAZA de la normatividad vigente. c) Establecer las normas tecnicas de calidad de agua para consumo humano. d) Vigilar la calidad sanitaria de los sistemas de agua y saneamiento para la proteccion de la salud de la poblacion. e) Establecer la coordinacion, supervision y evaluacion del impacto de las estrategias de vigilancia y control de artropodos vectores y de enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud publica. f) Normar la implementacion de las propuestas tecnicas establecidas en los convenios referidos al control vectorial de artropodos vectores, enfermedades transmisibles y plagas de importancia en salud publica. g) Normar y registrar la autorizacion de funcionamiento de las empresas prestadoras y empresas comercializadoras de residuos solidos y de auditores en gestion de residuos solidos. Articulo 52º.- DIRECCION DE SALUD OCUPACIONAL La Direccion de Salud Ocupacional esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer los fundamentos tecnicos para la formulacion de los lineamientos de politica sectorial en salud ocupacional. b) Proponer los objetivos y las estrategias de salud ocupacional para la prevencion de accidentes y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo. c) Normar y difundir criterios tecnicos sobre salud, higiene y seguridad en el trabajo en las diversas actividades economicas y vigilar su aplicacion por los organos competentes. d) Establecer los requerimientos y la coordinacion de actividades de la investigacion aplicada en el ambito de la salud ocupacional, dirigida a los agentes de riesgo y su impacto en la salud de los trabajadores, con el Instituto Nacional de Salud. e) Coordinar y supervisar la ejecucion de estrategias de vigilancia y control de riesgos en el trabajo de las diversas actividades economicas. f) Establecer y sistematizar la vigilancia de riesgos ocupacionales. g) Brindar y coordinar asesoria tecnica a nivel sectorial y regional, en relacion a la salud ocupacional. Articulo 53º.- DIRECCION GENERAL DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS La Direccion General de Medicamentos Insumos y Drogas, es el organo tecnico-normativo en los aspectos relacionados a las autorizaciones sanitarias de medicamentos, otros productos farmaceuticos y afines, certificacion, el control y vigilancia de los procesos relacionados con la produccion, importacion, distribucion, almacenamiento, comercializacion, promocion, publicidad, dispensacion y expendio de productos farmaceuticos y afines, asi como contribuir al acceso equitativo de productos farmaceuticos y afines de interes para la salud, eficaces, seguros, de calidad y usados racionalmente; esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer las politicas nacionales e internacionales sobre medicamentos, otros productos farmaceuticos y afines e identificar y proponer los objetivos estrategicos sectoriales e institucionales para su desarrollo.

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