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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G33/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de enero de 2006 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F /G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G71/G75/G65/GF1/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G2D/G20/G50/G52/G4F/G4D/G50/G59/G4D/G45 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2006-TR Lima, 4 de enero de 2006 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y el numeral 9 del Artículo 1º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor JULIO WALTER NOCEDA MARTOROLLET, como Director Ejecutivo del Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 00149 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20 /G79/G20 /G61/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G61 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G2D/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G43/GED/G72/G63/G75/G6C/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G43/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G61/G73/G74/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2006-TR Lima, 3 de enero de 2006 VISTO: El Memorando Nº 1013-2005-MTPE/4, de fecha 15 de diciembre de 2005, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 26852, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2006, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2006; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que el Titular del Pliego puede delegar la autoridad que le corresponde en materia presupuestaria; Que, la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, que aprueba el Manual Normativo de Personal Nº 002- 92-DNP “Desplazamiento de Personal”, establece que corresponde al Titular de la Entidad Pública, las acciones de personal a que se refiere el Decreto Legislativo Nº276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su norma reglamentaria aprobado por el Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, establecen que los funcionarios y dependencias responsables de la Entidad en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado, pueden delegar atribuciones, salvo en aquellos asuntos que, por indicación expresa de la Ley y/o del Reglamento, sean indelegables; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegación a la Secretaría General Delegar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el presente ejercicio presupuestal 2006, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Oficina de Administración: a) La facultad de suscribir convenios interinstitu- cionales, así como disponer su exclusión o ampliación; b) La facultad de resolver o pronunciarse respecto a los recursos de apelación interpuesto por los postores en el desarrollo de los procesos de selección que convoque la Entidad, dentro de los alcances del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; c) La facultad de aprobar directivas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo que regulen los actos de administración interna, la elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, tendentes a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de carácter interno, a cargo de los órganos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, d) Autorizar y resolver acciones de personal relativas a destaques y renovaciones de contratos del personal, adscritos al Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3 y el Decreto Legislativo Nº 728, esta facultad no incluye la de realizar nombramientos y las acciones de personal descritas en el literal i) del Artículo 2º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Delegación de facultades a la Oficina General de Administración Delegar al funcionario a cargo de la Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el presente ejercicio fiscal 2006, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Aprobación de las Bases Administrativas; b) Designación de los Comités Especiales; c) La aprobación y suscripción de prestaciones adicionales o reducciones, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la Entidad, las que deberán regirse por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; d) La suscripción de los contratos con los postores beneficiados con el otorgamiento de la buena pro, incluir las modificaciones posteriores que se incluyeran a éstos, así como disponer la resolución de los mismos por las causales reguladas en la normatividad vigente, con