Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2006 (06/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de enero de 2006

el cual tendra como funcion primordial la difusion y promocion de los programas, proyectos y servicios implementados por el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, especialmente los servicios que actualmente vienen brindando los Centros Emergencia Mujer, las Defensorias Municipales, los Ministerios del Interior y de Justicia, el Ministerio Publico, Poder Judicial, asi como los Agentes de Salud y Educacion. Articulo 2º.- La presente disposicion debera ser puesta en conocimiento de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social para su inmediata implementacion, dando cuenta de las acciones adoptadas al INABIF. Articulo 3º.- La Unidad Gerencial para el Desarrollo de la Poblacion en Riesgo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, y la Unidad Gerencial de Atencion Integral del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, son las encargadas de brindar las facilidades y la informacion necesaria para la implementacion de la presente disposicion. Registrese y comuniquese. ERICK SORIANO BERNARDINI Director Ejecutivo Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar 00160

PRODUCE
Declaran infundado recurso de apelacion interpuesto contra el Oficio Nº 3029-2004-PRODUCE-DNEPP-Dchi, referida a correccion de capacidad de bodega de embarcacion pesquera
RESOLUCION VICE-MINISTERIAL Nº 061-2005-PRODUCE/DVM-PE
MORDAZA, 16 de diciembre del 2005 Vistos; los escritos de registros Nºs.11270003 del 15 de diciembre de 2004 y 27 de MORDAZA de 2005, 00036760 del 9 y 16 de noviembre de 2005, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESCAJADILLO. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 026-2001-PE/DNE de fecha 5 de febrero del 2001, dentro del regimen de la Ley Nº 26920, se otorgo permiso de pesca a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA con matricula PL-4181-BM, de 38 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, y asimismo, para la extraccion de jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que mediante el escrito de registro Nº 04232003 del 8 de junio de 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la correccion de la Resolucion Directoral Nº 026-2001-PE/DNE, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA a la que se le consigno 38 m 3 correspondiendole segun el administrado, una capacidad de bodega de 48.07 m3; Que a traves del Oficio Nº 3029-2004-PRODUCE/ DNEPP-Dchi de fecha 29 de setiembre de 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero emitio un pronunciamiento expreso sobre la solicitud presentada por el armador comunicando la imposibilidad de corregir la capacidad de bodega con la que la Administracion le otorgo el permiso de pesca, en razon que esta capacidad se calculo considerando el arqueo neto de 8.85, equivalente a 38.21 m3 de capacidad de bodega; dicho arqueo neto fue determinado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignado en el Certificado de Matricula presentado como requisito con la solicitud de permiso de pesca que dio origen a la Resolucion Directoral Nº 026-2001-PE/DNE; Que de otro lado, con el escrito de registro 11270003 del 15 de diciembre de 2004, el armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 109º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General formula contradiccion al Oficio Nº 3029-2004-PRODUCE/ DNEPP-Dchi, argumentando que no habria sido tomado en consideracion el pedido que se MORDAZA un periodo de prueba formulado en el escrito de fecha 8 de junio de 2004, con lo que se habria contravenido el MORDAZA del debido procedimiento; es pertinente remarcar que en este escrito no se precisa el medio impugnativo que se interpone ni se adjunta nueva prueba instrumental; Que posteriormente el citado armador con el escrito de registro Nº 11270003 del 27 de MORDAZA de 2005, considerando el plazo en que fue presentada su solicitud de correccion de la Resolucion Directoral Nº 026-2001-PE/DNE en el extremo de la capacidad de bodega, pretende acogerse al silencio administrativo negativo para que su petitorio sea evaluado tecnica y legalmente por el superior jerarquico adjuntando el r ec i bo de ingr es o por c onc ept o de r ec ur s o administrativo; Que el armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a traves del escrito de registro Nº 00036760 del 9 de noviembre de 2005, pretende acogerse al silencio administrativo positivo previsto en el articulo 33º numeral 2 de la Ley Nº 27444, Ley del

FE DE ERRATAS RESOLUCIONES MINISTERIALES Nºs. 007, 008 y 009-2005-MIMDES
Mediante Oficio Nº 028-2006-MIMDES/SG, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita se publique Fe de Erratas de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 007, 008 y 009-2005-MIMDES, publicadas en nuestra edicion del dia 5 de enero de 2006. 1. Resolucion Ministerial Nº 007 DICE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 007-2005-MIMDES
DEBE DECIR:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 007-2006-MIMDES
2. Resolucion Ministerial Nº 008 DICE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 008-2005-MIMDES
DEBE DECIR:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 008-2006-MIMDES
3. Resolucion Ministerial Nº 009 DICE:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2005-MIMDES
DEBE DECIR:

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-2006-MIMDES
00168

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