Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2006 (07/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 7 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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desempenaran en y ante la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial. El Consejo Nacional de la Magistratura, para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Concurso y el Balotario de seleccion y nombramiento de todos los Vocales, Jueces y Fiscales con formacion juridico militar policial de la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial; debe asesorarse necesariamente de los representantes que para este efecto designe la Sala Suprema Penal Militar Policial. SEGUNDA.- Designaciones temporales de Vocales, Jueces y auxiliares jurisdiccionales, que actuan en la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial En tanto el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a la primera disposicion transitoria, convoque a concurso de seleccion y nombramiento de los Vocales y Jueces que actuaran en la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial; constituyese una Junta Transitoria, Calificadora y Designadora, encargada de la designacion de los Vocales de la Sala Suprema Penal Militar Policial de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Superior, Consejos Territoriales y Jueces de Juzgados de la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial; la misma que se conforma por: Dos (2) Oficiales juridicos militares policiales con grado militar o policial de General de Brigada o equivalente en situacion militar o policial de retiro, que hubiesen desempenado labor jurisdiccional en la justicia militar policial, designados por el Consejo Supremo de Justicia Militar. Dos (2) Oficiales juridicos militares policiales con grado militar o policial de General de Brigada o equivalente en situacion militar o policial de retiro, que hubiesen desempenado labor fiscal en la justicia militar policial, designados por el Consejo Supremo de Justicia Militar. Tres (3) representantes designados por el Consejo Nacional de la Magistratura. ·

permanencia en situacion de disponibilidad cuando la causa de esta sea por medida disciplinaria o sentencia judicial. Carecer de antecedentes penales o judiciales por la comision de delitos dolosos.

En caso de no cubrirse las plazas de Vocales Supremos, por oficiales, con el requisito de grado y situacion militar o policial MORDAZA senalado; se puede evaluar y designar temporalmente y por identico plazo, a oficiales de los Cuerpos o Servicios Juridicos de las Instituciones de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional, que cumplan los siguientes requisitos: · · · · Ser peruano de nacimiento. Tener no menos de 50 anos de edad. Tener titulo de abogado, y encontrarse habil para su ejercicio. Tener el grado militar o policial de General de Brigada o equivalente, en situacion militar o policial de actividad; debiendo aplicarse en caso de ser designados lo dispuesto en el parrafo 10.1 de la presente Ley. Haber ejercido la abogacia o desempenado docencia universitaria, en materia juridica, durante veinte (20) anos; de los cuales no menos de dieciocho (18) anos debe haber integrado algun Cuerpo o Servicio Juridico Militar o Policial y con no menos de cinco (5) anos de experiencia en la Justicia Militar o Policial. Carecer de antecedentes penales o judiciales por la comision de delito doloso.

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Los integrantes de la Junta Transitoria, Calificadora y Designadora deben ser designados e instalarse dentro de los cinco (5) dias naturales de publicada la presente Ley; debiendo en un plazo MORDAZA de veinticinco (25) dias naturales de instalada designar temporalmente a los tres (3) Vocales Supremos juridico militar o policial que integran la Sala Suprema Penal Militar Policial. Los Vocales Supremos designados temporalmente, deben, en lo posible, haber prestado servicios en diferentes Cuerpos o Servicios Juridicos de las Fuerzas Armadas o Policia Nacional. Los Vocales Supremos designados temporalmente juramentan el cargo y proceden junto con los dos (2) Vocales Supremos de la Jurisdiccion Ordinaria designados, a instalar la Sala Suprema Penal Militar Policial en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias naturales contados desde su designacion. Los tres (3) Vocales Supremos con formacion juridico militar y/o policial, que integran la Sala Suprema Penal Militar Policial; son evaluados y designados por dos (2) anos, prorrogables a dos (2) anos mas; entre aquellos que cumplan los siguientes requisitos: · · · · · Ser peruano de nacimiento. Tener no menos de 55 ni mas de 73 anos de edad. Tener titulo de abogado, y encontrarse habil para su ejercicio. Tener el grado militar o policial de General de Brigada o equivalente, en situacion militar o policial de retiro. Haber ejercido la abogacia o desempenado docencia universitaria, en materia juridica, durante veinticinco (25) anos; de los cuales no menos de veintidos (22) anos debe haber integrado algun Cuerpo o Servicio Juridico Militar o Policial y con no menos de siete (7) anos de experiencia en la Justicia Militar o Policial. No haber pasado a la situacion militar o policial de retiro por alguna de las siguientes causales: medida disciplinaria; sentencia judicial; insuficiencia profesional; enfermedad o incapacidad psicosomatica; y limite de

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Luego de la designacion de los tres (3) Vocales Supremos Juridicos Militares Policiales de la Sala Suprema Penal Militar Policial; la Junta Transitoria, Calificadora y Designadora, cuenta con un plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales para senalar los requisitos, evaluar y designar temporalmente por dos (2) anos prorrogables a dos (2) anos mas, a los Vocales Superiores, luego de lo cual tiene un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias naturales para evaluar y designar temporalmente por dos (2) anos prorrogables a dos (2) anos mas a Vocales Territoriales, Jueces Penales Militares Policiales, Relatores y Secretarios de Sala y de Juzgado de la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial, entre los oficiales en situacion de actividad provenientes de los Cuerpos o Servicios Juridicos de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y/o Policia Nacional. Solo para el caso de designacion temporal de Vocales Superiores y en caso de no cubrirse las plazas con oficiales en situacion de actividad con el grado de General de Brigada o equivalente, la Junta Transitoria Calificadora y Designadora puede evaluar y designar temporalmente por dos (2) anos prorrogables a dos (2) anos mas, a oficiales en situacion de retiro con el grado de General de Brigada o equivalente que hubieren integrado los Cuerpos o Servicios Juridicos de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y/o Policia Nacional; siempre que no hubieren pasado a la situacion de retiro por las causales de medida disciplinaria; sentencia judicial; insuficiencia profesional; enfermedad o incapacidad psicosomatica; y limite de permanencia en situacion de disponibilidad cuando la causa de esta sea por medida disciplinaria o sentencia judicial. Respecto a la designacion temporal de Vocales Territoriales, en caso de no cubrirse las plazas con oficiales del grado de MORDAZA o equivalente en situacion de actividad, la Junta Transitoria, Calificadora y Designadora puede evaluar y designar temporalmente por dos (2) anos prorrogables a dos (2) anos mas, a oficiales del grado de MORDAZA MORDAZA o equivalente, que cumplan con los requisitos para ascender al grado de MORDAZA o equivalente, los Vocales que conformen estas MORDAZA deberan tener en forma obligatoria el mismo grado. A los designados temporalmente no les son aplicables las causales de pase a la situacion de retiro normadas en la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y en la Ley de Situacion Policial del Personal de la Policia Nacional del Peru; se rigen por lo dispuesto en el articulo 34º de la presente Ley. Los oficiales designados temporalmente para desempenar funciones en la Jurisdiccion Especializada en Materia Penal Militar Policial, pueden presentarse al MORDAZA de ascenso al grado inmediato superior de su respectiva institucion y de obtenerlo, deben continuar desempenando

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