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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2006 (22/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 310815 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de enero de 2006 Que, para realizar la Evaluación de la Solicitud del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Ada A. Byron S.A.C., debe designarse conforme a lo recomendado por el Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos, a la Comisión de Evaluación y Consolidación que cumplirá dicha función; Que, con Resolución Nº 197-2004-CONAFU del 15 de octubre del 2004, se modificó el Estatuto del CONAFU aprobado con Resolución Nº 098-2004-CONAFU del 7 de mayo del 2004, disponiéndose que la Comisión de Evaluación y Consolidación se conformará para cada evaluación bajo competencia del CONAFU; será conducida por un Presidente y contará con especialistas en evaluación; Que con Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, el Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos opina con respecto a la conformación de Comisiones de Revisión de expedientes de las Universidades que se encuentran bajo la jurisdicción del CONAFU y proyectos presentados para la creación de nuevas Universidades; Que, mediante el Informe Nº 277-2005-CONAFU- CEAA-CONAFU del 30 de setiembre del 2005, el Consejero de Evaluación y Asuntos Académicos propone a los Miembros de las Comisiones de Evaluación y Consolidación de las Universidades que se encuentran bajo el ámbito del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; Que, mediante la Resolución Nº 179-2005- CONAFU, de fecha 30 de setiembre del 2005, se resuelve PRIMERO: CONFORMAR la Comisión de Evaluación y Consolidación del CONAFU que se encargará de la evaluación de la solicitud del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Ada A. Byron S.A.C., la Comisión estará integrada por: Sr. Larrea Portilla, Maximiliano (Presidente), Srta. Verástegui León, María Rosario (Secretaria) y Sr. Huamán Delgado, José Santiago (Vocal); SEGUNDO: DISPONER que la Comisión de Evaluación y Consolidación designada, desempeñará sus funciones de conformidad con las disposiciones contenidas en el Manual del Evaluador, los Reglamentos y demás disposiciones del CONAFU; Que, mediante carta s/n de fecha 9 de noviembre del 2005, emitido por el Presidente de la Comisión de Evaluación y Consolidación del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Ada A. Byron S.A.C. remite el informe final de la comision, indicando que se ha llevado a cabo dicha evaluación de acuerdo con los procedimientos establecidos por el CONAFU, que la Universidad Ada A. Byron S.A.C. ha alcanzado el puntaje 82.5%, de acuerdo al Art. 30 de la Resolución Nº 196- 2004-CONAFU, del 7 de octubre del 2004; Que, mediante el Informe Nº 398-2005-CEAA- CONAFU de fecha 19 de diciembre del 2005, emitido por la comisión de Trabajo de la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos, opina que de acuerdo a los puntajes obtenidos en la evaluación del Proyecto de la Universidad Ada A. Byron S.A.C. esta habría pasado el puntaje mínimo correspondiendo APROBAR, dicho Proyecto; Que, mediante el Acuerdo de Pleno Nº 362-2005- CONAFU, de fecha 20 de diciembre del 2005, se acordó APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Ada A. Byron S.A.C.; en merito al Informe Nº 398-2005-CEAA-CONAFU, al haber pasado el puntaje mínimo correspondiente con una calificación de 198 puntos que corresponde al 82.5% y las Tablas de Evaluación de Carreras Profesionales que arrojan un total de 84 puntos lo que corresponde al 93.33%, de acuerdo al Art. 30º del reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Post Grado bajo competencia del CONAFU, que señala el puntaje mínimo para la aprobación de los Proyectos de Universidades, debiendo emitirse la Resolución correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 26439, la Resolución Nº 098- 2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Expediente Administrativo Nº 083-03-P14- 2005-CONAFU del 3 de febrero del 2005, la Resolución Nº 092-2005-CONAFU, de fecha 15 de marzo del 2005, el Oficio Nº 377-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 378-2005-CONAFU-P de fecha17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 343-05-CDN-C.Ps.P, de fecha 28 de marzo del 2005, el Oficio Nº 379-2005- CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 040-2005-CR-XV/CEP de fecha 6 de abril del 2005, el Oficio Nº 380-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 528-2005-D-CIP-ICA, de fecha 13 de abril del 2005, el Oficio Nº 381-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 005-2005- DN/CLAP de fecha 27 de abril del 2005, el Oficio Nº 382-2005-CONAFU-P de fecha 17 de marzo del 2005, el Oficio Nº 675-2005-GORE-ICA/PR, de fecha 5 de abril del 2005, el Oficio Nº 727-2005-CONAFU-P de fecha 1 de junio del 2005, el Oficio Nº 072-CLAP-X-05 de fecha 27 de junio del 2005, la Resolución Nº 197- 2004-CONAFU del 15 de octubre del 2004, el Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, el Informe Nº 277-2005-CONAFU-CEAA- CONAFU del 30 de setiembre del 2005, la Resolución Nº 179-2005-CONAFU, de fecha 30 de setiembre del 2005, carta s/n de fecha 9 de noviembre del 2005, el Informe Nº 398-2005-CEAA-CONAFU de fecha 19 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 363-2005- CONAFU, de fecha 20 de diciembre del 2005, y en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20 y 39º Inc. d), del Estatuto-CONAFU y en mérito a los considerandos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de la Universidad Ada A. Byron por la Promotora Organización Educativa Ada A. Byron S.A.C. Artículo Segundo.- Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales: Psicología, Enfermería, Ingeniería de Sistemas, Administración y Finanzas e Ingeniería en Industrias Alimentarias. Artículo Tercero.- La Promotora deberá cumplir con lo dispuesto en los artículos 36º y 37º de la Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre del 2004. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.CÉSAR CRUZ CARBAJAL Presidente WUILDER TRUJILLO REYNA Secretario General 01323 J N E Disponen inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la Repœblica delPartido Político "Partido Socialista" RESOLUCIÓN Nº 015-2006-JNE Expediente Nº 026-2006Lima, 19 de enero de 2006VISTO, el oficio Nº 035-2006-JEE/LC remitido por el Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, elevando el expediente que contiene la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el señor Eduardo Enrique Ballón Echegaray, personero legal del partido político “Partido Socialista”; CONSIDERANDO: Que el 6 de enero de 2006, el partido político “Partido Socialista” presentó ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro una solicitud de inscripción de fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República para su participación en las Elecciones Generales del año 2006, la que fue admitida a trámite por dicho jurado electoral mediante Resolución Nº 014-2006-