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PÆg. 312257 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de febrero de 2006 4.1.1 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO 4.1.1.001 Operaciones Oficiales de Crédito Interno - Banco de la Nación 2 000 000,00 ——————- TOTAL DE INGRESOS 2 000 000,00 =========== EGRESOS SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 024 : Defensa Contra Siniestros SUBPROGRAMA 0066 :Defensa Civil ACTIVIDAD 1.00164 : Coordinación del Sistema Nacional de Defensa Civil FUENTE DE FINANCIAMIENTO:11 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 2 000 000,00 4 Otros Gastos Corrientes 2 000 000,00 —————— TOTAL EGRESOS 2 000 000,00 =========== Artículo 2º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, solicitará ala Dirección Nacional del Presupuesto Público lascodificaciones que se requieran como consecuencia dela incorporación de nuevos Componentes, Finalidadesde Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modificación La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye ala Unidad Ejecutora para que elabore lascorrespondientes “Notas para ModificaciónPresupuestaria” que se requieran, como consecuenciade lo dispuesto en la presente norma, las cuales seránaprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego,debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro delos cinco (5) días de aprobada a los Organismosseñalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la LeyNº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 02579 EDUCACIÓN Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de manteni-miento en infraestructura de institu-ciones educativas de Lima Metropo-litana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0068-2006-ED Lima, 7 de febrero de 2006VISTO; el Memorándum Nº 178-2006-ME/SG-OA, emitido por el Jefe de la Oficina de Administración; elInforme Técnico Nº 001-2006-OINFE, emitido por laOficina de Infraestructura Educativa; el Informe Nº 034-2006/VMGP/DINEIP/UDCREEIP, emitido por la DirecciónNacional de Educación Primaria - DINEIP; y el InformeNº 148-2006-ME/SG-OAJ, emitido por la Oficina deAsesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el 13 de enero del 2006, las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana Nºs. 01, 02, 03,04, 05, 06 y 07, en mérito a lo dispuesto en el Capítulo II,Compras Corporativas, Subcapítulo II, De las ComprasCorporativas Facultativas del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, hacende conocimiento del Titular del Pliego del Ministerio deEducación, su voluntad de realizar un proceso deselección único para la contratación del Servicio deMantenimiento de Infraestructura Educativa en diversasInstituciones Educativas Escolares de Lima Metropolitana,con cargo al presupuesto que les ha sido asignado en elpresente ejercicio; Que, por su parte, mediante Informe Nº 0017-2006- OINFE, de fecha 18 de enero del 2006, la Oficina deInfraestructura Educativa solicita al Despacho Ministerialdisponer las acciones necesarias para la realización deuna Compra Corporativa, regulada en el Capítulo II,Compras Corporativas, Subcapítulo II, De las ComprasCorporativas Facultativas del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, para elmantenimiento de tres (03) locales educativos de nivelsecundaria, de acuerdo a las actividades programadasen el POA de la Unidad Ejecutora 026; Que, con fecha 19 de enero del 2006, el Ministerio de Educación y las Unidades de Gestión Educativa de LimaMetropolitana Nºs. 01, 02, 03, 04, 05, 06, y 07, deconformidad con lo dispuesto en el Artículo 95º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, suscribieron un "Convenio Marco para laRealización de Procesos de Selección mediante elSistema de Compras Corporativas Facultativas",aprobado por Resolución Ministerial Nº 0037-2006-ED,con el objeto de encargar al Ministerio de Educación larealización de los procesos de selección u otras formasde contratación reconocidas por el ordenamiento vigenteque fueran pertinentes, para la contratación del Serviciode Mantenimiento de la Infraestructura Educativa dediversas Instituciones Educativas de Lima Metropolitana; Que, la Cláusula Sexta del citado Convenio Marco prescribe lo siguiente: "B) Durante la etapa de selección:La Oficina de Administración del MED, de acuerdo a loseñalado en los artículos 95º y 96º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,asume la RESPONSABILIDAD de la selección de losproveedores de los servicios requeridos de formacorporativa. Para tal efecto, deberá determinar elmecanismo o modalidad de selección que considerepertinente para la satisfacción de las necesidadesplanteadas, de forma tal que se asegure una contratacióneficiente y oportuna" (el subrayado es nuestro); Que, mediante Memorándum Nº 178-2006-ME/SG- OA, el Jefe de la Oficina de Administración remite elInforme Técnico Nº 001-2006-OINFE, emitido por el Jefede la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE,documento que "a decir del remitente" "(...) sustenta lasrazones por las que se habría configurado una causalde desabastecimiento inminente, con lo que se estaríajustificando una contratación bajo un procedimientoexcepcional"; Que, en el citado Informe Nº 001-2006-OINFE, el Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE,sostiene que por los montos involucrados el proceso quecorresponde convocar para la contratación delmencionado servicio de mantenimiento es un ConcursoPúblico, "(...) siendo el plazo necesario para llevar a caboel mismo aproximadamente de 60 días calendario, y para