Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

los tramites administrativos previos de por lo menos 10 dias calendario, haciendo un total de 70 dias calendario, se habria configurado la causal de desabastecimiento inminente contemplado en el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y 141º de su Reglamento, por lo que solicito, de estimar pertinente, se elabore el Informe Legal correspondiente". Que, posteriormente, a traves del Informe Nº 0342006/VMGP/DINEIP/UDCREEIP, la Direccion Nacional de Educacion Primaria - DINEIP, sustenta desde el punto de vista pedagogico la necesidad de que el aludido servicio de mantenimiento incluya rubros tales como: coberturas, resanes, trabajos de pintura, reposicion de vidrios, entre otros; Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el ar ticulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el articulo 146º de su Reglamento, Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19º de la Ley; Que, en tal sentido, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2006-OINFE, el Informe Nº 034-2006/VMGP/ DINEIP/UDCREEIP y el Informe Nº 148-2006-ME/SGOAJ, se da cumplimiento a dicho requerimiento legal; Que, por Informe Nº 001-2006-OINFE, el Jefe de la de la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE, se sustenta tecnicamente la exoneracion en los siguientes extremos: a) En merito a lo dispuesto en el numeral 6.4 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 142-2004OINFE/VMGI-ME, los expedientes de servicios de mantenimiento "objeto de la solicitud de exoneracion" presentados por las UGELs, han sido validados por la Oficina de Infraestructura Educativa -OINFE del Ministerio de Educacion, el 19 de enero del 2006. b) El 20 de enero del 2006, se emite opinion favorable de las disponibilidades presupuestales para el financiamiento de (87) ochenta y siete expedientes, comunicados mediante Memorando Nº 091-2006-OINFE. Asimismo, por Memorando Nº 117-2006-OINFE, la Oficina de Infraestructura Educativa - OINFE del Ministerio de Educacion, solicita a la Unidad de Presupuesto - SPE, emita la disponibilidad presupuestal para el Mantenimiento de infraestructura de (3) tres locales educativos secundarios en Lima. c) Mediante Oficio Nº 105-2005-OINFE, Oficio Nº 03592006-UGEL 01/SG, Oficio Nº 166-2006-UGEL 02/SG, Oficio Nº 0947-2006-UGEL 03/SG, Oficio Nº 0330-2006UGEL 04/SG, Oficio Nº 0580-2006-UGEL 05/SG, Oficio Nº 00290-2006-UGEL06/SG y Oficio Nº 241-2006-UGEL 07/SG, las Entidades Participantes, comunican al Jefe de la Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion, encargada del MORDAZA de Seleccion, la necesidad de que los Servicios de Mantenimiento requeridos deben estar concluidos a mas tardar el dia lunes 6 de marzo del 2006, esto es, MORDAZA del inicio del ano escolar. d) La Oficina de Administracion ha informado que el MORDAZA de Seleccion que debe de convocarse para la contratacion corporativa corresponde a un Concurso Publico, siendo el plazo necesario para llevar acabo el

mismo aproximadamente de 60 dias calendario y, para los tramites administrativos previos de por lo menos 10 dias calendario, haciendo un total de 70 dias calendario; por lo que los resultados del MORDAZA de seleccion regular se estarian produciendo luego del plazo MORDAZA senalado. e) Los trabajos de servicios de mantenimiento requeridos por las Entidades Participantes, tienen un periodo promedio de ejecucion de hasta 30 dias. f) La no ejecucion de los servicios de mantenimiento requeridos "(...) compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios educativos que las Entidades Participantes tienen a su cargo de manera esencial (...)", toda vez que de conformidad con las "Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestion de las Instituciones Educativas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0710-2005-ED, es competencia de las Entidades Participantes determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, asi como participar en su construccion y mantenimiento con la finalidad de crear un ambiente accesible, seguro y agradable que favorezca los aprendizajes y el desempeno de los actores educativos, desde el inicio del ano escolar. Que, por otro lado, mediante Informe Nº 034-2006/ VMGP/DINEIP/UDCREEIP, la Direccion Nacional de Educacion Primaria - DINEIP, sustenta "desde el punto de vista pedagogico" la necesidad de que el aludido servicio de mantenimiento incluya rubros tales como: coberturas, resanes, trabajos de pintura, reposicion de vidrios, entre otros; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que ante una Situacion de Desabastecimiento Inminente, la autoridad competente para autorizar la exoneracion debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º del mismo cuerpo normativo, el cual regula las responsabilidades y sanciones; Que, adicionalmente, de acuerdo a lo prescrito en el tercer parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, existe la obligacion de disponer en la Resolucion que aprueba una exoneracion -bajo sancion de nulidad-, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos comprometidos; Que, mediante Oficio Nº 0360-2006/D.UGEL-01/AGI; Oficio Nº 0203-2006/DUGEL.02-AGA/AGI-EF; Oficio Nº 007-2006-DUGEL.03-JAGI; Oficio Nº 333-2006DUGEL.04/AGI-EF; Oficio Nº 0583-2006/DUGEL.05AGI/SJL-EA; Oficio Nº 000291-2006/D.UGEL.06; Oficio Nº 241-2006/DUGEL.07/AGI-EF, cursados por las Unidades de Gestion Educativa de MORDAZA Metropolitana Nºs. 01, 02, 03, 04, 05, 06, y 07 con fecha 20 de enero del presente y Hoja de Coordinacion Interna Nº 0562006-ME/SPE-UP, del 23 de enero del presente, expedida por la Unidad de Prepuesto del Ministerio de Educacion; las Entidades Participantes certifican la disponibilidad presupuestal para el mantenimiento y reparacion de la

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