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PÆg. 312260 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de febrero de 2006 personal en función a los créditos presupuestarios aprobados para el cumplimiento de las metaspresupuestarias; Que, resulta necesario establecer las normas que regirán para la formulación, del PAP de las UnidadesEjecutoras del Pliego 10: Ministerio de Educación,correspondiente al ejercicio 2006; Estando a lo opinado por la Unidad de Presupuesto, mediante Informe Nº 018-2006-ME/SPE-UP; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 28427, la LeyNº 28411, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED y la Resolución Ministerial Nº 0775-2005-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2006- ME/SPE-UP "Normas para la Formulación delPresupuesto Analítico de Personal (PAP) de las UnidadesEjecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educación, parael Año Fiscal 2006", la misma que forma parte de lapresente Resolución. Regístrese y comuníquese. PEDRO PATRON BEDOYA Secretario General DIRECTIVA Nº 001-2006-ME/SPE-UP NORMAS PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PERSONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL PLIEGO 010 MINISTERIO DE EDUCACIÓN PARA EL AÑO FISCAL 2006 I FINALIDAD:La presenta directiva, tiene por finalidad establecer los procedimientos metodológicos que se aplicarán duranteel proceso de formulación y aprobación del PresupuestoAnalítico de Personal - 2006, de la Sede Central delMinisterio de Educación, Escuelas Superiores, DirecciónRegional de Educación de Lima Metropolitana y de lasUnidades de Gestión Educativa Local de LimaMetropolitana, de conformidad con la Ley Nº 28652 - Leyde Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006. II OBJETIVOS:2.1- Uniformizar los criterios y procedimientos para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal delas Unidades de Gestión Educativa Local del Pliego 010Ministerio de Educación. 2.2- Asegurar el financiamiento de plazas de personal administrativo y docente, estrictamente necesarias, conel Presupuesto Institucional de Apertura de la SedeCentral del Ministerio de Educación, Escuelas Superiores,Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitanay Unidades de Gestión Educativa Local de LimaMetropolitana con el nivel de Unidad Ejecutora del Pliego010 Ministerio de Educación. III BASE LEGAL:3.1- Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2- Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006. 3.3- Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. 3.4- Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. 3.5- Ley Nº 28641, Ley que Modifica la Decimoquinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28562, Ley queautoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el año fiscal 2005. 3.6- Ley Nº 28425, Ley de Racionalización de los Gastos Públicos. 3.7- Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modificada por la Ley Nº 26510.3.8- Decreto Supremo Nº 016-2005-ED, que dispone que las instancias de Gestión Educativa Descentralizadaque tienen nivel de Unidad Ejecutora, deben utilizar enforma obligatoria los sistemas denominados SIRA, SUPy NEXUS. 3.9- Resolución Ministerial Nº 0710-2005-ED, Normas Nacionales para la Gestión en las InstitucionesEducativas de Educación Básica y Educación TécnicoProductiva. 3.10- Resolución Ministerial Nº 0775-2005-ED, Delegan a la Secretaria General facultades y atribucionesdel Titular del Pliego 010 Ministerio de Educación ydesignan responsables de la administración de lasUnidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio deEducación. 3.11- Directiva Nº 025-2005-ME/SG, "Normas para el Proceso de Racionalización del Gasto en Plazas dePersonal Docente y Administrativo en InstitucionesEducativas Públicas de Educación Básica y TécnicoProductiva", aprobada mediante Resolución MinisterialNº 0267-2005-ED y prorrogada su vigencia para elejercicio fiscal 2006, mediante Resolución MinisterialNº 0048-2006-ED. 3.12- Directiva Nº 001-82-INAP/DNPP, Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal(PAP) en las Entidades del Sector Público. IV ALCANCE:4.1- Sede Central del Ministerio de Educación. 4.2- Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana. 4.3- Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana. 4.4- Escuelas Superiores que son Unidades Ejecutoras del Pliego 010. V DISPOSICIONES GENERALES:5.1- El Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es un documento de Gestión Institucional, que considera elpresupuesto para los servicios específicos de personalnombrado y contratado, en función de la disponibilidadpresupuestal del Grupo Genérico del Gasto 1: Personaly Obligaciones Sociales, garantizando las plazasestrictamente necesarias para el cumplimiento de lasMetas y Objetivos Institucionales. 5.2- Los Presupuestos Analíticos de Personal, se aprueban anualmente en el nivel de Programa, Unidadde Costeo y por Institución Educativa. 5.3- Son responsables de la elaboración del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) para el ejerciciopresupuestal 2006, en las Unidades de Gestión EducativaLocal del Pliego 010 Ministerio de Educación, la ComisiónTécnica de Racionalización del Gasto de cada una delas Unidades Ejecutoras. 5.4- La Dirección Regional de Educación es la responsable de llevar a cabo las reasignaciones y/oreubicaciones entre las Unidades de Gestión EducativaLocal de Lima Metropolitana. 5.5- Se encuentra prohibido consignar plazas dentro del Presupuesto Analítico de Personal que carezcan derespaldo presupuestal en el Grupo Genérico de Gasto1: Personal y Obligaciones Sociales. 5.6- Los Presupuestos Analíticos de Personal son base para la formulación de la Planilla Única de Pagos. VI DISPOSICIONES ESPECÍFICAS:6.1- Para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal del presente período presupuestal en lasUGELs, se tendrá en cuenta lo siguiente: 6.1.1- El Presupuesto Analítico de Personal 2006, se elaborará sobre la base del Presupuesto Analítico dePersonal 2005, actualizando los diversos movimientosde personal que se ejecutaron con fecha posterior alcierre del PAP 2005. 6.1.2- Las Plazas que se consignen en el Presupuesto Analítico de Personal, para el presente períodopresupuestal, deberán considerar los incrementos de