Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

emitidos por consejos o tribunales regidos por leyes especiales competentes para resolver controversias en MORDAZA instancia administrativa, no pueden ser objeto de declaracion de nulidad de oficio. Solo procede demandar su nulidad ante el Poder Judicial, via el MORDAZA contencioso-administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los tres anos siguientes a contar desde la fecha en que el acto quedo firme; Que, el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por Decreto Ley Nº 17667, establece que para demandar y/o formular denuncia a nombre del Estado, sera necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial Autoritativa; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y con las disposiciones legales que anteceden; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales tendentes a solicitar la Nulidad Parcial de la Resolucion del Consejo Regional de Calificacion Nº 07-2004-CRC-GR MORDAZA de fecha 01OCT2004 en el extremo que reconoce pension de sobrevivientes por viudez a favor de MORDAZA MORDAZA CAMAQQUE CUTI MORDAZA DE MORDAZA y pension de sobrevivientes por orfandad a MORDAZA MORDAZA CAMAQQUE, deudos de don MORDAZA MORDAZA MAMANI; de conformidad con lo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 02388

S.A. por infraccion al Art. 91º Inc. h) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada en concordancia con lo establecido en el Articulo 95º de la citada MORDAZA, al haber constatado que se encontraba desarrollando actividades de seguridad privada, sin contar con la autorizacion correspondiente otorgada por la DICSCAMEC; Que, de los actuados administrativos se establece que la EVP ANGOLA SECURITY S.A. no ha cumplido con pagar la multa impuesta por Resolucion Directoral Nº 000991-2004-IN-1704/1 del 11MAY2004, por 1 UIT, en vista de haber vencido el plazo para la cancelacion de la multa impuesta, conforme al Art. 99º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada y sin que hasta la fecha se acredite su cancelacion, pese a haberlo solicitado y al no contar con Carta Fianza vigente el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, procedera en aplicacion del Art. 110º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-94-IN del 09MAY2004; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interponer denuncia correspondiente contra la EVP ANGOLA SECURITY S.A. y contra el senor Yvan MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de representante legal de la misma; para que en forma solidaria cumplan con pagar a la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, el equivalente a 1 UIT ( una) vigente a la fecha de pago, que adeudan por concepto de multa impuesta mediante R.D. Nº 000991-2004-IN-1704/1 del 11MAY2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 02375 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0534-2006-IN/1701 MORDAZA, 6 de febrero del 2006 VISTO, el Oficio Nº 4216/2005-IN-1704-1.1 del 11MAR2005, formulado por el Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, solicitando se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interponer las acciones legales que corresponda contra la EVP SAKERHET FORTROENDE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y contra el senor MORDAZA MORDAZA URRUTIA VILLARAN, en su calidad de representante legal de la misma. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-94-IN, modificado por D.S. Nº 006-94-IN, establece las normas que regulan las actividades de los Servicios de Seguridad Privada; Que, de los actuados administrativos se establece que la EVP SAKERHET FORTROENDE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, no ha cumplido con pagar las multas impuestas mediante Resoluciones Directorales Nºs. 003096-2003-IN-17041 del 01 DIC2003, 000216/2004-IN-1704 del 26ENE2004 y la 01540/2004-IN-1704-1 del 09JUL2004, por 1.50, 1.50 y 1.00 UIT, respectivamente, que hace un total de 4 UIT (Cuatro), en vista de haber vencido el plazo para la cancelacion de la multas impuestas, conforme al Art. 99º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada y sin que hasta la fecha se acredite su cancelacion, pese a haberlo solicitado y al no contar con Carta Fianza vigente

Autorizan a procurador interponer acciones contra empresas de seguridad privada y sus representantes legales para que cumplan con el pago de multas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0533-2006-IN/1701 MORDAZA, 6 de febrero del 2006 VISTO, el Oficio Nº 5063/2005-IN-1704-1.1 del 01ABR2005, formulado por el Director General de la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso CivilDICSCAMEC, solicitando se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a interponer las acciones legales que corresponda contra la EVP ANGOLA SECURITY S.A. y contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de representante legal de la misma. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-94-IN, modificado por D.S. Nº 006-94-IN, establece las normas que regulan las actividades de los Servicios de Seguridad Privada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 000991-2004IN-1704/1 del 11 May 2004, se impone una multa equivalente a una (1.00) UIT, a la EVP ANGOLA SECURITY

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