Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2006 (13/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de febrero de 2006

por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 023/2006.TC-SU de 11.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. ARBYL COMERCIO INDUSTRIA Y SERVICIOS S.R.L., Suspension de nueve (9) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 024/2006.TC-SU de 11.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. MORDAZA ELECTRICIDAD S.R.LTDA., Suspension de trece (13) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada de contrato, causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 025/2006.TC-SU de 11.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. FERRELECTRICOS INKA S.R.LTDA., Suspension de trece (13) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada de contrato, causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 025/2006.TC-SU de 11.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 10. CONSTRUCTORA ABUHADBA S.R.LTDA., Suspension de trece (13) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada de contrato, causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, segun Resolucion Nº 025/2006.TC-SU de 11.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 11. TER CAR SERVICIOS GENERALES S.R.L., Suspension de doce (12) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentacion falsa, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, segun Resolucion Nº 033/2006.TC-SU de 12.01.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. SAN MORDAZA S.A., Suspension de cuatro (04) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentacion falsa y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 040/ 2006.TC-SU de 13.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. SR INTERNACIONAL E.I.R.L., Suspension de diez (10) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones derivadas de la orden de compra Nº 1602 , causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 060/ 2006.TC-SU de 25.01.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

14. BARBER S.A.C., Suspension de doce (12) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato, causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 061/2006.TC-SU de 25.1.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de enero de 2006 a la pagina web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 02587

Declaran no ha lugar el inicio de procedimiento administrativo sancionador a la empresa Inversiones y Representaciones J.R. E.I.R.L.
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO EN SESION DE FECHA 28.11.2005, LA SALA UNICA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE Nº 488/2005.TC. - RELACIONADO CON LA EVALUACION SOBRE LA PROCEDENCIA DEL INICIO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CONTRA LA EMPRESA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES J.R. E.I.R.L. POR PRESUNTO INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PARA SUPERVISION DE OBRA, MATERIA DEL MORDAZA DE SELECCION DE ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 051-2004GRL/GRI.COM.ESP, CONVOCADO POR EL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE CONSULTORIA EN LA SUPERVISION DE LA OBRA: PAVIMENTACION MORDAZA MORDAZA MORDAZA - CONTAMANA: ACUERDO Nº 530/2005.TC-SU de 14 DIC. 2005 VISTO, los antecedentes del Expediente Nº 488/ 2005.TC; y, CONSIDERANDO: (i) Que, con fecha 4 de octubre de 2004, el Gobierno Regional de MORDAZA (en adelante la Entidad), se llevo a cabo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 051-2004-GRL/ GRI.COM.ESP., para la prestacion de Servicios de Consultoria en la Supervision de la Obra: Pavimentacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Contamana, otorgandose la Buena Pro a favor de la empresa Inversiones y Representaciones J.R. E.I.R.L. (en adelante la Contratista); (ii) Que, el 9 de diciembre de 2004, la Entidad y la Contratista suscribieron el Contrato de Locacion de Servicios para Supervision de Obra, materia del precitado MORDAZA de seleccion; (iii) Que, mediante Carta Notarial Nº 001-2005-GRL-ORAJ, notificada con fecha 14 de enero de 2005, la Entidad otorgo a la Contratista un plazo improrrogable de cuatro (4) dias, para que se presente el profesional propuesto como supervisor de obra, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto y se implementen las acciones que para el caso las normas de la materia autorizan; (iv) Que, mediante Carta Nº 002-2005/IR.JR de fecha 21 de enero de 2005, la Contratista manifesto que la supuesta ausencia en la referida obra del supervisor, ingeniero MORDAZA MORDAZA Abreu Panaifo, se debe a que este solo se puede presentar una semana cada mes por razones de salud. Sin embargo, indico que el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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