Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2006 (28/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, martes 28 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley Nº 27594 de fecha 6 de diciembre de 2001, regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y establece en su articulo 7º que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el articulo 1º de la precitada Ley; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 053-2002JUS de fecha 31 de octubre de 2002, se designo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA Pflucker MORDAZA, como Gerente de Planeamiento y Operaciones de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, teniendo en cuenta que la referida funcionaria MORDAZA uso de su descanso vacacional por un periodo de veintiun (21) dias, resulta necesario encargar las funciones de la Gerencia a su cargo mientras dure su ausencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594 y Decreto Legislativo Nº 803; Con el visado de la Gerencia General, Gerencia de Planeamiento y Operaciones y de la Jefatura de Asuntos Legales de la Gerencia de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA East, Gerente General de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, las funciones de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI, del 27 de febrero al 19 de marzo de 2006, inclusive, por los motivos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El ejercicio de las funciones encargadas es de exclusiva responsabilidad de quien recibe la encargatura. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Justicia (e) y Presidente de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI (e) 03607

de 2006, el CND publicara las normas complementarias que seran aplicables a los proyectos de inversion materia de la convocatoria, con arreglo a lo establecido en el articulo 15º y la Tercera Disposicion Final del precitado Reglamento; En cumplimiento de las funciones asignadas y de la autonomia conferida por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, estando a lo dispuesto por las Resoluciones Presidenciales Nº 150-CND-P-2003 y 005CND-P-2006, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003 y sus normas modificatorias y complementarias, Reglamento de Organizacion y Funciones del CND; y, Con el visto MORDAZA del Secretario Tecnico (e) y los Responsables de las Gerencias de Desarrollo e Integracion Territorial, de Gestion Publica Descentralizada, y de Administracion y Finanzas, y de la Oficina Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA La presente Resolucion, con arreglo a lo establecido por el articulo 15º y la Tercera Disposicion Final del Reglamento del FIDE aprobado por la Resolucion Presidencial Nº 150-CND-P-2003, en adelante el Reglamento, tiene por objeto aprobar las normas complementarias a que se refiere el articulo 4º de la Resolucion Presidencial Nº 005-CND-P-2006, las mismas que estan orientadas a establecer las condiciones que faciliten a los Gobiernos Regionales y Locales, la MORDAZA de proyectos de inversion materia de la convocatoria efectuada a traves de este ultimo acto resolutivo. Articulo 2º.- Calificacion de los recursos del FIDE Los recursos concursables a que se refiere la Resolucion Presidencial Nº 005-CND-P-2006, tienen la categoria de Recursos de Libre Adjudicacion, conforme a los alcances del inciso a. MORDAZA parrafo del articulo 5º del Reglamento. Articulo 3º.- Proyectos concursables ante el FIDE Los proyectos de inversion que se financiaran o cofinanciaran con los recursos a que se refiere el articulo 3º de la Resolucion Presidencial Nº 005-CND-P-2006, seran aquellos que reunan caracteristicas y componentes de MORDAZA productivo que incentiven el mejoramiento de la competitividad y la formacion de MORDAZA productivas, en las zonas de influencia de los proyectos. A tal efecto, los recursos a que se refiere el articulo precedente, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 17º del Reglamento, podran destinarse a proyectos de inversion cuya contribucion al bienestar de la sociedad ameriten su ejecucion, aun cuando exista imposibilidad de rentabilizarlos en terminos de su autosostenibilidad y cumplimiento de condiciones de credito aprobadas, pero siempre que el repago del capital del financiamiento o cofinanciamiento este asegurado con los flujos generados por los proyectos o por terceros. Ar ticulo 4º.- Terminos y condiciones del otorgamiento de creditos Para efectos de la presente convocatoria, los terminos y condiciones de los Contratos de Mutuo regulados por el articulo 16º del Reglamento, seran los siguientes: a. Tasa de Interes: La tasa de interes que aplicara el FIDE, sera variable por proyecto, siguiendo la curva de rendimientos a largo plazo del MORDAZA de capitales de los bonos soberanos peruanos correspondiente al periodo de maduracion del proyecto. b. Plazo de Financiamiento: El plazo de financiamiento de los proyectos de inversion a ser financiados por el FIDE, sera determinado de acuerdo al periodo de maduracion de cada proyecto en particular. c. Desembolso: Los desembolsos de los creditos aprobados por el FIDE, se efectuaran de acuerdo al cronograma de inversiones aprobado y a la confirmacion de los avances de obra realizados. Cuando los Contratos de Mutuo no permitan la efectivizacion del financiamiento o cofinanciamiento de

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Aprueban normas complementarias aplicables a proyectos de inversion que presenten los Gobiernos Regionales y Locales, en conformidad con la Res. Nº 005-CND-P-2006
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 018-CND-P-2006

Lince, 27 de febrero de 2006 VISTOS: El articulo 3º de la Resolucion Presidencial Nº 005CND-P-2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de vistos, el Consejo Nacional de Descentralizacion ha convocado a los Gobiernos Regionales y Locales a la MORDAZA de proyectos de inversion a ser financiados o cofinanciados con recursos del Fondo Intergubernamental para la Descentralizacion (FIDE), de conformidad con las disposiciones establecidas en la Resolucion Presidencial Nº 150-CND-P-2003, Reglamento del FIDE; Que, el articulo 4º de la acotada Resolucion de vistos, senala que en un plazo que no exceda del 28 de febrero

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