Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2006 (28/02/2006)


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PARTIDOS Y ALIANZAS POLITICAS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 Peru Ahora Alianza para el Progreso Proyecto MORDAZA Movimiento Nueva Izquierda Reconstruccion Democratica Frente de Centro Justicia Nacional Frente Independiente Moralizador Progresemos Peru Con Fuerza Peru Avanza MORDAZA Partido de Integracion Social Restauracion Nacional Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP Fuerza Democratica Concertacion Descentralista Alianza por el Futuro Partido Nacionalista Peruano Partido Aprista Peruano Union por el Peru Unidad Nacional Partido Socialista Resurgimiento Peruano Partido Renacimiento MORDAZA Peru Posible Y se llama Peru TOTAL DE TIEMPO 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 1,036.16 724.06 1,140.19 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 724.06 3,428.90 828.10 1,764.39 724.06 724.06 724.06 3,845.03 724.06 25,800.00

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 28 de febrero de 2006

acuerdo con lo establecido por esa Ley y el Reglamento de las Inscripciones, el cual precisa en su Art. 95º que el DNI que no sea renovado perdera vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos senalados en el Articulo 84º del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que, la situacion expuesta podria limitar la participacion de los ciudadanos en el MORDAZA convocado, resultando necesario establecer lineamientos para privilegiar el ejercicio de su derecho constitucional al sufragio y a la participacion ciudadana contenidos en el Art. 31º de la Constitucion Politica del Peru, considerando las facultades conferidas a la Jefatura Nacional a traves de la Sexta y Novena Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones en el RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; y, Conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC y el Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos, o que esten por caducar, hasta el termino de las Elecciones Generales convocadas por Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, para la eleccion del Presidente de la Republica y Vicepresidentes, asi como de los Congresistas de la Republica y representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Articulo Segundo.- Precisar que dicha prorroga solo surtira efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 03621

TOTALES EXPRESADO EN SEGUNDOS

03657

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Prorrogan vigencia de los DNI caducos o que esten por caducar hasta el termino de las Elecciones Generales convocadas por D.S. Nº 096-2005-PCM
RESOLUCION JEFATURAL Nº 108-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 27 de febrero de 2006 VISTO: El Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8 de diciembre de 2005, el Informe Nº 033-2006-GAE/RENIEC emitido por la Gerencia de Actividades Electorales y el Informe Nº 000186-2006-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 096-2005PCM, se convoco a Elecciones Generales, que se llevaran a cabo el MORDAZA 9 de MORDAZA de 2006, para la eleccion del Presidente de la Republica y Vicepresidentes, asi como de los Congresistas de la Republica y representantes peruanos ante el Parlamento MORDAZA, precisandose que si ninguno de los candidatos a Presidente de la Republica y Vicepresidentes obtuviese mas de la mitad de los votos validos, se procedera a una MORDAZA eleccion dentro de los treinta dias siguientes a la proclamacion de los computos oficiales; Que, para tales efectos, los ciudadanos obligados a sufragar en los procesos acotados deben emplear su Documento Nacional de Identidad, dada su condicion de unico titulo para el ejercicio del derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; conforme lo dispuesto por el Art. 26º de la Ley Nº 26497 y el Art. 88º del Reglamento de las Inscripciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que, de acuerdo a lo establecido por el Art. 37º de la acotada Ley, el DNI tiene una vigencia de 6 anos en tanto no concurran las circunstancias que tal disposicion precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COFOPRI
Encargan funciones de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones de la COFOPRI
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 008-2006-COFOPRI/PC

MORDAZA, 27 de febrero de 2006. VISTOS: El Memorandum Nº 029-2006-COFOPRI/GPO de fecha 14 de febrero de 2006 mediante el cual la Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI, senora abogada MORDAZA MORDAZA Pflucker MORDAZA solicita hacer uso de su descanso vacacional por un periodo comprendido del 27 de febrero de 2006 al 19 de marzo de 2006, inclusive y el Oficio Nº 033-2006-COFOPORI/ CN de fecha 22 de febrero de 2006 de la Coordinadora Nacional de la Formalizacion de COFOPRI; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC;

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