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PÆg. 313425 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de febrero de 2006 político o alianza, requisito que en el presente caso no se ha cumplido, por lo que resulta improcedente la inscripción de la mencionada lista de candidatos al Parlamento Andino; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36º, inciso f) de la Ley Nº 26486, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro en uso de sus facultades; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Parlamento Andino, presentada por el señor MiguelAntezana Canales, a nombre del Partido Nacionalista Peruano para el proceso de elecciones generales del 2006. Artículo Segundo.- Notificar al solicitante y al personero legal del partido político Partido Nacionalista Peruano el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 03667 O N P E Publican procedimiento de sorteo de ubicación de organizaciones políticasen la cØdula de sufragio para eleccionesde Presidente y Vicepresidentes de laRepœblica, Congresistas y Represen-tantes ante el Parlamento Andino RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 051-2006-J/ONPE Lima, 27 de febrero de 2006 VISTOS; el Memorándum Nº 301-2006-GPDE de la Gerencia de Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral, el Informe Nº 025-2006-GGE/ONPE de la Gerencia de de Gestión Electoral, el Informe Nº 019-2006-DRPM y el Memorándum Nº 157-2006-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica, todos de fecha 27 de febrero de 2006; y, CONSIDERANDO: Que mediante el artículo primero del Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 8 de diciembre del año 2005, el Presidente de la República ha convocado a Elecciones Generalespara el día domingo 9 de abril de este año; Que la Constitución Política del Perú precisa en su artículo 182º que es competencia de la ONPE laorganización de todos los procesos electorales, de referéndum y los de otros tipos de consulta popular, incluyéndose el diseño y elaboración de la cédula desufragio; Que, en concordancia con el texto constitucional, el literal c) del artículo 5º de la Ley Orgánica de la OficinaNacional de Procesos Electorales, Ley Nº 26487, señala como función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de losprocesos a su cargo; precisándose en el literal b) del mismo artículo la competencia de la ONPE para diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todootro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;Que, lo anterior guarda igualmente concordancia con el artículo 159º de la Ley Orgánica de Elecciones, LeyNº 26859, norma que también establece en el segundo párrafo de su artículo 165º que el diseño y el procedimiento de ubicación de las candidaturas osímbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatosdentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas, siendo que la ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediantesorteo público, en presencia de los personeros y de notario público; Que en cumplimiento de sus funciones la ONPE emitió la Resolución Jefatural Nº 007-2006-J/ONPE, publicada el 11 de enero del año 2006, aprobando el Procedimiento de sorteo de ubicación de candidaturas y modelo de Cédula de Sufragio para la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República ; y, posteriormente, la Resolución Jefatural Nº 037-2006-J/ONPE, publicada el10 de febrero del año 2006, aprobando el Procedimiento de sorteo de ubicación de listas de candidatos en Cédula de Sufragio para la elección de Congresistas de la República y Representantes peruanos ante el Parlamento Andino ; Que, mediante la Resolución Nº 112-2006-JNE, publicada el 16 de febrero del año en curso, el Jurado Nacional de Elecciones se pronunció respecto a un recurso impugnatorio presentado contra la ResoluciónJefatural Nº 037-2006-J/ONPE, resolviendo "declarar fundado en parte" el recurso planteado y nula la resolución impugnada, "dejando sin efecto" la Resolución JefaturalNº 007-2006-J/ONPE, y, ordenando que la ONPE expida un nuevo pronunciamiento; Que, en cumplimiento de lo resuelto con carácter de irrevisable por el órgano competente para administrar justicia en materia electoral, la ONPE emitió la Resolución Jefatural Nº 046-2006-J/ONPE, de fecha17 de febrero del año en curso y publicada al día siguiente, aprobando el Procedimiento de sorteo de ubicación de listas de candidatos en Cédula de Sufragio para la elección de Congresistas de la República y Representantes peruanos ante el Parlamento Andino y en la Cédula de Sufragio para la Segunda elección presidencial , así como el Modelo de Cédulas de Sufragio para las elecciones antes citadas; Que, contra esta última Resolución se presentaron una nueva impugnación y un recurso de apelación, las cuales fueron resueltas por el Jurado Nacional de Elecciones mediante la Resolución Nº 179-2006-JNE,de fecha 24 de febrero del año 2006, declarando ambos recursos impugnatorios infundados y, en consecuencia, confirmando la Resolución Jefatural Nº 046-2006-J/ONPE; Que, el artículo cuarto de la Resolución Jefatural Nº 046-2006-J/ONPE, antes citada aprueba el modelode Cédula de Sufragio para la Segunda elección presidencial , siendo que contra éste no se ha presentado impugnación o reclamación alguna; Que, el artículo 168º de la Ley Orgánica de Elecciones establece que: una vez "resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido eltérmino sin que se hubiese interpuesto ninguna", la Oficina Nacional de Procesos Electorales publica y divulga el modelo definitivo y el procedimiento que debe seguirse,no pudiendo efectuarse ya cambio alguno respecto a lo resuelto; Por estos fundamentos y conforme a las atribuciones otorgadas por el artículo 182º de la Constitución Política del Perú, artículo 165º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los artículos 1º y literal a) del 5º de la LeyNº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el literal aa) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la OficinaNacional de Procesos Electorales aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de la Gerencia de Planificación y Desarrollo Electoral, y de la Gerencia de Gestión Electoral;