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PÆg. 313426 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de febrero de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publicar y divulgar con carácter definitivo el "Procedimiento de sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédulade sufragio para las elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y Representantes peruanos ante elParlamento Andino, y en la cédula de sufragio para la segunda elección presidencial" cuyo texto consta en el anexo I, el cual forma parte integrante de la presenteResolución. Artículo Segundo.- Publicar y divulgar el modelo definitivo de la cédula de sufragio para las elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y Representantes peruanosante el Parlamento Andino, cuyo formato aparece en el anexo II, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- El formato de la cédula de sufragio a que se refiere el artículo precedente tienelas especificaciones técnicas consignadas en el anexo III, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Publicar y divulgar el modelo definitivo de cédula de sufragio para la segunda elecciónde Presidente y Vicepresidentes de la República, cuyo formato aparece en el anexo IV, el cual forma parte integrante de la presente Resolución, la misma que seráutilizada de presentarse el caso. Artículo Quinto.- El formato de la cédula de sufragio a que se refiere el artículo precedente tiene las especificaciones técnicas consignadas en el Anexo V, que forma igualmente parte integrante de la presenteResolución. Artículo Sexto.- Póngase la presente Resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y notifíquese la misma a los personeros legales de lasorganizaciones políticas que ejercen su representación conforme a lo dispuesto por el artículo 133º de la Ley Orgánica de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional Anexo I Procedimiento de sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para las elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y Representantes peruanos ante el Parlamento Andino, y en la cédula de sufragio para la segunda elección presidencial Artículo 1º.- El sorteo se llevará a cabo en la sede central de la ONPE, estando su realización a cargo de la Gerencia de Información y Educación Electoral. Esta gerencia, asimismo, acondicionará el lugar para el sorteo, confirmará la participación de un Notario Público y la concurrencia de representantes de losorganismos electorales, de la Defensoría del Pueblo, de observadores y de los personeros de las organizaciones políticas. Artículo 2º.- Sólo podrán participar en el sorteo las organizaciones políticas cuyas candidaturas hayan sido debidamente inscritas por el Jurado Nacional deElecciones, conforme a lo informada oficialmente por dicho organismo electoral. Artículo 3º.- El sorteo para definir la ubicación de las organizaciones políticas en las tres secciones de la cédula de sufragio, se realizará siguiendo los siguientes pasos:– Se ordenará alfabéticamente la denominación de todas las organizaciones políticas cuya inscripción defórmulas de candidatos presidenciales, o de listas al Congreso de la República o de listas de Representantes peruanos ante el Parlamento Andino haya sidoinformada formalmente por el Jurado Nacional de Elecciones – De acuerdo al orden alfabético, se les asignará un número correlativo, empezando por el 1 hasta completar la numeración de todas las organizaciones políticas de la lista oficial. – Se utilizarán bolillos, identificados con los números que correspondan al orden alfabético de las organizaciones políticas. – Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. – Se invitará a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. – El Notario Público dará conformidad a cada uno de los bolillos extraídos y los funcionarios de la ONPE anotarán los resultados. – La organización política a la que corresponda el primer bolillo extraído, ocupará el primer lugar, en la sección o secciones en las que haya presentadocandidaturas. – La organización política a la que corresponda el segundo bolillo extraído, se ubicará en el segundo lugar,en la sección o secciones en las que haya presentado candidaturas; y así sucesivamente hasta completar el sorteo de todas las organizaciones políticasparticipantes. Artículo 4º.- El orden establecido por el resultado del sorteo se mantendrá en las tres secciones de la cédula, incluso en el supuesto que determinadas organizaciones políticas no presenten fórmula presidencial o lista decandidatos en alguno de los tres procesos electorales, en cuyo caso el espacio correspondiente quedará en blanco. Artículo 5º.- Una vez concluido el sorteo a que se refiere el artículo anterior, se procederá al sorteo de ubicación de los dos candidatos que hubiesen obtenidola votación más alta en el proceso de elección del Presidente y Vicepresidentes de la República, en el caso que deba llevarse a cabo una segunda elecciónpresidencial. Este sorteo se realizará siguiendo los siguientes pasos: – A la organización política que alcanzó la votación más alta se le asigna el número 1 y a la organización política que alcanzó la segunda votación más alta se leasignará el número 2. – Se utilizarán dos bolillos, los cuales se identificarán con los números 1 y 2. – Los bolillos serán mostrados a los asistentes al momento de ser colocados por un funcionario de la ONPE en el bolillero. – Se invitará a un menor de edad para que, luego de revolver el bolillero, extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes. – El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y los funcionarios de la ONPE anotarán los resultados. – La organización política a la que corresponda el primer bolillo extraído ocupará el lado izquierdo, y la otra organización ocupará el lado derecho de la cédula desufragio. Artículo 6º.- Una vez obtenidos los resultados de ambos sorteos, éstos se ingresan en la base de datos preparada para tal fin, haciéndose público en dicho acto el ordenamiento final de las candidaturas de lasorganizaciones políticas. De lo anterior se levantará el acta respectiva, entregándose un ejemplar de la misma a los personeros y observadores, otro al Notario Público,otro al Jurado Nacional de Elecciones y otro a la Defensoría del Pueblo.