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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324465REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 904-2005- MTC/10 de fecha 15 de noviembre de 2005, la DirectoraGeneral de la Oficina General de Administración aprobóla baja de 124,607 piezas de repuestos existentes en el almacén de la Oficina de Equipo Mecánico de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con un valor totalde S/. 7,301.807.49 (Siete millones trescientos un milochocientos siete y 49/100 Nuevos Soles), por causalde estado de excedencia; Que, los Directores Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Amazonas, Moquegua, Ancash,Pasco, Cajamarca, La Libertad, Apurímac, Arequipa,Huánuco, San Martín, Huancavelica, Junín,Ayacucho, Ica, Loreto, Tacna, Madre de Dios,Lambayeque y Puno solicitaron en su oportunidad, la transferencia bajo la modalidad de donación de los repuestos necesarios para garantizar elmantenimiento y operatividad de las maquinarias a cargo de cada una de las referidas Direcciones Regionales; Que, mediante el Informe Nº 001-2006-MTC/ 14.06.CTRSM, de fecha 6 de febrero de 2006, el Presidente del Comité de Transferencia de RepuestosObsoletos sin movimiento propone la transferenciade 94,976 repuestos dados de baja medianteResolución Directoral Nº 904-2005-MTC/10 por unvalor de S/. 6 412,678.84 (Seis Millones cuatrocientos doce mil seiscientos setenta y ocho y 84/100 Nuevos Soles), a favor de las Direcciones Regionales deTransportes y Comunicaciones de los GobiernosRegionales, la misma que se efectuará conforme alas solicitudes presentadas; Que, mediante Memorándum Nº 0819-2006-MTC/10 de fecha 14 de marzo de 2006, se remite el Informe Nº 010-2006-MTC/CGP del Comité de GestiónPatrimonial complementado con el Informe Nº 013-2006-MTC/CGP , mediante el cual se opina a favor de ladonación de los repuestos ubicados en la Oficina deEquipo Mecánico de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, a favor de las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los mencionadosGobiernos Regionales; Que, los actos de saneamiento, enajenación y otros actos de disposición de bienes de propiedad estatalse regulan por el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 154-2001-EF , modificado por DecretoSupremo Nº 042-2006-EF; Que, el artículo 129º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF , establece que la baja es el procedimientoconsistente en la extracción física y contable de bienesmuebles del patrimonio de las entidades públicas, la cualse autoriza mediante Resolución administrativa conindicación expresa de las causales que la originaron. Es en virtud de esta norma que se efectuó mediante Resolución Directoral Nº 904-2005-MTC/10 la baja delos 124,607 repuestos existentes en el almacén de laOficina de Equipo Mecánico de la Dirección General deCaminos y Ferrocarriles; Que, el artículo 2º de este Reglamento considera como entidades públicas, entre otros, al Poder Ejecutivo y a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) aprobóla Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el"Procedimiento para la donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado", la misma que describe a ladonación como el acto por el cual una entidad públicaconviene en transferir gratuitamente la propiedad de unbien mueble dado de baja a favor de entidades públicaso privadas; Que, la referida Directiva dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicasse rige por las disposiciones contenidas en la Directiva,así como por lo dispuesto en el Código Civil;Que, la Directiva Nº 009-2002/SBN señala que la donación de bienes muebles dados de baja de unaentidad pública a favor de otra entidad pública, debeaprobarse mediante Resolución del titular de la entidad pública donante que deberá ser transcrita, sin excepción alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión. En este caso, la Resolución deberá aprobar la donaciónbajo el término de "TRANSFERENCIA EN LAMODALIDAD DE DONACIÓN" y especificar lascaracterísticas y el valor de los bienes muebles objetode donación. Para dicho efecto, la solicitud de donación se presentará ante la entidad pública propietaria de bienes muebles dados de baja, adjuntando copia del documentode identidad del titular o del representante de la entidadsolicitante y un informe sustentando la necesidad de usode los bienes muebles y los beneficios que reportará alEstado; Que, en el presente caso, las solicitudes presentadas por los Directores Regionales de Transportes yComunicaciones de los Gobiernos Regionales hancumplido con presentar la documentación requerida paraefectos de proceder con la aprobación de la donaciónrequerida; Que, en tal sentido, considerando la opinión favorable emitida por el Comité de Gestión Patrimonialde la Oficina General de Administración, sobre ladisponibilidad de los bienes a donarse y la viabilidadde la donación, resulta procedente emitir el resolutivoque apruebe la donación de los 94,976 repuestos ubicados en la Oficina de Equipo Mecánico de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, a favorde las Direcciones Regionales de Transportes yComunicaciones de los Gobiernos Regionales, deacuerdo a la distribución contenida en los Anexosque forman parte integrante de la presente resolución; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación a favor de las Direcciones Regionales deTransportes y Comunicaciones de los GobiernosRegionales de Tumbes, Piura, Amazonas, Moquegua,Ancash, Pasco, Cajamarca, La Libertad, Apurímac, Arequipa, Huánuco, San Martín, Huancavelica, Junín, Ayacucho, Ica, Loreto, Tacna, Madre de Dios,Lambayeque y Puno, de los repuestos que se detallanen los Anexos adjuntos, que incluye las característicasy valor de los bienes, los mismos que forman parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Comité de Gestión Patrimonial, proceda a la formalización de la entregafísica del bien, previa suscripción del acta de entregay recepción mobiliaria con la institución beneficiaria. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales, adjuntando la documentación correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00193-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G61/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G79/G65/G6C/G20/G4D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G54/G72/G61/G6D/G6F/G73/G20/G56/G69/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G64/G65/G6C/G20/G49/G49/G52/G53/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2006-MTC/01 Lima, 19 de julio de 2006