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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324470El Peruano viernes 21 de julio de 2006 Para la calificación y titulación de los poseedores serán de aplicación las normas sobre formalizaciónindividual establecida en al Ley Nº 28687, DecretoSupremo Nº 006-2006-VIVIENDA y otras normascomplementarias, siempre que no se opongan al presenteReglamento. CAPÍTULO IV DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS Artículo 16º.- MEDIOS IMPUGNATORIOS Contra las resoluciones emitidas en este procedimiento, se aplicará lo previsto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Para talefecto, las entidades competentes descritas en el artículo6º del presente Reglamento deberán disponer lasmedidas necesarias para respetar el debidoprocedimiento administrativo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial podrá emitirlas disposiciones que resulten necesarias para la mejor aplicación del presente Reglamento. 00279-22 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G4D/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G37/G35/G20/G79/G20/G33/G33/G35/G2D /G32/G30/G30/G35/G2D/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G20/G65/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G61/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G20/G22/G4C/G61/G20/G43/G61/G6C/G6C/G65/G64/G65/G20/G4D/G69/G20/G42/G61/G72/G72/G69/G6F/G22/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2006-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2006CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento según la Ley Nº 27792 “Ley de Organización y Funciones, tiene competencia para formular, aprobar,ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacionalaplicables en materia de vivienda, urbanismo,construcción y saneamiento; asimismo, ejercecompetencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 230-2004- VIVIENDA se creó el Proyecto Piloto “La Calle de MiBarrio” como componente del Programa de MejoramientoIntegral de Barrios- MiBarrio, a fin de mejorar la calidadde vida de los habitantes de los Asentamientos Humanos formalizados, que cuenten con los servicios de agua y desagüe, para ejecutar entre otras obras las depavimentación de pistas y veredas, el mejoramiento ypintado de fachadas y la optimización de áreas verdes,promoviendo la coparticipación y el cofinanciamiento delGobierno Nacional, Gobierno Local y la Organización comunal organizada; Que, por Resolución Ministerial Nº 175-2005- VIVIENDA, se aprobó la selección de ciudades y/odistritos donde se ejecutarán veintidós (22)intervenciones del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”para el año 2005, de las cuales veinte (20) serán financiados con recursos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente alejercicio presupuestal 2005 por el monto de S/. 11’880 000,00, y dos (02) financiados con recursos delFondo de Apoyo Social- FO NAS del Banco de Materiales SAC por el monto de S/. 1’ 153 000,00, en la financiación y ejecución de los proyectos el Ministerio y el Banco de Materiales SAC aportarán el ochenta porciento (80%), por el Gobierno Local en un dieciséis porciento (16%), y por la Comunidad en un cuatro por ciento(4%); Que, el artículo 3º de la mencionada Resolución Ministerial señala que el Banco de Materiales SAC con cargo a los recursos del artículo 3º de la Ley Nº 27205,financiará los proyectos que se ejecuten en los distritosde Pachacamac y Ate Vitarte de la Provincia de Lima Metropolitana; sin embargo, a fin de viabilizar la ejecuciónde dichos proyectos resulta necesario modificar la Fuentede financiamiento del proyecto a ejecutarse en el distritode Pachacamac que será con cargo a los recursosordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento e incorporarlo al Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” para el año 2006; Que, por Resolución Ministerial Nº 335-2005- VIVIENDA, modificada por la Resolución MinisterialNº 053-2006-VIVIENDA y 084-2006-VIVIENDA, seaprobó la selección de ciudades y/o distritos donde se ejecutarán doce (12) intervenciones del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” para el año 2006,financiadas con cargo a los recursos ordinarios delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamientopor el monto de S/. 7’000,000.00; en las ciudades deTrujillo, Palpa, Abancay, Huanuco, Juliaca, Bagua; y en los distritos de Lima Metropolitana: San Juan de Lurigancho, La Victoria, Lima Cercado (2),Independencia; y el Cercado de la Provincia Constitucional del Callao; y se indica que en caso de imposibilidad de ejecución de un proyecto en algunade las ciudades y/o distritos mencionados, se podrá determinar otra ciudad o distrito que cumpla con los criterios de elegibilidad establecidos en el Programade Mejoramiento Integral de Barrios- MiBarrio; Que, es factible incorporar tres proyectos adicionales, dos en Lima Metropolitana, en los distritos de Villa ElSalvador y Puente Piedra, y uno en la Ciudad de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa; Que, ante la imposibilidad de llevar a cabo el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” en el Cercado de Lima porrazones de naturaleza económica del AsentamientoHumano “Ramón Cárcamo” en el Cercado de Lima, esconveniente designar un nuevo distrito dentro de Lima Metropolitana que cumpla los criterios de elegibilidad seleccionándose al Centro Poblado “San Miguel Alto” enel distrito de Pachacamac; De conformidad con la Ley Nº 27792, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificación de fuente de financiamiento Modifíquese el primer párrafo del artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 175-2005-VIVIENDA, por elsiguiente: “Artículo 3º.- El Banco de Materiales SAC con cargo a los recursos del artículo 3º de la Ley Nº 27205, financiará el proyecto que se ejecute en el distrito de Ate Vitarte de la Provincia de Lima Metropolitana.” Artículo 2º.- incorporación de intervenciones adicionales del Proyecto Piloto “La Calle de MiBarrio” Incorpórense tres proyectos adicionales al Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” para el año 2006, ymodifíquese el primer párrafo de los artículos 1º y 2º dela Resolución Ministerial Nº 335-2005-VIVIENDA, por elsiguiente: “Artículo 1º.- Aprobar la selección de ciudades y/o distritos donde se ejecutarán quince (15)intervenciones del Proyecto Piloto “La Calle de MiBarrio” para el año 2006, que serán financiados concargo a los recursos ordinarios del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento por el monto de S/. 8’600,000.00 (Ocho Millones Seiscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). (...)” “Artículo 2º.- Los Proyectos que se ejecutarán con cargo a los recursos ordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, serán en las ciudades de: Trujillo, Palpa, Abancay, Huánuco, Juliaca, Bagua, Mollendo;y en los distritos de Lima Metropolitana: San Juan deLurigancho, La Victoria, Lima Cercado, Pachacamac,