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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324477REPUBLICADELPERU REGLAMENTO SOBRE LA ELECCIÓN DE REGIDORES EN CONCEJOS MUNICIPALES PROVINCIALES Y DISTRITALES ELECCIÓN DE REGIDORES EN CONCEJOS MUNICIPALES PROVINCIALES Y DISTRITALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: Objetivo El presente Reglamento tiene como objetivo, establecer las pautas y procedimientos para la elecciónde regidores en los concejos municipales provinciales ydistritales para las elecciones municipales del año 2006. Artículo 2º: Ámbito de aplicación El presente Reglamento es de aplicación para la elección de regidores en concejos municipalesprovinciales y distritales para las elecciones municipalesdel año 2006. Artículo 3º: Base Legal La aplicación del presente Reglamento se sujeta a lo prescrito en el siguiente marco legal: a. Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM. b. Artículo 25º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864. CAPÍTULO II PROCEDIMIENTOS Artículo 4º: Forma de las candidaturas La elección de autoridades municipales, tanto del alcalde y regidores de un Concejo Municipal determinado, se realiza de manera conjunta. Esto es, que en las cédulasde votación para la elección de autoridades municipales,se vota por todos los candidatos que integren una listainscrita y patrocinada por una organización política, seanacional, regional o local. Artículo 5º: Procedimiento de votación La elección municipal se realiza a través del sistema de listas cerradas y bloqueadas. Esto significa, que alelector sólo se le permite votar por una lista de candidatosen bloque, sin que se altere la disposición u orden de los candidatos inscritos por la organización política respectiva. Artículo 6º: Conversión de votos en resultados Como resultado de la votación, la lista de candidatos que ha obtenido la votación más alta entre todas o aquella que ha obtenido la mayor cantidad de votos de los electores, gana la alcaldía, así como el mayor númeroposible de regidores en el Concejo Municipal, segúncorresponda. Artículo 7º: Aplicación de la cifra repartidora a. Lista ganadora con mayoría relativa: - Cuando la lista ganadora no logra superar el 50% del total de votos válidos emitidos, se le asignadirectamente la mitad más uno de los cargos de miembros del Concejo Municipal sin que entre en el sistema de cifra repartidora. - La cifra repartidora se aplica a la totalidad del resto de listas participantes, determinándose el total de votosválidos sin los votos obtenidos por la lista ganadora, ysegún el número de regidores que reste asignar. b. Lista ganadora con mayoría absoluta: - Cuando la lista ganadora supera el 50% del total de votos válidos emitidos, se aplica la cifra repartidora atodas las listas participantes, incluyendo a la ganadora, salvo que le favorezca más la asignación directa de la mitad más uno de los cargos, en cuyo caso ingresansolamente al sistema de la cifra repartidora las demáslistas.Artículo 8º: Procedimiento para la obtención de la cifra repartidora a. Se determina el total de votos válidos obtenidos por cada lista de candidatos a regidores. b. Dicho total se divide, sucesivamente, entre 1, 2, 3, etc., según sea el número de regidores que corresponda elegir o según el resto de dichos cargos a repartir encada circunscripción electoral provincial o distrital. c. Los cuocientes parciales obtenidos son colocados en orden sucesivo de mayor a menor, hasta tener unnúmero de cuocientes igual al número de regidores por elegir o repartir. El cuociente que ocupe el último lugar constituye la cifra repartidora. d. El total de votos válidos de cada lista se divide entre la cifra repartidora para establecer el número de regidores que corresponda a cada una de ellas. e. El número de regidores de cada lista está definido por la parte entera del cuociente obtenido a que se refiere el inciso anterior. f. En caso de no alcanzarse el número total de regidores previstos, se adiciona uno a la lista que tenga mayor parte decimal, y en caso de empate se resuelvepor sorteo entre los que hubiesen obtenido igual votación. Artículo 9º: Asignación de Regidores a. La asignación de regidores se hará en el orden en que las organizaciones políticas inscribieron a sus respectivos candidatos, es decir, según el orden correlativo en que aparezcan en las respectivas listasde candidatos. b. Para establecer la mayoría absoluta de los concejos municipales integrados por número imparde regidores, se saca la mitad del referido número y se le agrega uno. El resultado se redondea al entero inmediato superior. Por ejemplo, si el número deregidores es 7, la mitad es 3,5 al cual agregándosele uno (1) da 4,5 que redondeado al entero superior es 5. 00190-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G73/G20/G70/G72/GF3/G78/G69/G6D/G61/G73/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6C/G6C/G65/G76/G61/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G65/G6C/G20/G31/G39/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN Nº 1249-2006-JNE Lima, 17 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Visto, el Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del presente año, que convoca EleccionesMunicipales de Alcaldes y Regidores de los Consejos Provinciales y Distritales de toda la República, así como a Elecciones Regionales de Presidentes,Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de toda la República, para el domingo 19 de noviembre del 2006; Que, la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, dispone en su artículo 8º que "los miembros del Consejo Regional son elegidos por sufragio directo para un períodode cuatro (4) años, en forma conjunta con la elección del Presidente y el Vicepresidente Regional. La elección se sujeta a las siguientes reglas: 1. La votación es por lista. 2. A la lista ganadora se le asigna la cifra repartidora o la mitad más uno de los cargos de miembros del Consejo Regional lo que más le favorezca, según el orden de candidatos y provincias propuestos por lospartidos políticos y movimientos. La asignación de cargos se efectúa redondeando el número al entero superior.