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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2006 (21/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324458El Peruano viernes 21 de julio de 2006 RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G66/G6C/G65/G78/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65 /G65/G6E/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0812-2006-RE Lima, 18 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Perú asigna particular importancia a la inserción estratégica en Sudamérica a partir de lapertenencia a la Comunidad Andina y a la convergencia de la Comunidad Andina con el MERCOSUR con miras a la conformación de laComunidad Sudamericana de Naciones; Que, en la III Reunión de Presidentes de los países de América del Sur, celebrada el 8 de diciembre de 2004,mediante la Declaración de Cusco se decidió conformar la Comunidad Sudamericana de Naciones que se desarrollará a través del impulso de los procesos deconcertación y coordinación política; profundización dela convergencia comercial; integración de lainfraestructura de transporte, energía y comunicaciones;iniciativas de desarrollo rural; transferencia de tecnología y cooperación en las áreas de ciencia, educación y cultura; Que, en el marco de una Reunión Extraordinaria de los Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana,realizada en Montevideo, República Oriental del Uruguay,el 9 de diciembre de 2005, los mandatarios sudamericanos aprobaron la decisión sobre la creación de la "Comisión Estratégica de Reflexión sobre el Proceso de IntegraciónSudamericano" cuyo objetivo será elaborar propuestaspara impulsar la integración sudamericana en todos susaspectos (político, económico, social, cultural, energía einfraestructura) y presentarlas a la próxima Cumbre Sudamericana que se realizará en Bolivia, en el transcurso del 2006; Que la segunda Reunión de la Comisión Estratégica de Reflexión se llevará a cabo del 24 al 25 de julio de2006, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que el presente evento reviste especial importancia ya que en este contexto se continuarán discutiendo las propuestas para impulsar el procesode integración sudamericano, que serán recogidasen el documento a ser presentado, a más tardar, el30 de octubre de 2006, para la consideración de losmandatarios sudamericanos durante la Segunda Reunión de los Jefes de Estado de la CASA que se realizará en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra,República de Bolivia, a fines del 2006; Teniendo en consideración lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 2217, del Gabinete deCoordinación del Secretario de Política Exterior, de 13 de julio de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190ºdel Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamentode la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases dela Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5ºdel Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministeriode Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso j) delartículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006; modificadapor el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; y artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015- 2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025- 2006;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana que participará en la Segunda Reunión de laComisión Estratégica de Reflexión, que se llevará acabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 24 al 25 de julio de 2006, la misma que estará integrada por los siguientes funcionariosdiplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Pablo Hugo Portugal Rodríguez, Secretario de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Coordinador Nacional del Perú ante el Foro de Consultay Concertación Política del MERCOSUR y EstadosAsociados; y, - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, Director General de la Comunidad Sudamericana de Naciones y de la Comunidad Andina del Ministerio de RelacionesExteriores, y Coordinador Nacional Alterno ante el Forode Consulta y Concertación Política del MERCOSUR yEstados Asociados. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irrogará gastos de pasajes y tarifa de aeropuerto, porcuanto ambos funcionarios diplomáticos se encontraránparticipando como miembros de la delegación peruanaque participa de la Reunión Cumbre de Jefes de Estadosdel MERCOSUR y Estados Asociados que se desarrollará del 20 al 21 de julio de 2006, en la ciudad de Córdoba, República Argentina. Artículo Tercero.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue la participación de los citadosfuncionarios diplomáticos en !a referida reunión,serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 19437 - Integración Política y Negociaciones EconómicoComerciales Internacionales, debiendo rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15)días al término de la referida reunión de acuerdo conel siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos Número Total por día de Viáticos US$ días US$ Pablo Hugo Portugal Rodríguez 200.00 2+1 600.00 Carlos Manuel Vallejo Martell 200.00 2+1 600.00 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión,los funcionarios diplomáticos mencionados deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viajeautorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00220-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F /G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6E/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G75/G64/G6F /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G61/G6C/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G64/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G49/G41/G44/G49/G20/G70/G6F/G72 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0814-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006