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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324466El Peruano viernes 21 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, con fecha 05.05.05, el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicosadjudicó la Buena Pro del Concurso para la entrega en Concesión al sector privado de los tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del "Plan de acción para laIntegración de Infraestructura Regional Sudamericana - IIRSA"al Consorcio Concesionaria Eje Vial Norte; Que, el 17.06.05 se suscribió el Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del "Plan de Acción para la Integración de Infraestructura RegionalSudamericana - IIRSA", entre el Ministerio de Transportesy Comunicaciones, en calidad de concedente y laempresa ganadora de la buena pro Concesionaria IIRSANORTE S.A., en calidad de concesionaria; Que, el 28.12.05 se suscribió la Primera Addenda al Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimientode los Tramos Viales del Eje Multimodal del AmazonasNorte del "Plan de Acción para la Integración de Infraestructura Regional Sudamericana - IIRSA", entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Concesionaria IIRSA NORTE S.A.; Que, el 23.02.06 se suscribió la Segunda Addenda al Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimientode los Tramos Viales del Eje Multimodal del AmazonasNorte del "Plan de Acción para la Integración deInfraestructura Regional Sudamericana - IIRSA", entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Concesionaria IIRSA NORTE S.A.; Que, las partes han acordado suscribir la Tercera Addenda al citado Contrato de Concesión, para cuyoefecto de conformidad con lo previsto en la Sección XVIdel mismo, solicitaron la opinión de OSITRAN; Que, en tal sentido, con Oficio Circular Nº 048-06-SCD- OSITRAN, el Organismo Regulador remite copia del AcuerdoNº 801-210-06-CD-OSITRAN mediante el cual el ConsejoDirectivo de OSITRAN en su Sesión del 19.06.06 acordóaprobar el Informe Nº 027-06-GRE-GAL-OSITRAN, en el cualse emite opinión técnica sobre la solicitud de modificación presentada por Concesionaria IIRSA NORTE S.A.; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en el mencionado informe técnico, el Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en calidad deconcedente, y Concesionaria IIRSA NORTE S.A., en sucalidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Tercera Addenda al referido Contrato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Tercera Addenda al Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimientode los Tramos Viales del Eje Multimodal del AmazonasNorte del "Plan de Acción Para la Integración deInfraestructura Regional Sudamericana - IIRSA". Artículo 2º.- Autorizar al Ingeniero Néstor Palacios Lanfranco, Viceministro de Transportes, para que enrepresentación del Ministerio de Transportes yComunicaciones, suscriba la Addenda a que se refiereel artículo anterior, así como los documentos que resultennecesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTÍZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00269-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G61 /G4C/G41/G43/G53/G41/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 109-2006-MTC/12 Lima, 27 de junio del 2006Vista la solicitud de LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA, sobre Modificaciónde Permiso de Operación de Servicio de TransporteAéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 036-2005-MTC/12 del 1 de marzo del 2005, se otorgó a LÍNEAS AÉREASCOSTARRICENSES S.A. - LACSA Permiso de Operaciónde Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular depasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (4) años; Que, mediante documento de Registro Nº 2006- 006426 del 8 de marzo del 2006, LÍNEAS AÉREASCOSTARRICENSES S.A. - LACSA, solicita la modificaciónde su Permiso de Operación a fin de retirar el materialaeronáutico B-737-200 e incluir el equipo A-321; Que, según los términos del Memorándo Nº 287-2006- MTC/12.AL y Memorándo Nº 344-2006-MTC/12.AL, emitidos por la Asesoría Legal y; Memorándo Nº 1738-2006-MTC/12.04 emitido por la Dirección de SeguridadAérea; se considera pertinente atender lo solicitado alhaber cumplido la recurrente con lo establecido en laLey Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica de Costa Rica ha designado a LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A.- LACSA, para efectuar servicios de transporte aéreoregular internacional de pasajeros, carga y correo en lasrutas solicitadas; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revocarlos Permisos de Operación y Permisos de Vuelo",resolviendo el presente procedimiento mediante laexpedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracionesjuradas y la presentación de documentos por parte delinteresado, tomándolos por ciertos, verificandoposteriormente la validez de los mismos, conforme lodispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legalesvigentes; y con la opinión favorable de las áreascompetentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar - en el extremo pertinente - el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 036-2005-MTC/12 del 1 de marzo del 2005, que otorgó a LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular depasajeros, carga y correo, en los siguientes términos: MATERIAL AERONÁUTICO: - AIRBUS A-319. - AIRBUS A-320.- AIRBUS A-321. Artículo 2º.- Incluir el siguiente artículo en la Resolución Directoral Nº 036-2005-MTC/12 del 1 de marzo del 2005: "Artículo 12º - LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA deberá respetar la riqueza cultural, históricay turística que sustenta la buena imagen del país". Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 036-2005-MTC/12 del 1 de marzo del 2005,continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CÉSAR RIVERA PÉREZ Director General de Aeronáutica Civil 00181-1