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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324623REPUBLICADELPERU TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65/G20 /G65/G71/G75/G69/G70/G6F /G6D/G65/G63/GE1/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G79/G20 /G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73 /G76/G69/G61/G6C/G65/G73 DECRETO SUPREMO Nº 024-2006-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 27680 dispone que la descentralización constituye una política permanente deEstado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. Este proceso de descentralización se realiza por etapas, en formaprogresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacialos Gobiernos Regionales y Locales; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27783, Ley deBases de la Descentralización, la Tercera Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificadapor el artículo 7º de la Ley Nº 27902, y la Quinta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a partir del año 2003 seinició el proceso de transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobrezay Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional, en función de las capacidades de gestión de cada Gobierno Regional y Local; facultandoal Poder Ejecutivo para realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relación a los pliegos y unidades ejecutorasde los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia deCompetencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, dentro del cual se dispuso la transferencia por parte del Ministerio de Transportes yComunicaciones a favor de veinticuatro (24) Gobiernos Regionales, de equipo mecánico consistente en trescientos ochenta y cuatro (384) maquinarias,valorizado en un monto estimado de ciento setenta y tres millones y 00/100 nuevos soles (S/. 173´000,000.00) para la ejecución de obras viales dentro de susrespectivas jurisdicciones y a través de sus respectivas Direcciones Regionales de Transportes; Que, asimismo mediante Resolución Presidencial Nº 057-CND-P-2004, se aprobó la Directiva Nº 002-CND- P-2004 “Normas para la Ejecución de la Transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales durante el año 2004,de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance Regional incluidosen el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM”, en la cual se detalla la relación de Gobiernos Regionales a favor de los cuales el Ministerio de Transportes y Comunicacionestransferirá el equipo mecánico descrito en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, previo cumplimiento de los procedimientos, plazos y mecanismos de verificaciónfijados por la mencionada Directiva; Que, asimismo, la citada Directiva establece que corresponde al Ministerio que transfiere los Fondos,Proyectos y Programas, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y previa opinión del Consejo Nacional de Descentralización, tramitar el DecretoSupremo a que se refiere la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, de manera tal, que se formalice elproceso de transferencia garantizando los recursospresupuestales a los Gobiernos Regionales y Locales que recibirán los Fondos, Proyectos y Programas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 553-2004- MTC/01, rectificada con Resolución Ministerial Nº 764-2005-MTC/01, se conformó la Comisión de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Regionales y Locales de los Fondos, Proyectos y Programas del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, establecidos en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM; Que, asimismo con Oficio Nº 01-2004-MTC/02- C.T.E.R.M. Nº 553-2004-MTC/01, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones conformó la Subcomisión de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Regionalesde equipo mecánico (384 maquinarias) a favor de 24 Gobiernos Regionales, para la ejecución de obras viales dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, dentro de dicho contexto se transfirió a los Gobiernos Regionales equipo mecánico consistente en un total de 384 maquinarias de conformidad con lodispuesto en el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM y según el valor neto ajustado que figura contablemente en el patrimonio del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, el Presidente de la Comisión de Entrega del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha informadoal Consejo Nacional de Descentralización las acciones desarrolladas durante las Fases de Preparación, Consolidación y de Entrega y Recepción, que permitenrealizar en forma efectiva la transferencia de la maquinaria; Que, de conformidad con lo previsto en las normas antes citadas, los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad,Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, comprendidos en la transferencia dispuesta porel Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, presentaron dentro de los plazos previstos la documentación sustentatoria del cumplimiento de los mecanismos deverificación correspondientes en cada caso, lo cual ha sido debidamente verificado y validado por el Consejo Nacional de Descentralización; Que, en virtud de lo señalado y a efecto de formalizarse las transferencias establecidas por el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, de conformidadcon lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, resulta procedente aprobar las transferencias de equipomecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales antes indicados, atendiendo al procedimiento establecidoen el numeral 7.3 de la Directiva Nº 002-CND-P-2004, aprobada por Resolución Presidencial Nº 057-CND-P- 2004; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto en la Quinta DisposiciónTransitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencias de Equipo Mecánico a los Gobiernos Regionales Apruébese la transferencia que efectúa el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, del equipomecánico cuyas características y valor neto contable se detallan en el Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo, de conformidad con lasActas de Transferencia Definitiva de Maquinaria, suscritas por el Presidente de la Comisión de Transferencia de Entrega a los Gobiernos Regionales yLocales de los Fondos, Proyectos y Programas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y los Presidentes de las Comisiones de Transferencia deRecepción de los Gobiernos Regionales indicados, correspondiente al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales