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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324631REPUBLICADELPERU aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,establece que entre los servicios públicos de difusión se encuentra el servicio público de distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informe Nº 277-2006-MTC/ 17.01.ssp. la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de laDirección General de Gestión de Telecomunica- ciones, señala que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece lalegislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitudformulada por el señor TOMÁS PANTA ÁLVAREZ; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto SupremoNº 041-2002-MTC y el TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor TOMÁS PANTA ÁLVAREZ, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo deveinte (20) años en el área que comprende el distrito de Vice, de la provincia de Sechura, del departamento de Piura. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con el señor TOMÁS PANTA ÁLVAREZ para la prestación del servicio público a que se refiere elartículo precedente, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscribael contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública delreferido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para lasuscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00251-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G65/G78/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G20/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G2D /G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G45/G78/G70/G6C/G6F/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G74/G61/G72/G61/G6E/G69 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 590-2006-MTC/01 Lima, 21 de julio de 2006CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de agosto de 1999 se suscribió el Contrato de Concesión para la Construcción,Conservación y Explotación del Terminal Portuario de Matarani entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y laempresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A.; Que, el 26 de julio del 2001 se suscribió la Addenda Nº 1 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Terminal Portuario deMatarani, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A.; Que, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 2 al citado Contrato de Concesión, para cuyo efectode conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, LeyNº 26917, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitó la opinión del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de UsoPúblico - OSITRAN; Que, en tal sentido, con Oficio Circular Nº 009- 06-SCD-OSITRAN, el Organismo Regulador remite copia del Acuerdo Nº 752-199-06-CD-OSITRAN mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRANen su Sesión del 16 de febrero de 2006 acordó aprobar el Informe Nº 006-06-GRE-GAL-OSITRAN, en el cual se emite opinión técnica sobre la solicitudde modificación presentada por la empresa Terminal Internacional del Sur S.A.; Que, atendiendo a las recomendaciones contenidas en los mencionados informes técnicos, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad deconcedente, y la empresa Terminal Internacional del Sur S.A., en su calidad de concesionaria, han convenido en celebrar la Addenda Nº 2 al referido Contrato deConcesión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 2 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Terminal Portuario de Matarani. Artículo 2º.- Autorizar al ingeniero Néstor Palacios Lanfranco, Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refiereel artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTÍZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00332-1 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G61/G20 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73 /G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G64/G65/G20 /G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20 /G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20 /G79/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 369-2006-MTC/03 Lima, 17 de julio de 2006 VISTO, el Expediente Nº 2004-007404 presentado por doña ROSA NORMA HUANACO LOAIZA, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en FrecuenciaModulada, en el distrito de Ayaviri, provincia de Melgar, departamento de Puno;