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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324635REPUBLICADELPERU y demás condiciones para la acreditación de ingenieros que suscribirán la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2573-2004- MTC/15, se modificó el artículo 4º de la ResoluciónDirectoral mencionada en el párrafo precedente a efectos de que la constancia para acreditar volumen de importaciones, la misma que constituye requisito de lasolicitud de acreditación, pueda ser expedida no solamente por SUNAT, sino también por el Gerente General o Administrador de CETICOS o ZOFRATACNA; Que, habiéndose vencido la vigencia de las acreditaciones dispuesta por la Resolución Directoral Nº 3429-2005-MTC/15, de los ingenieros mecánicos omecánicos electricistas para que suscriban la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales a que se refiere el artículo 94º del ReglamentoNacional de Vehículos, es necesario realizar la renovación de la acreditación de los profesionales que lo soliciten; Que, del análisis de los expedientes presentados, se advierte que en todos ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos del artículo 4º de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15; en efecto, éstas han sidopresentadas por entidades con legitimidad para formularlas; se han adjuntado fotocopias de los documentos nacionales de identidad y de los títulosprofesionales a nombre de la nación de los ingenieros cuya acreditación se solicita, así como también los currículum vitae que acreditan dos (2) años deexperiencia en el ramo automotriz, Certificados de Inscripción y Habilidad vigentes expedidos por el Colegio de Ingenieros del Perú, Fichas Registro de Firma yDeclaración Jurada de no tener impedimentos respecto a cada uno de los profesionales; debiendo expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General deTransporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 014-2004-MTC y Resolución Directoral Nº 2161-2004- MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar como Ingenieros Mecánicos y/o Mecánicos Electricistas que suscribirán la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados yEspeciales a que se refiere el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los DecretosSupremos Nºs. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035- 2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 008-2006- MTC, 012-2006-MTC y 023-2006-MTC, por el plazo deun (1) año, que se contará a partir de la vigencia de la presente Resolución Directoral, a los profesionales que se indican en el siguiente cuadro: Nº NOMBRE TÍTULO CIP DNI ENTIDAD QUE PROFESIONAL A CREDITA 06-2006 Hugo Ismael Ing. Mecánico- 63052 29604469 Colegio de Medina Electricista Ingenieros Huarhuachi del Perú, Arequipa. 07-2006 Mario Alex Acero Ing. Mecánico 72685 00510520 Colegio de Tellería Ingenieros del Perú, Tacna. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, así como un ejemplar de la Ficha Registro de Firma de cada ingeniero acreditado, a la IntendenciaNacional de Técnica Aduanera de SUNAT y al Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP . Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICK P . ALLEMANT F . Director General Dirección General de Circulación Terrestre 00250-1FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2006-MTC/01 Mediante Oficio Nº 1128-2006-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 581-2006- MTC/01, publicada en la edición del 21 de julio de 2006. DICE: Lima, 19 de julio de 2006 DEBE DECIR: Lima, 20 de julio de 2006 00347-1 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G70/G6F/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G79/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G74/G61/G72/G69/G6C/G6C/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2006-VIVIENDA Lima, 28 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el DiarioOficial El Peruano , entre otras, las TransferenciasFinancieras que realiza el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, para proyectos deinversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales-EPS; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, esfunción de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios desaneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, el Gobierno Regional de Amazonas ha presentado a la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público del Ministerio de Economíay Finanzas el proyecto "Ampliación y Mejoramiento delos Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado yConstrucción de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la Ciudad de Bagua Grande" cuyo costo asciende a la suma de S/. 28 510 493 00, el mismo que tiene Códigode SNIP 5545; Que, el costo de la elaboración del expediente técnico del proyecto a que se refiere el considerando queantecede asciende a la suma de S/. 270 000,00; Que, mediante Informe Técnico Nº 015-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Dirección Nacional de Saneamiento haemitido opinión favorable a la transferencia financiera aefectuarse a favor del Gobierno Regional Amazonas ,para la elaboración del expediente técnico del proyectoa que se refiere el tercer considerando por un monto total de S/. 270 000,00