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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324608El Peruano sábado 22 de julio de 2006 de la función de cada uno de los Directores Regionales Sectoriales. El Gobierno Regional, cuando se haya transferido las correspondientes competencias sectoriales, evaluará las políticas regionales sectorialesen el ámbito regional, conforme a la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, el Sector delPoder Ejecutivo Nacional, la implementación y ejecución de las políticas nacionales y regionales sectoriales. II. OBJETIVO Establecer las normas y procedimientos para la evaluación de la implementación y ejecución de las políticas nacionales y regionales sectoriales a través de la gestión pedagógica, institucional y administrativa delos Directores Regionales de Educación, designados previo Concurso Público. III. BASE LEGAL 3.1. Ley Nº 28044, Ley General de Educación. 3.2. Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación. 3.3. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.4. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. 3.5. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27092 y Ley Nº 28013. 3.6. Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 3.7. Decreto Supremo Nº 015-2002-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local. 3.8. Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Aprueba el Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. 3.9. Resolución Ministerial Nº 0073-2005-ED, que aprueba los procedimientos para la evaluación, investigación y remoción de los Directores Regionales de Educación. 3.10. Directiva Nº 001-CND-P-2003 “Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de los Directores Regionales Sectoriales”, aprobada porResolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003. IV. ALCANCE4.1. Oficina de Coordinación y Supervisión Regional del Ministerio de Educación. 4.2. Comisiones Regionales de Evaluación de la gestión de los Directores Regionales de Educación, designados por Resolución Ejecutiva Regional. 4.3. Direcciones Regionales de Educación - DREs. 4.4. Unidades de Gestión Educativa Local - UGELs V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales tienen la responsabilidad compartida de ejecutar el proceso de evaluación de la gestión de los Directores Regionales de Educación. 5.2. La evaluación de la gestión de los Directores Regionales de Educación será entendida como la valoración de los resultados de la implementación yejecución de las políticas nacionales y regionales sectoriales, en los aspectos pedagógico, institucional y administrativos, que con fines de mejoramiento de lacalidad del servicio educativo propician las Direcciones Regionales de Educación. 5.3. Los Directores Regionales de Educación serán evaluados semestralmente en el ejercicio de sus funciones, por una Comisión de Evaluación Mixta, integrada por dos (2) representantes del Ministerio deEducación y dos (2) representantes del Gobierno Regional. 5.4. El proceso de evaluación de los Directores Regionales de Educación se desarrollará con observancia de los principios de legalidad y del debido proceso, así como la equidad, medición técnica, méritos,objetividad, participación, veracidad y transparencia. 5.5. La evaluación de la gestión de los Directores Regionales de Educación, será de carácter integral,debiendo abarcar el cumplimiento de las normas legales expedidas por el sector para el ámbito pedagógico, institucional y administrativa, con alcance a todos los órganos de la institución, a excepción del Órgano deControl Institucional. 5.6. Los Directores Regionales en proceso de evaluación de su gestión, proporcionarán toda lainformación solicitada y brindarán las facilidades para el adecuado cumplimiento del trabajo asignado a la Comisión de Evaluación. Negarse a ser evaluado o no proporcionarla información sobre su gestión, será considerado como falta grave del Director Regional de Educación. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. De la Conformación de las Comisiones de Evaluación a) Para la evaluación de la gestión de cada Director Regional de Educación, se conformará una Comisión de Evaluación integrada por cuatro (4) miembros: Dos (2) representantes del Gobierno Regional. Dos (2) representantes del Ministerio de Educación. b) Uno de los representantes del Gobierno Regional, debe ser el Gerente de Desarrollo Social, quien presidirá la Comisión de Evaluación. c) Los representantes del Ministerio de Educación serán designados por Resolución Ministerial. Para tal efecto, la Oficina de Coordinación y Supervisión Regional,elevará al Despacho del Viceministerio de Gestión Institucional, la propuesta de representantes del Ministerio de Educación, para integrar dicha Comisión deEvaluación. d) La Resolución Ministerial de designación de los representantes del Ministerio de Educación, será dada aconocer a los correspondientes Gobiernos Regionales, a efectos de: Coordinar la emisión de la Resolución Ejecutiva Regional sobre conformación de la Comisión de Evaluación. Planificar el período de ejecución de la evaluación de la gestión del Director Regional de Educación. Establecer las estrategias generales de trabajo. 6.2. De los Aspectos Motivo de Evaluación Los aspectos de la gestión pedagógica, institucional y administrativa, que serán motivo de evaluación en relación con la gestión de los Directores Regionales deEducación, se priorizarán de la manera siguiente: a) De la gestión pedagógica, se priorizará: La planificación para la implementación de las políticas educativas nacionales y regionales. La diversificación curricular a nivel regional, local e institucional en los diversos niveles y modalidades educativas. El desarrollo de programas de capacitación continua de directores y docentes, en función a la identificación de necesidades. La implementación del Programa Nacional de Emergencia Educativa en la región. Organización, funcionamiento y evaluación de las redes educativas urbanas y rurales. Promoción de la educación inclusiva. El impulso a la investigación e innovación pedagógica y a la producción de material educativo contextualizado. La promoción de la participación institucional, comunal, nacional e internacional a través de convenios,proyectos y otros, en apoyo al servicio educativo. La promoción de investigaciones sobre la problemática de la calidad del servicio educativo en laregión y el establecimiento de alternativas para elevar su nivel de eficiencia. La promoción y supervisión del uso de textos escolares en las aulas. La ejecución de acciones de supervisión y evaluación para la toma de decisiones y laretroinformación. La difusión e implementación de las normas pedagógicas y la evaluación de sus resultados.