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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324616El Peruano sábado 22 de julio de 2006 de Málaga, Región de Andalucía, Reino de España, en concordancia con la política de protección y asistencia de los ciudadanos peruanos en el exterior, promoción cultural y turística del Perú en dicha región; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido que procede el nombramiento del señor AlfonsoGalán Casero, como Cónsul Ad Honorem del Perú en la ciudad de Málaga, Región de Andalucía, con circunscripción en la provincia de Málaga, Reino de España; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú; en los artículos 106º, 107º y 108º del Reglamento Consular delPerú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Alfonso Galán Casero como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Málaga, Región de Andalucía, Reino de España. Artículo 2º.- Extenderles las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia encargadode la cartera de Relaciones Exteriores 00354-31 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20 /G61/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20 /G64/G65 /G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20 /G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20 /G79/G20 /G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20 /G65/G6C/G20 /G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 259-2006-RE Lima, 21 de julio de 2006 Visto el Memorándum (SAE) Nº 0418/2006 del 19 de julio de 2006, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que el Perú y los Estados Unidos de América han negociado un Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), de manera simultánea con el Acuerdo de PromociónComercial entre nuestros países, constituyéndose el ACA en un mecanismo para el cumplimiento de las obligaciones del aludido Acuerdo de Promoción Comercial, que permitiráa su vez que el Perú cuente con mayor cooperación estadounidense para la protección ambiental de nuestro territorio; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del doctor Alfredo Ferrero Diez Canseco, Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, las facultades suficientes paraque suscriba el "Acuerdo de Cooperación Ambiental". 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al doctor Alfredo Ferrero Diez Canseco, Ministro deEstado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 00355-5/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20 /G41/GF1/G6F/G20 /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20 /G32/G30/G30/G36/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G4C/G69/G65/G6E/G7A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G4D/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G6F/G72/G72/G65/G20/G54/G61/G67/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0819-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006Visto, la Hoja de Trámite (GAB) Nº.1051 del 28 de abril de 2006 del Gabinete del señor Ministro; elMemorándum (SPC) Nº SPC0466/2006 del 22 de mayo de 2006, del Subsecretario de Política Cultural Exterior; el Informe (LOG) Nº012-2006 del 13 de julio de 2006 dela Dirección de Logística por el cual emite sustentación técnica y el Memorándum (DGL) Nº 1380-2006 del 14 de julio de 2006, de la Dirección General de AsuntosLegales, emitiendo su informe legal con relación a la necesidad de exonerar del proceso de selección correspondiente a la Adquisición de Lienzos de Arte –Retratos de los Marqueses de Torre Tagle; CONSIDERANDO:Que, mediante Memorándum (SPC) Nº SPC0466/2006 del 22 de mayo de 2006, el Subsecretario de PolíticaCultural Exterior solicita la Adquisición de Lienzos de Arte – Retratos de los Marqueses de Torre Tagle, en atención a lo señalado en la Hoja de Trámite (GAB)Nº 1051 del 28 de abril de 2006 del Gabinete del señor Ministro; manifestando que mediante Memorándum (SAD) Nº 4342-2005 de fecha 22 de diciembre de 2005,la Secretaría de Administración informó al Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General, la importancia de adquirir los siete lienzos de los siglosXVIII y XIX que retratan a los Marqueses de Torre Tagle, señalando que se trata de bienes tradicionalmente vinculados al Palacio de Torre Tagle, que complementaríany darían relieve apropiadamente, a los salones principales de este monumento nacional y sede de la Cancillería, siendo además de un valor pictórico propio, por lo quese podría proceder a su adquisición; Que, asimismo, el área solicitante señala que mediante Memorándum Nº 109/2006 del 20 de enero de 2006, elseñor Néstor Miguel Benavides Del Solar, curador del Palacio de Torre Tagle, informó a la Dirección General de Administración sobre la valorización de los lienzos dearte requeridos, adjuntando el Oficio Nº 424-2002-INC/ DGMPH del 24 de abril de 2002, de la Dirección General de Patrimonio Monumental e Histórico del InstitutoNacional de Cultura (INC), situación que fue puesta de conocimiento de los correspondientes propietarios mediante Of. RE (CLT) Nº 0-4-A/512 del 25 de julio de2003 del Subsecretario de Política Exterior; contando con la aceptación de los mismos de enajenar a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores los Retratos de losMarqueses de Torre Tagle, decisión expresada mediante carta del 7 de mayo de 2006; Que, de otro lado, considerando las características de los bienes y dada la intención del Ministerio de Relaciones Exteriores de adquirir los bienes arriba referidos, la Secretaría de Administración medianteFacsímil Nº 001 del 26 de junio de 2006, dirigido al Subdirector de Investigación, Registro y Catalogación del Patrimonio Cultural Mueble del INC, solicitó el valoractual en el mercado de la colección de cuadros de los Retratos de los Marqueses de Torre Tagle; Que, mediante Oficio Nº 108-2006-INC/DFA del 10 de julio de 2006, el Director de Fomento de las Artes del Instituto Nacional de Cultura, manifiesta que las consideraciones consideradas en la tasación efectuada en abril del año2002, pueden tenerse en cuenta en la actualidad para confirmar su valor, precisando que de acuerdo a la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Naciónse señala que las pinturas que conforman una serie unidas por estilo, pintor o referencia histórica están protegidas por ley y deben mantenerse como conjunto ; calificando como encomiable el rescate que el Ministerio de Relaciones Exteriores puede hacer de ellas; Que, en ese marco, se requiere la Adquisición de Lienzos de Arte – Retratos de los Marqueses de Torre