Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324613REPUBLICADELPERU Visto, el expediente relacionado con el siniestro del automóvil de placa de rodaje Nº IQ-7358 Número Interno Nº VC-1247, marca NISSAN modelo SENTRA, de propiedad del Estado, asignado al Coronel PNP (R)Carlos Enrique PERCOVlCH MALLEA. CONSIDERANDO:Que, por solicitud dirigida al Sr. Director General de la PNP de fecha 05SET2003, el Coronel PNP(R) CarlosEnrique PERCOVlCH MALLEA, peticiona apoyo logístico en vehículo del Estado, siniestrado del automóvil marca NISSAN modelo SENTRA, Nº Interno VC-1247, placa derodaje Nº IO-7358, asignado a su cargo; Que, a mérito del Parte Nº 45-2004-IG-PNP/ DIRINDES.ID-DlRLOG-UI, de 09OCT2004, se ha llegadoa establecer que el vehículo de placa de rodaje Nº IQ- 7358, con Número Interno Nº VC-1247, marca NISSAN, modelo SENTRA, de propiedad del Estado, fue asignadoal Coronel PNP (R) Carlos Enrique PERCOVlCH MALLEA el cual fue siniestrado (incendiado) en su poder, no habiendo realizado la transferencia de Compra- Venta asu nombre durante CINCO (5) años Que, mediante los Dictámenes Nºs. 3697-2005-IGPNP/ OAJ y 4357-2005-DGPNP/AJ de fechas 18AGO y07SET2005 respectivamente, emitidos por la Asesoría Legal de la Inspectoría General y la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la PNP; opinan, que los actuados sean remitidosal Sr. Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que accione conforme a sus atribuciones; Que, con Oficio Nº 3401-2005-PP-PNP/1204 de 21SET2005, el señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos ala Policía Nacional del Perú, indica que para que pueda asumir su función, requiere de la Autorización por el Sr. Ministro del Interior que le autoriza interponer las accioneslegales que corresponda; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LeyNº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; que norman sobre la representación y defensa del Estado en Juicio, a cargo de los señores Procuradores Públicos; Lo dictaminado por la Unidad de Asesoría Jurídica de la DlRLOG-PNP , en su Dictamen Nº 1260-2005- DlREJADM-DIRLOG-PNP/UAJ de 12OCT2005; Lo propuesto por el General Director de Logística de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el señor General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativosa la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales pertinentes en contra del Coronel PNP (R) Carlos EnriquePERCOVlCH MALLEA, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, los actuados del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 00353-3 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G2C /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1758-2006-IN/PNP Lima, 20 de julio del 2006VISTO: El Oficio Nº 341-2005-VII-DIRTEPOL-PNP/ DIVPOLTRAN-OFITEL/ SEC. del 02JUL2005 medianteel cual el Coronel PNP Jefe de la División de Policía de Tránsito, hace conocer que la Ejecutara Coactiva de la Dirección General de Administración Tributaria yRentas de la Municipalidad Provincial del Callao, solicitó a la DIVPOLTRAN-PNP con el Oficio Nº 1230-2005- MPC-GGATE-GEC del 21MAY2005, el embargoalternativo en forma Secuestro Conservativo de 767 placas de rodajas de vehículos motorizados, pertenecientes al Ministerio del Interior, indicando quea los mismos se les ha iniciado la Ejecución Coactiva de Deudas Tributarías CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1230-2005-MPC-GGATR- GEC del 20MAY2005, la Municipalidad Provincial del Callao, Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Ejecución Coactiva, comunica alJefe de la División de Seguridad Vial de la VII-DIRTEPOL- Lima, que ha iniciado la Ejecutoria Coactiva de Deudas Tributarias: Predial y Arbitrios, pendientes de pago, sobreSETECIENTOS SESENTA Y SIETE (767) vehículos, de propiedad del Ministerio del Interior, disponiendo el Embargo en Forma de Depósito e Inscripción para laconsiguiente captura e internamiento en el Depósito Oficial de Vehículos, con el propósito de recuperar rentas municipales; Que, mediante Informe Nº 5268-2005-IN/02001 del 15AGO2005, la Directora General de la Oficina de General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, opina que se autorice al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones administrativas y/o judiciales que considere conveniente,respecto del procedimiento de cobranza coactiva materia del presente; Que, con Oficios Nºs. 2785 y 3106-2005-PPP- PNP/1204 del 22JUL y 19/AGO2005, el ProcuradorPúblico a cargo da los Asuntos Judiciales, relativos a la PNP solicita se le autorice ha interponer las acciones legales pertinentes en salvaguarda de losintereses del Estado; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la VII-DIRTEPOL-Lima y Oficinas de Asesorías Jurídicas de la DIRGEN-PNP y DIRLOG-PNP en sus DictámenesNº 1437-2005-VII-DlRTEPOL-L/UNASJ del 09JUL2005, 4153-2005-DGPNP/AJ del 25AGO2005 y 1144-2005- DIRLOG-PNP/OAJ del 08SET2005, respectivamente; Lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Defensa Judicial del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo propuesto por el General Director de Logística de la Dirección Ejecutiva de Administración de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policía Nacional del Perú, para que en nombre y representación del Estado inicie la acciónadministrativa y/o judicial en contra la Municipalidad Provincial del Callao, para la nulidad de la orden de captura de SETECIENTOS SESENTA Y SIETE (767)vehículos motorizados, pertenecientes al Ministerio del Interior. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, los actuados del caso para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 00353-4