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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324640El Peruano sábado 22 de julio de 2006 Descripción Básica de la Obra materia de Exoneración, según Informe Nº 024 -2006/VIVIENDA/ VMCS-DNS/UTF: - Perforación de Pozo hasta una profundidad de 80 mt, ø 21", equipamiento con electrobomba sumergible de 20 HP, Q=9.62 lps y HDT=82.40 mt, equipo decloración, Caseta de Bombeo. - Reservorio Elevado de 150 m3 - Redes de Agua Potable con tuberías PVC - UF ISO - 4422 Clase 7.5 en una longitud acumulada de 3,796.70 ml. en diámetros 90 mm., 110 mm., 160 mm. - 437 conexiones Domiciliarias de Agua Potable.- Redes de Alcantarillado con tuberías PVC UF ISO - 4435 - S25 en una longitud acumulada de 3,638.70 ml con diámetro de 200 mm., construcciónde 66 buzones - Emisor de desagües con tubería PVC UF ISO-4435 - S25 diámetro 200 mm. en una longitud de 607.00 ml. yconstrucción de 6 buzones de concreto. - 437 Conexiones Domiciliarias de alcantarillado. - Laguna de Estabilización considerando ejecutar 1 Laguna Primaria y 1 Laguna secundaria, incluye cerco perimétrico. - Sistema de Utilización Eléctrica de 10 KV. Incluye postes de CAC, conductores de aluminio y cobre, sistema de medición, subestación aérea con transformador trifásico de 75 KVA y tablero dedistribución. Costo Referencial de la obra S/. 2'875,127.67 y su cadena funcional programática es: 0116 003 14. 047. 0127 2.21522 2.02823 00005 6.5.11.50 Plazo de la ejecución de la obra es de 120 días calendarios. Costo Referencial de la contratación de la firma Supervisora S/. 175,313.00 y su cadena funcional programática es: 0118 003 14. 047. 0127 2.21522 2.02823 00007 6.5.11.33 Los costos de obra y supervisión serán financiados con los recursos provenientes del FONAVI en liquidación y del Fondo Ley Nº 27677. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Nacional de Saneamiento, a través de la Unidad Técnica FONAVI, creada por el Decreto Supremo Nº 025-2005-VIVIENDA,realizar las acciones conducentes para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remítase lo actuado al Órgano de Control Institucional con el fin de que, de ser pertinente, determine las responsabilidades a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Encárguese a la Secretaría General de VIVIENDA, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE; así como su remisión e informes que la sustentan al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00290-3 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4F/G63/G61/G6C/G6C/GED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 198-2006-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2006 Visto; el Oficio Nº 075- 2006/MDO/LUY/AMAZONAS, de fecha 20 de marzo de 2006, emitido por laMunicipalidad Distrital de Ocallí, provincia de Luya, departamento de Amazonas; y el Informe -Técnico Legal Nº 010-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, de fecha 3 de julio de 2006, del Comité de Gestión Patrimonial; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que tiene como misión mejorar lascondiciones de vida de la población facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento,conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil yla iniciativa e inversión privada; Que, con Resolución Directoral Nº 061-2006/ VIVIENDA-OGA, de fecha 26 de junio de 2006, el DirectorGeneral de la Oficina General de Administración, aprueba la baja del vehículo identificado con placa de rodaje Nº PGN 110, de propiedad del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, por causal de "mantenimiento o reparación onerosa"; Que, mediante el Oficio del Visto, la Municipalidad Distrital de Ocallí, provincia de Luya, departamento de Amazonas, solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la donación de unvehículo, a efectos de brindar seguridad ciudadana en dicha zona, en concordancia con las funciones señaladas en la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica deMunicipalidades"; Que, el Comité de Gestión Patrimonial a través del Informe -Técnico Legal Nº 010-2006/VIVIENDA-OGA-CGP, indica que la solicitud de donación presentada por la Municipalidad Distrital de Ocallí, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 2.2.1 de la DirectivaNº 009-2002/SBN, "Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles Dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de BienesMuebles a Favor del Estado", aprobada por Resolución Nº 031-2002-SBN, manifestando además, que el vehículo materia de donación no es un bien cuya naturaleza puedaser útil para el sistema educativo, motivo por el cual no se encuentra en el ámbito de la Ley Nº 27995 "Ley que Establece Procedimientos para Asignar Bienes Dadosde Baja por las Instituciones Públicas, a Favor de los Centros Educativos de las Regiones de Extrema Pobreza", en consecuencia dicho Comité, opina por laprocedencia de la donación del vehículo dado de baja mediante Resolución Directoral Nº 061-2006/VIVIENDA- OGA; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta procedente aprobar la transferencia bajo la modalidad de donación del vehículoque se detalla en el Anexo adjunto, a favor de la Municipalidad Distrital de Ocallí, ubicada en la provincia de Luya, departamento de Amazonas, con la finalidadde coadyuvar a que el gobierno local en mención, dote de herramientas destinadas a la seguridad ciudadana en el marco de la política de desarrollo sostenible queel Estado propicia; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, la donación de bienesmuebles dados de baja de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución Ministerial del titular de la entidad públicadonante; Con el visado de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF y Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, y la Resolución Nº 031-2002-SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación del vehículo descrito en el Anexo adjuntoque forma parte integrante de la presente Resolución, con valor actualizado al 31 de mayo de 2006, ascendente a S/. 53 857.16 (Cincuenta y Tres Mil OchocientosCincuenta y Siete con 16/100 Nuevos Soles) y cuya depreciación a la misma fecha es de S/. 53 856.16 (Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Seis