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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324636El Peruano sábado 22 de julio de 2006 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, modificada por la Tercera Disposición Finalde la Ley Nº 28652; así como en la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del ProcesoPresupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006 aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005- EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 270 000,00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente RecursosOrdinarios a favor del Gobierno Regional Amazonas,para la elaboración del expediente técnico del Proyecto"Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de AguaPotable y Alcantarillado y Construcción de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la ciudad de Bagua Grande ". Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo alpresupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 dela Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadasy Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con ladisponibilidad autorizada en el calendario de compromisoscorrespondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Co-financiamientode Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministeriode Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través delViceministro de Construcción y Saneamiento y elGobierno Regional Amazonas. Artículo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construcción y Saneamiento, Sr. Otto Juan Norberto EléspuruNesanovich a suscribir el Convenio a que se refiere elartículo precedente. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3º de lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 00302-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2006-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban porresolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano , entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectosde inversión de saneamiento, incluyendo las que serealicen a las Empresas Prestadoras de Servicios deSaneamiento Municipales-EPS; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, esfunción de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercercompetencias compartidas con los gobiernos regionalesy locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generarcondiciones para el acceso a los servicios desaneamiento en niveles adecuados de calidad ysostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, con fecha 24 de noviembre de 2005 se suscribió el Convenio Específico de Co-Financiamiento deProyectos de Inversión celebrado entre el Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento y el GobiernoRegional Amazonas, mediante el cual se acordó que elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento financiaría, entre otros, la ejecución del proyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable e Instalacióndel Sistema de Alcantarillado de la localidad dePomacochas"- Código SNIP 3672 con un monto deS/. 2 230 670,00; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 282- 2005-VIVIENDA, Nº 339-2005-VIVIENDA, Nº 100-2006- VIVIENDA y Nº 175-2006-VIVIENDA se aprobaron las transferencias financieras a favor del Gobierno RegionalAmazonas, para la ejecución del Proyecto "Mejoramientodel Sistema de Agua Potable e Instalación del Sistema deAlcantarillado de la localidad de Pomacochas" por los montos de S/. 446 134,00, S/. 27 833,00, S/. 644 418, 00 y S/. 600 000,00, respectivamente, lo que hace un totalde S/. 1 718 385,00; Que, mediante Informe Técnico Complementario Nº 033- 2006-MVCS/VMCS-DNS-JLBS, la DirecciónNacional de Saneamiento ha emitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor del Gobierno Regional Amazonas, del saldo pendiente detransferirse para la ejecución del proyecto "Mejoramientodel Sistema de Agua Potable e Instalación del Sistema deAlcantarillado de la localidad de Pomacochas", ascendentea S/. 512 285,00; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, modificada por la Ley Nº 28652; así comoen la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para laEjecución del Proceso Presupuestario del GobiernoNacional para el Año Fiscal 2006 aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 512 285,00 (QUINIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor delGobierno Regional Amazonas, para la ejecución delProyecto "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable eInstalación del Sistema de Alcantarillado de la localidadde Pomacochas". Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistenciaa las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentranprevistos en el Convenio Específico de Co-financiamientode Proyectos de Inversión celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Viceministro de Construcción y Saneamiento y elGobierno Regional Amazonas. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 3º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00302-2