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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324639REPUBLICADELPERU Plazo de la ejecución de la obra es de 90 días calendarios. Costo Referencial de la contratación de la firma Supervisora S/. 165,548.04 y su cadena funcional programática es: 0119 003 14. 047. 0127 2.21522 2.02823 00008 6.5.11.33 Los costos de obra y supervisión serán financiados con los recursos provenientes del FONAVI en liquidación y del Fondo Ley Nº 27677. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Nacional de Saneamiento, a través de la Unidad Técnica FONAVI, creada por el Decreto Supremo Nº 025-2005-VIVIENDA,a realizar las acciones conducentes para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3º.- Remítase lo actuado al Órgano de Control Institucional con el fin de que, de ser pertinente, determine las responsabilidades a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Encárguese a la Secretaría General de VIVIENDA, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE; asícomo su remisión e informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República,dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 00290-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2006-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2006 VISTOS:El Memorando Nº 732-2006/VIVIENDA/VMCS-DNS; el Informe Nº 024-2006/VIVIENDA/VMCS-DNS/UTF del9 de junio del 2006, el Informe Legal Nº 008-2006/ VIVIENDA/VMCS-DNS/UTF-CSC del 9 de junio del 2006, y el Informe Nº 323-2006/VIVIENDA/OGAJ del16 de junio del 2006, sobre la declaración de situación de desabastecimiento inminente de los servicios públicos de saneamiento del C.P. Hoja Redonda, distritode El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28452 se complementa la Ley Nº 27677 disponiéndose la transferencia de los activos del saldo resultante a valor de realización del FONAVI, en Liquidación y la UTE FONAVI endesactivación, información y acervo documentario; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º y la Primera Disposición Complementaria de dicha Ley seencarga al Viceministerio de Construcción y Saneamiento la ejecución, culminación y liquidación de los proyectos y obras de la UTE FONAVI inconclusos a la entrada envigencia de la Ley Nº 28111 y se declara en situación de urgencia las contrataciones y adquisiciones necesarias que permitan una adecuada recepción de los referidosproyectos y obras; exonerándose al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de la aplicación de las disposiciones de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, para dicho fin; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2005- VIVIENDA, del 16 de diciembre del 2005, se crea bajo el ámbito de la Dirección Nacional de Saneamiento la Unidad Técnica FONAVI, encargada de ejecutar lasacciones administrativas y legales dispuestas en el artículo 4º de la Ley Nº 28452, precisándose que la declaración de la situación de urgencia a la que hacereferencia la Primera Disposición Complementaria de la citada Ley, se hace extensiva a la contratación de bienes, servicios y obras necesarios para garantizar la adecuada recepción de las Obras y Proyectos Inconclusos de laUTE FONAVI; Que, de acuerdo a lo señalado por la Unidad Técnica FONAVI a través del Informe Nº 024 -2006/VIVIENDA/VMCS-DNS/UTF del 9 junio de 2006, el desabastecimiento de los servicios públicos de saneamiento del C.P. Hoja Redonda, distrito de ElCarmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, viene generando graves problemas de salubridad en la población, especialmente infantil, los que se hanagudizado por el incremento de su densidad demográfica, el horario restringido del servicio de agua que se realiza por medio de pilones y que no cubre la demanda, ademásde no contar con el servicio de alcantarillado; ocasionando con ello que los moradores evacuen sus aguas servidas en forma artesanal, en algunos casosutilizando pozo ciego y otros letrinas; asimismo las aguas de lavado de utensilios y de ropa son arrojadas a la calle, exponiendo a la población, sobre todo a los niños, aenfermedades gastrointestinales y enfermedades dérmicas, por lo que se requiere ejecutar las obras públicas de agua potable y desagüe de Hoja Redondapara mejorar la calidad de vida de su población en el corto plazo; Que, en ese sentido, en el Informe Legal Nº 008- 2006/VIVIENDA/VMCS-DNS/UTF-CSC del 9 junio del 2006 se señala que, concordantemente con la urgencia declarada por Ley, debe declararse con la Resoluciónemitida por el Titular del Pliego, la situación de desabastecimiento inminente (antes urgencia) de los Servicios Públicos de Saneamiento en el C.P.HojaRedonda, distrito de El Carmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene a su cargo demanera esencial, habiéndose comprobado y acreditado que las circunstancias actuales comprometen en forma directa e inminente lacontinuidad de tales servicios; asimismo, dadas la naturaleza, características, operatividad, funcionalidad, cobertura y alcances de la Obra porejecutarse, se deduce válidamente que no corresponde realizar un proceso de selección posterior, teniendo la contratación en progreso el carácter de definitiva,ante los requerimientos y necesidades de la población beneficiaria; así como consecuentemente para la contratación de la consultoría que tendrá a su cargola necesaria supervisión de esta Obra; Que, dado el tiempo transcurrido desde la promulgación de la Ley Nº 28452, resulta convenientederivar lo actuado al Órgano de Control Institucional con el fin de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar; De conformidad con lo establecido en los artículos 19º, inciso c), 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por el Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y los artículos 144º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; así como en el artículo 6º de la DirectivaNº 011-2001-CONSUCODE-PRE, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 025- 2005-VIVIENDA y normas complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente los Servicios Públicos de Saneamiento del C.P. Hoja Redonda, distrito de ElCarmen, provincia de Chincha, departamento de Ica, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; y aprobar la exoneración delproceso de selección por dicha causal para la contratación de la ejecución y supervisión de la Obra de Saneamiento en dicha Localidad, denominada "Proyecto de AguaPotable y Desagüe del Centro Poblado Hoja Redonda", por un costo ascendente a S/. 2'875,127.67, incluido el Impuesto General a las Ventas y S/. 175,313.00, incluidoel Impuesto General a las Ventas, respectivamente, que será financiado con los recursos provenientes del FONAVI en liquidación y del Fondo Ley Nº 27677;transferidos y actualizados a Donaciones y Transferencias del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.