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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324667REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 304-2006-INDECI 6 de julio del 2006 Visto, el Informe Nº 084-2006-INDECI/13.0 de la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, de fecha 16 de junio del 2006; mediante el cual se remite la relación de los participantes que aprobaron el Curso deCapacitación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorización; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el DecretoSupremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los órganos competentes, las condiciones para ejecución de lasinspecciones, así como los requisitos para la obtención del reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización del Inspector Técnico de Seguridad corresponde a laspersonas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitación paraInspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Órganos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Dirección Regional de Defensa Civil Lima- Callao ha llevado a cabo un Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en DefensaCivil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, quienes cumplen con los requisitosexigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Técnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art.45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comités de Defensa CivilRegionales, Provinciales y Distritales serán responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempeñan en su jurisdicción afin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelación o la renovación de la autorización de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acápite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI “Directiva para autorización, renovación, ampliación de jurisdicción y acreditación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil” vigente, los postulantes que tengan un nivel académico de técnico quedanautorizados para emitir opinión únicamente en el campo de su especialidad, según el Anexo Nº 2 de la referida Directiva;CÓDIGO DEL CURSO : 00000000733 CURSO : INSPECTORES TÉCNICOS EN SEGURIDAD FECHA : 27/02/2006 DEPARTAMENTO : CUSCO REGIÓN: CDRDC DE CUSCO PROVINCIA : CUSCO Total de Participantes Aptos: 7 DISTRITO : CUSCO Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI TÍTULO / ESPECIALIDAD Nº COM ITÉ/ENTIDAD UBICACIÓN GEOGRÁFICA COMITÉ COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO ASIGNADO 1 ALVAREZ UNDA EFRAIN ENRIQUE 23873681 INGENIERO CIVIL 66278 Comité Regional Cusco Regional 2 DELGADO FUENTES EDWIN 24710342 INGENIERO CIVIL 60279 Comité Regional Cusco Regional 3 JAIMES JAIMES JOSE ALONSO 40270743 INGENIERO CIVIL 71611 Comité Regional Cusco Regional 4 MEDRANO OCHOA OSCAR 24695961 ARQUITECTO 5938 Comité Provincial Cusco Cusco Provincial 5 MUÑOZ DUEÑAS ANDRES ERUNDINO 23849120 INGENIERO ELECTRICISTA 66272 Comité Regional Cusco Regional 6 QUINTANA MORENO ROBERTO 23833703 INGENIERO QUIMICO 13604 Comité Regional Cusco Regional 7 ROMAINVILLE YTURRIAGA HILMERD 23856628 ARQUITECTO 6936 Comité Regional Cusco Regional ROBERTO 00238-2 Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento deInspecciones Técnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI,aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Reconocer y autorizar como Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en tres folios) queobra adjunto y que forma parte de la presente Resolución, para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a lajurisdicción de la Dirección Regional de Defensa Civil Lima-Callao. Artículo Segundo. - Los Inspectores Técnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolución, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedarán facultados para efectuarInspecciones Técnicas Básicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdicción indicada. Artículo Tercero. - El reconocimiento y autorización señalados en los artículos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI a efectuar la inscripción de los Inspectores mencionados en el artículo primero de lapresente Resolución, en el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentación correspondiente en el Archivodocumentario respectivo; así como, a expedir las credenciales respectivas. Artículo Quinto.- La Dirección Nacional de Prevención y la Oficina de Estadística y Telemática publicarán y actualizarán en la página web del INDECI, el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad enDefensa Civil. Artículo Sexto.- La Secretaría General ingresará la presente Resolución en el Archivo General del INDECI,efectuará su publicación en el Diario Oficial El Peruano y remitirá copia fedateada de la misma a la Dirección Nacional de Prevención, Dirección Nacional deEducación y Capacitación, Oficina de Estadística y Telemática, Dirección Regional de Defensa Civil de Lima - Callao y Oficina de Asesoría Jurídica, para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil