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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2006 (22/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 22 de julio de 2006 324651REPUBLICADELPERU nepotismo estableciendo que en toda EPS municipal o pública queda prohibido contratar de manera directa o indirecta, como trabajadores o proveedores, al cónyuge o parientes de los alcaldes, regidores, representantesante la Junta General de Accionistas o miembros del directorio, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; Que, siguiendo, además, el criterio adoptado por este Supremo Tribunal Electoral conforme se aprecia en reiterada jurisprudencia, como la establecida en lasResoluciones Nºs. 419-2005-JNE y 420-2005-JNE de fecha 27 de diciembre de 2005 sobre hechos similares a los acontecidos en el presente caso, correspondedeclarar la vacancia del referido Alcalde; Que, conforme lo dispone el Artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, en caso devacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y para completar el número legal de miembros,se debe convocar al regidor suplente respetando la precedencia de la referida lista, correspondiendo convocar a Sara Roxana Monja Arce, segúndocumentación referida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo; Que, en aplicación del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM, modificatorio del Reglamento de la Ley Nº 26771, el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por don Víctor Hugo Soto Portilla contra el Acuerdo de fecha 30 de noviembre de 2005 delConcejo Distrital de Motupe, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque que desestimó la solicitud de vacancia del cargo de Alcalde de don Néstor AlfonsoGuillermo Gastulo por no alcanzar los dos tercios del número legal de sus miembros. Artículo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Motupe, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque, de don Néstor Alfonso Guillermo Gastulo, dejándose sin efecto la credencialque lo acreditaba como Alcalde del mencionado Concejo Distrital, disponiéndose que dicha Municipalidad ponga en conocimiento de la presente Resolución a la Prefectura,Poder Judicial, Policía Nacional, instituciones bancarias, entre otras, de esa localidad, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Declarar que el primer Regidor, don Julio Antonio Becerra Corrales asume el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Motupe, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque,debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- Convocar a doña Sara Roxana Monja Arce, candidata no proclamada de la Organización PolíticaNacional "Partido Democrático Somos Perú" para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Motupe, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque,para completar el período de gobierno municipal 2003-2006, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 0255-8 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G71/G75/G65/G20 /G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G63/G68/G69/G73/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/GFA/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F RESOLUCIÓN Nº 1264-2006-JNE Expediente Nº 043-2006 Lima, 18 de julio de 2006VISTA, en audiencia pública del 18 de julio de 2006, la apelación interpuesta por don Ricardo Yuri Cornejo Sánchez Alcalde de la Municipalidad Provincial de Canchis, departamento de Cusco, contra el Acuerdo de Concejo dedicha comuna que denegó el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Jorge Mayta Tintaya, iniciado por el ciudadano Benigno Quispe Canaza; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de vacancia que obra a fojas 7 y 8, se sustenta en el hecho, que el Regidor Jorge Mayta Tintaya, en su condición de Presidente de la Comisión de Tránsitoexpidió, con fecha 26 de mayo de 2005, una autorización excepcional, a favor de las empresas de transporte de pasajeros del corredor Sicuani-Cusco y viceversa,Expreso Oriental S.R.L., Sol Andino S.R.L., El Zorro S.R.L., Turismo Valle Sagrado S.R.L., Zegarra S.R.L. y, Cielo Canchino S.R.L. para que realicen una sobre parada por elespacio de tres minutos al frente de terminal interprovincial de la ciudad de Sicuani, según se indica en el documento que corre de fojas 16; en tal sentido, señala el peticionantede la vacancia que, el mencionado regidor habría incurrido en la causal contenida en el artículo 11º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que establece que losregidores no pueden ejercer funciones ejecutivas o administrativas, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en lamisma municipalidad o en las empresas municipales de su jurisdicción; Que, el Concejo Provincial de Canchis, en sesión extraordinaria del 3 de agosto de 2005, presidida por su Alcalde don Ricardo Yuri Cornejo Sánchez, quien es recurrente del presente caso, denegó la referida solicitudde vacancia, por mayoría, según se aprecia en la copia certificada del Acta que corre de fojas 36 a 64; Que, el impugnante, don Ricardo Yuri Cornejo Sánchez Alcalde de la Municipalidad Provincial de Canchis, carece de legitimidad para obrar, incumpliendo lo dispuesto por el artículo 23º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, que establece que, todo recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso dereconsideración dentro del plazo legal; toda vez que, la solicitud de vacancia ha sido presentada por el ciudadano don Benigno Quispe Canaza, quien es parte en esteproceso gozando de todas las facultades de ley; por lo que el presente recurso deviene en improcedente; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar nulo el consesorio e, improcedente el recurso de apelación interpuesto pordon Ricardo Yuri Cornejo Sánchez. Artículo Segundo.- Declarar que don Jorge Mayta Tintaya continuará ejerciendo el cargo de Regidor de laMunicipalidad Provincial de Canchis, departamento de Cusco, por el período 2003-2006 para el que fue elegido. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA FALCONI GÁLVEZ, Secretario General (e) 0255-9 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65 /G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G6D/G65/G6E/G74/G65/G6C RESOLUCIÓN Nº 1265-2006-JNE Expediente Nº 401-2005 Lima, 18 de julio de 2006