Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2006 (22/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano sabado 22 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

324653

CONSIDERANDO: Que, el apelante solicita la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA Llatance MORDAZA, por el supuesto uso indebido del Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN, por incrementar ilegalmente las dietas a los regidores, asi como por haber percibido incrementos y montos remunerativos que no le corresponden, entre otros beneficios, como el cobro de bonificaciones por escolaridad, aguinaldo por MORDAZA patrias y por navidad, otorgado a favor del MORDAZA los anos 2003, 2004 y 2005, por lo que habria incurrido en la causal de vacancia que regula las restricciones de contratacion, segun lo preve el inciso 9) del articulo 22º concordado con el articulo 63º de la MORDAZA acotada, conforme obra de fojas 124 a 152; Que, el Concejo Distrital de Aguas Verdes, en sesion extraordinaria del 18 de MORDAZA del 2006, cuya Acta obra a fojas 43 a 47, rechazo, el mencionado pedido de vacancia, por cuanto el solicitante de la vacancia no sustento lo invocado; Que, en autos no se ha acreditado que el MORDAZA, don MORDAZA Llatance MORDAZA, MORDAZA contratado, rematado obras o servicios publicos municipales, ni adquirido directamente o por interposita persona bienes de la municipalidad distrital de Aguas Verdes en su favor, conforme a los presupuestos exigidos por la causal de vacancia contenida en el inciso 9) del articulo 22º concordado con el articulo 63º de la Ley Nº 27972; Que, las supuestas irregularidades que alega el apelante, son susceptibles de las acciones de control que correspondan, las cuales, no se adecuan a los presupuestos exigidos por la causal de vacancia invocada; al respecto debe precisarse que las causales de vacancia de los cargos de MORDAZA y regidor son taxativas y estan previstas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y no es procedente amparar argumentacion sustentada en supuestos no considerados como tales, sin perjuicio de que estos puedan ser materia de acciones de control por parte del organo competente; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la apelacion interpuesta por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Orozco; y, en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 032-2006-MDAV-SG del 19 de MORDAZA de 2006, adoptado en la sesion extraordinaria del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, de fecha 18 de MORDAZA de 2006. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA Llatance MORDAZA, continuara ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, por el periodo para el cual fue elegido. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 0255-11

provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, de convocatoria de candidato no proclamado ante la declaratoria de vacancia de MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Triveno, al cargo de Regidor de dicho Municipio, por la causal contemplada en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, mediante sesion extraordinaria de fecha 9 de enero de 2006, cuya MORDAZA certificada del acta obra a fojas 51, el Concejo Distrital de Cotaruse declaro la vacancia de MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Triveno al cargo de regidor, por haber inasistido a mas de 3 sesiones ordinarias consecutivas; habiendo abandonado el cargo desde el mes de octubre de 2005; Que, a fojas 8 obra una carta de renuncia irrevocable de MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Triveno al cargo de regidora, por motivos de estudio en el Instituto Superior Pedagogico Publico "Jose MORDAZA Arguedas", presentada a la Municipalidad Distrital de Cotaruse el 19 de octubre de 2005; Que, en sesion ordinaria de concejo de fecha 20 de octubre de 2005, cuya acta en MORDAZA certificada obra a fojas 10, se advierte que se dio cuenta de la mencionada carta de renuncia, habiendo senalado el asesor de la municipalidad que todo cargo que se asume por MORDAZA popular es irrenunciable; y, en la sesion ordinaria de concejo de fecha 25 de octubre de 2005, cuya MORDAZA certificada corre a fojas 20, se ratifico el acuerdo en el sentido de contabilizar las faltas de la regidora Luz MORDAZA MORDAZA Triveno a las sesiones para los tramites posteriores ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; advirtiendose de las actas de las sesiones ordinarias, numeros 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de 2005, 01 y 02 de 2006, que en MORDAZA certificada, obran de fojas 10 a 44, la inasistencia de la referida regidora; Que, conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia de regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del partido politico "Partido Aprista Peruano", segun la Resolucion de inscripcion definitiva de la lista de candidatos del partido politico "Partido Aprista Peruano" para el Concejo Distrital de Cotaruse Nº 233-2002-JEE Aimaraes-Antabamba, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Aymaraes Antabamba, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2002; Que, en el presente caso, las autoridades municipales vienen ejerciendo provisionalmente sus cargos, en virtud del resultado de la consulta popular de revocatoria llevada a cabo el 3 de MORDAZA de 2005, en tal sentido, los suplentes a ser convocados mediante la presente resolucion haran lo propio, hasta la eleccion de las nuevas autoridades municipales del distrito de Cotaruse; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del partido politico "Partido Aprista Peruano", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de MORDAZA, para completar provisionalmente, el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgarsele la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial que fuera otorgada a MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Triveno como regidora del Concejo Distrital de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 0255-12

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Cotaruse
RESOLUCION Nº 1268-2006-JNE Expediente Nº 054-2006 Fecha, 18 de MORDAZA de 2006 VISTA: la solicitud remitida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Alcaldesa del Concejo Distrital de Cotaruse,

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