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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324656El Peruano sábado 22 de julio de 2006 RESUELVE: Artículo Único .- Convocar a don Wilson Ademar Delgado Olivera, candidato no proclamado del partido político Perú Posible, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Cutervo, departamento de Cajamarca, paracompletar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, debiendo otorgársele la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ, Secretario General (e) 00255-16 /G50/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G4A/G4E/G45/G68/G61/G63/G65/G20/G73/G75/G79/G61/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C /G52/G45/G4E/G49/G45/G43/G20/G65/G6E/G20/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN Nº 1273-2006-JNE Expediente Nº 267-2006Lima, 18 de julio de 2006 Visto, el expediente sobre comprobación de firmas de adherentes para la presentación de Acción de Inconstitucionalidad contra las Ordenanzas Municipales Nºs. 003-2005-MPP y 005-2005-MPP de fechas 17 de marzoy 14 de julio de 2005, de la Municipalidad Provincial de Pisco, departamento de Ica, promovida por el ciudadano Alejandro Jesús Paz Peña, representado por don David PómezAnchante; y el Oficio Nº 546-2006-SGEN/RENIEC recibido el 27 de junio de 2006, remitido por el Secretario General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, informandosobre el resultado del referido proceso de comprobación de firmas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo estipulado en el inciso 5) del artículo 203º de la Constitución Política, pueden interponer acción de inconstitucionalidad contra una ordenanzamunicipal, el 1% de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial, con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones; Que, en el padrón electoral aprobado por este organismo electoral para las últimas elecciones realizadas a nivel nacional, figuran 79,774 (setenta y nueve mil setecientossetenta y cuatro) electores hábiles en la provincia de Pisco, del departamento de Ica, siendo 798 (setecientos noventa y ocho), el 1% a que se refiere el considerando precedente; Que, para el caso de los adherentes a las solicitudes presentadas en el ejercicio de los derechos políticos previstos por la Constitución y las leyes, corresponde al RegistroNacional de Identificación y Estado Civil comprobar la autenticidad de firmas y documentos de identidad de ciudadanos, de acuerdo al literal o) del artículo 7º de su LeyOrgánica Nº 26497, modificada por Ley Nº 27706; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha realizado la verificación de firmas de adherentes de laAcción de Inconstitucionalidad contra las Ordenanzas Municipales Nos 003-2005-MPP y 005-2005-MPP, promovida por el ciudadano Alejandro Jesús Paz Peña, emitiendo dichoorganismo el Certificado de Cotejo de Registro de Inscripción Nº 031-2006-GAE/RENIEC suscrito por el Gerente de Actividades Electorales, en el que precisa que dicha solicitudha alcanzado 1,495 (un mil cuatrocientos noventa y cinco) registros validos de adherentes; Por los fundamentos expuestos, el Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Único.- Poner en conocimiento del Tribunal Constitucional y de don Alejandro Jesús Paz Peña, representado por don David Pómez Anchante, que el JuradoNacional de Elecciones hace suya la certificación de 1,495 (un mil cuatrocientos noventa y cinco) registros válidos de adherentes, otorgada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en la Acción deInconstitucionalidad contra las Ordenanzas Municipales Nºs. 003-2005-MPP y 005-2005-MPP de 17 de marzo y 14 de julio de 2005, respectivamente, de la MunicipalidadProvincial de Pisco, promovida por dicho ciudadano, para los efectos del numeral 5) artículo 203º de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENAS VELA MARQUILLO VELARDE URDANIVIAFALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 00255-17 MINISTERIO PÚBLICO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61 /G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 040-2006-MP-FN-JFS Lima, 21 de julio del 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Resolución Administrativa Nº 097-2006-CE-PJ, de fecha 28 de junio del 2006, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorroga por el término de un mes, a partir del 1 de juliodel 2006, el funcionamiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; Que por Acuerdo Nº 750 adoptado en sesión extraordinaria del 20 de julio del 2006, los miembros de la Junta de Fiscales Supremos acordaron por unanimidad, prorrogar la vigencia de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria, materia de la ResoluciónNº 021-2006-MP-FN-JFS, de fecha 21 de abril de 2006, por el plazo de un mes, contado con retroactividad a partir del 16 de julio del año en curso; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del acuerdo precitado adoptado por laJunta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria, por el plazo de un mes, con retroactividad al dieciséis de julio del año en curso. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público, adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presenteresolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, a la GerenciaCentral de Recursos Humanos, a la Gerencia de Planificación, Racionalización y Estadística; y a la Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 00341-1 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G64/G70/G79/G6D/G65/G20/G43/G6F/G6E/G66/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 918-2006 Lima, 13 de julio de 2006