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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2006 (02/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 313532 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de marzo de 2006 su Presupuesto, los gastos por concepto de pasajes y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y la Ley Nº 28652; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Victor Lay Biancardi, Presidente (e) del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra -Bolivia, del 6 al 10 de marzo de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Presupuesto de INGEMMET, de acuerdo al siguientedetalle: Pasajes Aéreos US$ 479.10 Impuestos de Salida US$ 30.25 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 03715 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2006-MEM/DM Lima, 27 de febrero de 2006 VISTO, el Oficio Nº 023-2006-INGEMMET/PCD de fecha 8 de febrero de 2006 remitido por el Vicepresidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicación del visto se remite el Acuerdo Nº 03-2006 de la sesión Nº 782 de fecha 20 de enero de 2006 del Consejo Directivo del INGEMMETque aprueba la participación del Dr. José Macharé Ordóñez, Director Ejecutivo en el Workshop "Los Servicios Geológicos Nacionales: Instituciones Públicaspara el Desarrollo Sustentable", organizado conjuntamente por el Instituto Geológico Minero de España y la Agencia Española de Cooperación Internacional -AECI, a llevarse a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, entre los días 6 al 10 de marzo de 2006; Que, de acuerdo a lo señalado en el Oficio Nº 023- 2006-INGEMMET/PCD, el referido Workshop reunirá a los Directores de los Servicios de Geología y Minería de los países iberoamericanos y propiciará el intercambiode experiencias y políticas desarrolladas por instituciones homólogas considerándose indispensable la participación del INGEMMET; Que, de acuerdo a lo señalado en la comunicación del visto, la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI correrá con los gastos de estadíadel representante del INGEMMET, debiendo por tanto autorizarse excepcionalmente al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, asumir, con cargo asu Presupuesto, los gastos por concepto de pasajes y tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y la Ley Nº 28652; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor José Macharé Ordóñez, Director Ejecutivo delInstituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, del 6 al 10 de marzo de 2006, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo alPresupuesto de INGEMMET, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 479.10 Impuestos de Salida US$ 30.25 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 03716 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsablesde la comisión de delito de resistenciay desobediencia a la autoridad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº106-2006-MEM/DM Lima, 27 de febrero de 2006 VISTO: el Informe Nº 917-2005-EM-DGM/TNO de la Dirección de Normatividad Minera, por el que seopina por la remisión del expediente de explotación de mineral en la concesión minera Pinapina Veintiuno a la Procuraduría Pública del Sector de Energía yMinas; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Directoral Nº 181-2004-MEM- DGM/V, del 18 de mayo de 2004, se ordenó laparalización de las actividades de explotación de mineral aurífero que realiza la Comunidad Campesina de Puna Ayllu; Que, por Resolución del 19 de abril de 2005 (sustentada en el Informe Nº 475-2005-MEM-DGM-FMI/ SM, del 12 de abril del 2005, en cuyas conclusionesprecisa que los funcionarios de la Dirección Regional de Energía y Minas de Puno han evidenciado que existe actividad minera informal de explotación en la concesiónPinapina Veintiuno, por parte de la Comunidad Campesina de Puna Ayllu, las que se realizan en el período de lluvias noviembre a marzo, incumpliendo laparalización dispuesta mediante Resolución Nº 181- 2004-MEM-DGM/V) se dispone la remisión del expediente de la concesión Pinapina Veintiuno a laDirección de Normatividad Minera para la prosecución del trámite correspondiente; Que, estando demostrado que la Comunidad Campesina de Puna Ayllu no ha acatado la orden de paralización de la Autoridad Minera, habría incurrido en acto de delito de resistencia y desobediencia a laautoridad, prevista en el artículo 368º del Código Penal; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 1º del DecretoLey Nº 17537 que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado y su modificatoria, Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energíay Minas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energía y Minas para que, en defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones penales y demás accioneslegales contra los dirigentes de la Comunidad Campesina Puna Ayllu y otros que resulten responsables, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa dela presente resolución.