Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2006 (02/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de marzo de 2006

Articulo 6º.- Para este Concurso, el MORDAZA estara conformado por: a) El Director de la Escuela, Seccion o Unidad de Posgrado de la Universidad respectiva, quien actuara como Presidente. b) Tres representantes del Comite Directivo de la Escuela, Seccion o Unidad de Posgrado, en calidad de miembros plenos. c) Un representante del Colegio Medico del Peru, en calidad de observador. d) Un representante de la Asociacion Nacional de Medicos Residentes del Peru (ANMRP), en calidad de observador. e) Un representante del Ministro de Salud, en calidad de Miembro Pleno, en representacion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud. f) Los representantes de la entidad prestadora de salud del Subsector correspondiente, en calidad de observadores. g) Un representante del CONAREME, en calidad de observador. Articulo 7º.- Son atribuciones del Jurado: a) Organizar, controlar el desarrollo del MORDAZA de seleccion y calificacion de los examenes respectivos. b) Revisar y evaluar los expedientes de los postulantes, calificar la validez y autenticidad de los documentos presentados y, publicar la relacion de los profesionales aptos en lugar visible en un plazo de 72 horas MORDAZA del inicio de los examenes. Esta publicacion debe ser en orden alfabetico, incluyendo todos los datos del postulante, el area o la especialidad y la modalidad a la que postula. c) Resolver los reclamos presentados dentro de los plazos que se fijen. d) Corregir los datos erroneos, publicando las subsanaciones 24 horas MORDAZA de los examenes. e) Formular los examenes, para lo cual puede solicitar el asesoramiento que estime conveniente. f) Suscribir las actas y publicar de los examenes. g) Elaborar y suscribir el cuadro de meritos general y por areas o especialidades. Las actas y el cuadro de meritos seran remitidos al Decano de la Facultad de Medicina respectivo y al CONAREME. Articulo 8º.- Las decisiones del MORDAZA son inapelables y se sujetan a las siguientes acciones: a) Terminada la calificacion, se redactara un acta final con los resultados del MORDAZA de seleccion, los mismos que se publicaran el mismo dia que se realizan los examenes. b) En el acta final se establecera el Orden de Merito General y por areas o especialidades, en forma centesimal, segun el esquema determinado por el CONAREME. Los resultados seran publicados en un lugar visible de la sede del Concurso y en la pagina web de la universidad. En caso de empate, se recurrira secuencialmente a la nota del examen escrito y finalmente al sorteo. c) La plazas vacantes en las especialidades, subespecialidades y sedes docente seran cubiertas por los postulantes en estricto orden de merito. Articulo 9º.- Si el postulante que obtuvo la opcion o su representante acreditado, notarialmente, no se presente en la fecha y hora senalada por la universidad para elegir la plaza vacante que por orden de merito le corresponde, esta sera ocupada por el que le sigue en dicho orden, excepto en el caso de universidades con sede unica, en las que se procedera de acuerdo a lo establecido por estas. Articulo 10º.- Al momento de la inscripcion, el postulante debe consignar la modalidad de plaza vacante a la cual postula, segun el cuadro de plazas vacantes aprobado, no pudiendo ser cambiada en ningun caso. La eleccion de esta modalidad es de completa responsabilidad del postulante. Una vez elegida la plaza, no esta permitido el cambio de especialidad, modalidad, ni de sede docente.

CAPITULO II DE LA EVALUACION Y CALIFICACION DEL POSTULANTE Articulo 11º.- La evaluacion y calificacion del postulante se efectuara teniendo en cuenta los siguientes factores: - Orden de Merito - Examen de conocimiento 6% 94%

En el factor orden de merito, se tendra en cuenta las bonificaciones establecidas en el reglamento de la Ley Nº 23330 - SERUMS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-97-SA. Articulo 12º.- El examen de conocimiento de los postulantes a especialidades se efectuara mediante una prueba escrita de 200 preguntas y, para los postulantes a subespecialidades mediante una prueba diferenciada de 100 preguntas. Articulo 13º.- La estructura del examen de conocimientos a especialidades se regira por los siguientes criterios: a) Las preguntas para los postulantes a areas o especialidades se formularan en base a los conocimientos impartidos en el pregrado, con la siguientes distribucion porcentual: Ciencias basicas Salud Publica Medicina Cirugia Gineco-Obstetricia Pediatria 10% 10% 20% 20% 20% 20%

En las areas clinicas 30% de las preguntas se tomara bajo la modalidad de casos clinicos . b) Las preguntas para los postulantes a subespecialidades se formularan teniendo en cuenta los conocimientos adquiridos en la especialidad base. Articulo 14º.- La nota minima aprobatoria en el puntaje final es de 60 puntos. CAPITULO III DE LOS MEDICOS RESIDENTES Articulo 15º.- Los Medicos Residentes son profesionales que estan realizando estudios universitarios de MORDAZA Especializacion en Medicina (Posgrado), los cuales se realizan bajo la modalidad de docencia en servicio en las instituciones autorizadas y acreditadas por el CONAREME como sede del Residentado Medico. Articulo 16º.- Los Medicos Residentes que pertenezcan a instituciones publicas o privadas en condicion de nombrados o contratados a plazo indeterminado, pueden acogerse a la modalidad de destaque o desplazamiento temporal, segun corresponda, durante el periodo requerido para su formacion, debiendo cumplir con todas las obligaciones contenidas en el articulo 17º del presente Reglamento. Al finalizar el Residentado Medico retornaran a su sede de origen, debiendo permanecer en esta obligatoriamente por un tiempo minimo similar al de su formacion de especialista. Es responsabilidad de la institucion de origen financiar la remuneracion del medico residente y, de la institucion de destino el pago por guardias hospitalarias en atencion a lo requerido por su programa de formacion. Articulo 17º.- La condicion de Medico Residente conlleva las siguientes obligaciones y responsabilidades: a) Cumplir con el presente Reglamento y las Normas pertinentes de la Universidad en el ambito academico y, con las de la Entidad Prestadora de Salud en lo asistencial las que no pueden interferir con las del Sistema Nacional de Residentado Medico. b) Matricularse en la Universidad de acuerdo a los requisitos y plazas establecidos.

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