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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2006 (02/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 313543 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de marzo de 2006 Artículo 11º.- Notificación de los Actos Administrativos La notificación de todos los actos administrativos emitidos por el MTPE se efectuarán de acuerdo al siguiente orden de prelación: 11.1. Personal, en el domicilio que tuviere fijado el obligado. 11.1.1. La notificación personal se efectúa en el domicilio consignado en el procedimiento respectivo, quese supone vigente y válido, hasta la culminación del procedimiento administrativo, salvo aquella modificación puesta de conocimiento al MTPE. 11.1.2. Se debe entender con el propio obligado o su representante legal, pero en el caso de no encontrarse ninguno de los dos, puede entenderse con la personaque se encuentre en el domicilio, dejando constancia de su nombre, documento de identidad y su relación con el obligado. 11.1.3. En el acto de la notificación se entrega copia del acto a notificar, debiendo constar en la cédula de notificación el nombre y firma de la persona que recibe lanotificación. En el caso de negarse a señalar alguna o ambos de los requisitos señalados, se dejará la constancia correspondiente. 11.2. Por telegrama, correo certificado, telefax, correo electrónico u otro medio mediante el cual sepueda contar de manera fehaciente e indubitable con constancia de recepción e identificando al receptor, siempre y cuando el obligado expresamente lo hayaautorizado en su solicitud el uso de cualquiera de estos medios. 11.3. Por publicación en el Diario Oficial El Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional, cuando haya resultado infructuosa las notificaciones aludidas en los numerales precedentes. 11.4. Los modos de notificación no podrán suplirse unos con otros, bajo sanción de nulidad. 11.5. De no haber realizado la notificación de acuerdo a lo dispuesto en el presente artículo, las multas no podrán ser derivadas a la Unidad de Cobranza Coactiva. Artículo 12º.- Pago El pago de la deuda se efectuará en el Banco de la Nación en la cuenta "Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo". En caso que el monto a depositarse incluya céntimos se consignará la unidad inmediatamente superior si éstosfuesen mayores o iguales a cinco, eliminándose en caso que éstos fuesen menores a cinco. En el recibo se consignará el nombre completo o razón social del deudory el número que identifica la multa que es cancelada o pagada a cuenta. Si el pago se realiza por concepto de gastos o costas procesales, deberá además consignarel número del expediente coactivo. Así mismo, si el pago se realiza bajo la modalidad de aplazamiento o fraccionamiento, se consignará tambiénel número de la Resolución que la concedió. El incumplimiento del pago oportuno dará lugar a la aplicación de las emitidas de cobro coercitivo previstasen el procedimiento de Ejecución Coactiva, conforme a las normas de la materia. Artículo 13º.- Imputación de Pago El pago se imputará a los gastos y costas procesales, de ser el caso, luego al interés moratorio o deaplazamiento y/o fraccionamiento y por último a la multa. Artículo 14º.- Intereses. Es facultad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo determinar, vía resolución del Titular, la Tasa de Interés Moratorio (TIM-MTPE) por las sancionespecuniarias administrativas que impone. Artículo 15º.- Aplazamiento y/o Fraccionamiento El MTPE tiene la facultad de permitir al obligado acogerse a una modalidad de pago en forma aplazada y/o fraccionada, mediante la presentación por Mesa dePartes, de una solicitud dirigida a la Oficina de Administración conteniendo como mínimo los datos siguientes:1. Nombre completo o razón o denominación social del obligado; 2. Domicilio Fiscal, domicilio real del obligado, número de teléfono y correo electrónico; 3. Monto de la Multa, con los intereses calculados hasta la fecha de presentación de la referida solicitud; 4. Identificación de la multa a fraccionar, consignando el número de Resolución o Auto; 5. Plazo de aplazamiento y/o fraccionamiento solicitado; 6. Declaración de compromiso a la presentación de la garantía de acuerdo a lo previsto en el artículo 19º del presente Reglamento; y, 7. Firma del obligado o del representante legal, en caso de ser persona jurídica. A la solicitud se acompañará la documentación siguiente: - Copia legalizada por notario o autenticada por fedatario del MTPE del documento de identificación del obligado o de su representante legal, en caso de personas jurídicas; - Para los representantes de las personas jurídicas, copia legalizada por notario o autenticada por fedatario del MTPE de la designación como tales en la EscrituraPública de constitución; - En caso que la deuda haya sido objeto de recurso de impugnación que se encuentre en trámite en la víaadministrativa o demanda contencioso administrativa en la vía Judicial, se adjuntará copia legalizada notarialmente o autenticada por fedatario del MTPE del escrito dedesistimiento presentado ante quien corresponda, y de la resolución judicial de ser el caso; y, - La constancia de pago por un monto equivalente al 5% en caso de aplazamiento y 10% en caso de fraccionamiento o aplazamiento con fraccionamiento, de la deuda materia del beneficio al día de la presentación dela misma, así como en todos los casos, por la totalidad de lo adeudado por concepto de gastos y cosas procesales si dicha deuda se encuentra en cobranza coactiva. La solicitud será evaluada por la Unidad de Control de Multas la que se pronunciará sobre el petitorio respectode los beneficios solicitados, en un plazo máximo de treinta (30) días útiles, computados a partir del día siguiente de presentada la solicitud, o de subsanada ladocumentación en caso de haber sido observada, con lo cual se dará inicio al trámite. La Unidad de Control de Multas se encuentra facultada a recabar información pertinente de las áreas de donde se derivan los actos administrativos que contiene las sanciones de multa, respecto de losantecedentes del obligado que le sirvan de sustento para otorgar o denegar el beneficio solicitado, debiendo requerir adicionalmente la liquidación de costas y/o gastos de laUnidad de Cobranza Coactiva, en caso de que la multa se encuentre en etapa de ejecución coactiva. De resultar procedente el pedido de aplazamiento y/o fraccionamiento y de encontrarse la deuda en etapa de ejecución coactiva la Unidad de Control de Multas enviará a la Unidad de Cobranza Coactiva, copia de laresolución respectiva, así como de la cédula de notificación, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles de expedida, a efecto de que se suspenda elprocedimiento de ejecución coactiva. Artículo 16º.- Resoluciones de Fraccionamiento y/o Aplazamiento La modalidad de pago aplazado y/o fraccionado será otorgada o denegada mediante Resolución. Se otorgará el beneficio cuando el obligado cumpla con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, consignándose en la resolución lascondiciones del mismo, el monto de la deuda, la tasa de interés aplicable y el calendario de pago; caso contrario la solicitud será denegada. De encontrarse en cobranza coactiva la multa materia de estos beneficios, se pedirá informe a la Unidad de Cobranza Coactiva con el objeto de verificar si seencuentra en trámite la ejecución de la medida cautelar que se hubiese trabado, caso en el cual, la solicitud presentada será denegada.