Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2006 (02/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de marzo de 2006

Articulo 30º.- Las licencias por motivos personales se otorgaran hasta por 30 dias como MORDAZA, a cuenta de las vacaciones correspondientes por cada ano lectivo, en tanto no se interfiera con los objetivos de formacion. Articulo 31º.- Los medicos residentes que por enfermedad debidamente comprobada y que les impidiese por 3 meses consecutivos cumplir con el desarrollo del Residentado Medico, puede reiniciar sus actividades en el mismo ano de estudios, previa autorizacion de la Escuela, Seccion o Unidad de Postgrado, en coordinacion con la Entidad Prestadora de Salud. CAPITULO IV DE LOS INCENTIVOS Y SANCIONES Articulo 32º.- El CONAREME, las universidades y las entidades prestadoras de salud, estableceran los mecanismos mas conveniente que reconozcan la calidad y el merito de los mejores medicos residentes. Articulo 33º.- El medico residente ingresante que haga abandono o renuncie a la plaza, con posterioridad a la fecha de cierre del MORDAZA, estara impedido de postular por un periodo de 3 anos, excepto por causas debidamente justificadas, no contempladas en el presente Reglamento y que le impidan la consecucion de su formacion. Estos casos deben ser calificados por la universidad y comunicados oportunamente al CONAREME. Articulo 34º.- Los postulantes o ingresantes al Residentado Medico, en quienes se verifique que han presentado documentos falsos, seran separados del concurso o retirados de la plaza y, estaran impedidos de postular por un periodo de 6 anos en cualquiera de las universidades del MORDAZA, sin perjuicio de las acciones legales, administrativas y eticas a que hubiere lugar. En los casos en que dicha verificacion se detecte durante el MORDAZA de formacion, la universidad debera separar al medico residente y proceder a efectuar las acciones correspondientes. Articulo 35º.- Los medicos residentes son pasibles de sanciones por parte de la universidad en el ambito academico; por la entidad prestadora de salud en el ambito docente asistencial y, por parte del Colegio Medico del Peru en los aspectos eticos y deontologicos de la profesion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las situaciones que pudieren implicar conflicto en las relaciones academico-asistenciales de los medicos residentes, seran resueltas en primera instancia por el Comite Hospitalario del Residentado Medico y, en MORDAZA instancia por el Comite Nacional del Residentado Medico. Segunda.- Las universidades solo pueden desarrollar programa de MORDAZA especialidad en entidades prestadoras de salud dentro del ambito de influencia, en el MORDAZA de lo establecido en el MORDAZA de descentralizacion nacional. Tercera.- Los requisitos establecidos en el inciso e) del articulo 1º y el inciso h) del articulo 2º, seran aplicables a los medicos postulantes graduados a partir del ano 2006. Cuarta.- El Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Medico sera revisado por el CONAREME cada 2 anos, remitiendose el informe respectivo al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Excepcionalmente y, a solicitud de la mayoria simple de los miembros del CONAREME, el mismo puede ser revisado despues del primer ano de su vigencia. Quinta.- Los medicos residentes que estuviesen cursando el ultimo ano de su programa de formacion, pueden postular unicamente a las subespecialidades correspondientes a su area, salvo disposiciones institucionales en contrario. Sexta.- El Comite Nacional de Residentado Medico podra autorizar, en los casos necesarios, un ajuste de las notas obtenidas en el Examen de Conocimientos, segun procedimiento especifico que determine previamente. Septima.- Lo que no se encuentre contemplado en el presente Reglamento sera resuelto por el CONAREME. 03831

Autorizan viaje de profesional a EE.UU. para participar en la Reunion del Grupo de Trabajo de Buenas Practicas de Manufactura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 197-2006/MINSA MORDAZA, 28 de febrero del 2006 Visto el Expediente Nº 06-013116-001 e Informe Nº 073-2006-OCN-ODRH-OGGRH/MINSA, Autorizacion de Viaje de la Q.F. MORDAZA Melida MORDAZA MOLINA; CONSIDERANDO: Que, en MORDAZA DC, Estados Unidos, del 3 al 5 de marzo de 2006, se llevara a cabo la Reunion del Grupo de Trabajo de Buenas Practicas de Manufactura, para lo cual se ha considerado pertinente autorizar el viaje de una (01) profesional del Ministerio de Salud, que sera financiado por el Pliego 011- Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula el viaje al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657- Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de MORDAZA MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA, Quimico Farmaceutico, Nivel IV, de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Ministerio de Salud, del 3 al 5 de marzo de 2006, para los fines descritos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, por la profesional, seran cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administracion Central - MINSA, del Pliego 011 - Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos - Tarifa por Uso de Aeropuerto TOTAL US$ 946.96 US$ 660.00 US$ 30.25 ---------------US$ 1,637.21

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias de concluido el viaje, la profesional cuyo viaje se autoriza, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuesto o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 03799

Designan Directores Ejecutivos de las Oficinas Ejecutivas de Comunicacion Social e Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 207-2006/MINSA MORDAZA, 1 de marzo del 2006 Visto las renuncias formuladas por los profesionales MORDAZA MORDAZA Larrauri, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bentos y MORDAZA MORDAZA Sipan MORDAZA y los Oficios Nºs. 102 y 103-2006-OGC/MINSA;

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