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PÆg. 313671 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú,al Colegio de Abogados de Lima, al Gerente Generalmencionado, a los señores Presidentes de las Cortes Superiores a nivel nacional y a la Gerencia General, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER HUMBERTO VASQUEZ VEJARANO Presidente 03869 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Designan Vicepresidenta del Consejo Directivo de la Academia de laMagistratura RESOLUCIÓN Nº 08-2006-AMAG-CD Lima, 1 de marzo de 2006 El PLENO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA VISTO: El Acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, en sesiónde la fecha; y, CONSIDERANDO: Que la Academia de la Magistratura es una persona jurídica de derecho público interno que forma parte delPoder Judicial y goza de autonomía administrativa, académica y económica; Que el Consejo Directivo es el más alto órgano de la Academia de la Magistratura. Está integrado por sieteConsejeros, designados tres por el Consejo Ejecutivodel Poder Judicial, dos por la Junta de Fiscales Supremosdel Ministerio Público, uno por el Consejo Nacional de la Magistratura y uno por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados de la República; Que mediante Resolución Nº 001-2005-AMAG-CD, el Consejo Directivo de la Academia de la Magistraturadesignó para el período 2005-2006, al señor Consejerodoctor Robinson Gonzales Campos, Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, recayendo en el doctor Ricardo La Hoz Lora, ladesignación de Vicepresidente; Que mediante Oficio Nº 281-2006-P-CNM, el señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, hacede conocimiento de la Presidencia del Consejo Directivo de la Academia que mediante Resolución Nº 089-2006- CNM, se dio por concluida la designación del señor doctorRicardo La Hoz Lora, como representante del ConsejoNacional de la Magistratura, ante el Consejo Directivo dela Academia de la Magistratura; Que el Consejo Directivo tiene a su cargo el gobierno institucional, y está representado por su Presidente, cuyas funciones de acuerdo al Estatuto de la Academiade la Magistratura, aprobado mediante ResoluciónNº 022-2001- AMAG/CD, pueden ser delegadas alVicepresidente; Que estando a lo referido en la precitada comunicación resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente, designando al Consejeroque ocupará el cargo de Vicepresidente del ConsejoDirectivo de la Academia de la Magistratura,correspondiente al ejercicio del presente PeríodoInstitucional 2005-2006; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas mediante la Ley Orgánica de laAcademia de la Magistratura, Ley Nº 26335, así comopor el Estatuto aprobado mediante Resolución Nº 022-2001-AMAG/CD, y estando a lo acordado en la sesióndel Pleno del Consejo Directivo de la fecha;RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Consejera doctora Gladys Margot Echaíz Ramos, Vicepresidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, designación que corresponde al ejercicio del PeríodoInstitucional 2005-2006. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBINSON OCTAVIO GONZALES CAMPOS Presidente del Consejo Directivo de laAcademia de la Magistratura 03895 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Aprueban nuevos "Formatos de Evaluación Permanente deUniversidades con autorización deFuncionamiento Provisional" CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN Nº 260-2005-CONAFU Lima, 30 de diciembre del 2005 VISTOS; Ley Nº 26439, la Resolución Nº 098-2004- CONAFU de fecha 29 de abril del 2004, Estatuto delCONAFU, el Informe Nº 392-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 362-2005-CONAFU de fecha 20 de diciembre del 2005;y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización deFuncionamiento de Universidades CONAFU, comoórgano autónomo, teniendo como atribuciones, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización provisional de funcionamiento de las nuevasuniversidades a nivel nacional en forma permanente;emitir resoluciones autorizando o denegando elfuncionamiento provisional y definitivo teniendo comofunción la de otorgar la adecuación de universidades a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificación delcumplimiento efectivo de los requisitos y condicionesestablecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante Resolución Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de abril del 2004, Estatuto del CONAFU, se precisa en su Artículo 3º: Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento deUniversidades; en su inciso k) Elaborar y aprobar losreglamentos específicos que señalen los procedimientos,requisitos y plazos de los procesos administrativosnecesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y; en su artículo 11º Son atribuciones del Pleno del CONAFU: en su inciso b) Aprobar el Estatuto, losreglamentos específicos y los reglamentos de gestiónde la institución; Que, mediante Informe Nº 392-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de diciembre del 2005, emitido por la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos remite los nuevos Formatos de Evaluación Permanente deUniversidades con Autorización de FuncionamientoProvisional, y asimismo la aplicación de los mismos conel fin de que éstos sean considerados en sesión de Pleno; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 362-2005- CONAFU de fecha 20 de diciembre del 2005, se acordó por UNANIMIDAD APROBAR los nuevos "Formatos deEvaluación Permanente de Universidades conAutorización de Funcionamiento Provisional" y, asimismoel instructivo para el llenado de los mismos, en mérito alInforme Nº 392-2005-CEAA-CONAFU; Estando a lo expuesto, la Ley Nº 26439, la Resolución Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de abril del 2004, el