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PÆg. 313676 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 de fecha 3 de febrero del 2006, el Acuerdo de Pleno Nº 023-2006-CONAFU de fecha 9 de febrero del 2006;y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización deFuncionamiento de Universidades CONAFU, como órganoautónomo, teniendo como atribuciones; evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional de las nuevas universidades a nivel nacional ytambién solicitudes de autorización para funcionamientodefinitivo; emitir resoluciones autorizando o denegando elfuncionamiento provisional y definitivo, teniendo ademáscomo función la de otorgar la adecuación de universidades a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificación delcumplimiento efectivo de los requisitos y condicionesestablecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que mediante Ley Nº 28564, de fecha 9 de junio del 2005, se deroga la Ley Nº 27504, y en su artículo 2º se restituye el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 23733, quedando prohibida la creaciónde nuevas filiales en universidades públicas y privadas,fuera del ámbito departamental de su sede principal, apartir de la vigencia de la señalada Ley, salvo lo dispuestoen la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 28564: "Las solicitudes para autorización de funcionamiento de Filiales Universitarias tramitadas con anterioridad a lavigencia de la presente Ley, ante la Asamblea Nacionalde Rectores, deberá ser remitidas al CONAFU, quienesen el plazo de ciento veinte (120) días hábiles autorizaráo denegará su funcionamiento, conforme al reglamento que apruebe para este propósito."; Que, mediante Oficio Nº 1520-2005-ANR-SE/SG de fecha 22 de julio del 2005, se recepciona el expedientede la Filial Chincha de la Asociación Universidad PrivadaSan Juan Bautista conteniendo la documentaciónpresentada ante la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de julio del 2005, el Pleno del CONAFU, apruebael Reglamento para la ratificación y autorización defuncionamiento de filiales universitarias, que cuenta con10 artículos, dos Disposiciones Transitorias y unaDisposición Final; en cumplimiento de la disposición transitoria de la Ley Nº 28564; Que con Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, respecto a la conformaciónde Comisiones tanto de revisión de expedientes de lasUniversidades que se encuentran bajo la jurisdicción delCONAFU, así como las comisiones calificadoras de las filiales sin autorización de funcionamiento; Que, por Acuerdo del Pleno Nº 245-2005-CONAFU de fecha 19 de agosto del 2005, acuerda porUNANIMIDAD que la metodología de trabajo en laEvaluación de Proyectos de Filiales Universitarias, seinicia con los proyectos que se encuentran comprendidos en la Segunda Disposición Transitoria de la Resolución Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de julio del 2005, yademás se tendrá en cuenta todas las recomendacionesy propuestas efectuadas por los Señores Consejerospara la conformación de las Comisiones Evaluadoras.Asimismo, se debe tener en cuenta el Informe Nº 207- 2005-CEAA-CONAFU del 6 de agosto del 2005 respecto a la conformación de las Comisiones Calificadoras; Que, por acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, acordó porUNANIMIDAD primero: En cumplimiento a la Ley Nº 28564y a lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la Resolución Nº 128-2005-CONAFU, el CONAFU inicia la evaluación de los Proyectos de Filiales Universitariasde las Universidades que han realizado el pagocorrespondiente y cuyos expedientes hayan sidotransferidos al CONAFU; Que, la Comisión Calificadora designada mediante Resolución Nº 156-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005; presenta su Informe Final S/N. defecha 26 de noviembre del 2005, haciendo deconocimiento los resultados de la calificación efectuadaa la Filial de Chincha de la Asociación Universidad PrivadaSan Juan Bautista; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de julio del 2005,Reglamento de la Ley Nº 28564 en su artículo 6º incisos 1), 2),3), 4) y 5) se establecen los procedimientos normativos para laRatificación y Autorización de Funcionamiento de Filiales Universitarias, tramitados ante la Asamblea Nacional deRectores (ANR), con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº28564; Que, mediante Resolución Nº 098-2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del CONAFU, en su artículo4º dispone: Son fines del Consejo Nacional para laAutorización de Funcionamiento de Universidades(CONAFU) incisos a) Promover una EducaciónUniversitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente y, b) Desarrollar en el país una cultura deevaluación institucional orientada a la acreditaciónuniversitaria y, en su artículo 11º dispone: Sonatribuciones del Pleno del CONAFU; inciso s) Constituiry designar comisiones especiales para el desempeño de encargos específicos y; en el inciso t) Asumir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentosespecíficos corresponda al Pleno del CONAFU; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 358-2005- CONAFU del 20 de diciembre del 2005, se ACORDÓconformar las comisiones verificadoras de las Filiales Universitarias con arreglo a la Ley Nº 28564 y en concordancia con lo señalado en el Art. 6º inciso 4) de laResolución Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de juliodel 2005 la cual en su Segunda Disposición Transitoria,señala entre otras, a las siguientes Universidades yproyectos de Filiales Universitarias pasibles de evaluación: Universidad Alas Peruanas S.A.- Filial - Pucallpa, Filial Trujillo; Asociación Universidad PrivadaSan Juan Bautista, Filial - Chincha y la UniversidadPrivada San Pedro, Filial - Piura; Que, la Comisión Verificadora designada mediante Resolución Nº 242-2005-CONAFU de fecha 21 de diciembre del 2005; presenta el Informe Nº 001-2006-CV-CONAFU de fecha 3 de febrero del 2006; comunicando la realizaciónde la verificación de la Filial-Chincha de la AsociaciónUniversidad Privada San Juan Bautista, que ha alcanzadoun puntaje superior al 75.55% por ciento correspondiéndoleel calificativo de Muy Bueno, en los diferentes parámetros considerados por el CONAFU; Que, la respectiva Comisión Verificadora ha entregado su Informe con opinión favorable de autorización de laFilial Universitaria de Chincha de la AsociaciónUniversidad Privada San Juan Bautista, sometida aevaluación, ello al haber obtenido puntaje aprobatorio en la aplicación de las tablas de evaluación aprobadas por el CONAFU por lo que, corresponde expedirse laresolución de su propósito; Que, mediante Acuerdo de Pleno Nº 023-2006-CONAFU. de fecha 26 de enero del 2006, se acordó AUTORIZAR a laAsociación Universidad Privada San Juan Bautista el Funcionamiento de su Filial Universitaria en la ciudad de Chincha con las siguientes carreras profesionales: Derecho;Enfermería y Administración de Negocios; Estando a lo expuesto, Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, el Oficio Nº 1520-2005-SE/SG de fecha 22 dejulio del 2005, la Resolución Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de julio del 2005, el Informe Nº 207-2005-CEAA- CONAFU, de fecha 16 de agosto del 2005, Acuerdo delPleno Nº 245-2005-CONAFU de fecha 19 de agosto del2005, Informe Nº 207-2005-CEAA-CONAFU del 6 deagosto del 2005, Acuerdo del Pleno Nº 272-2005-CONAFU de fecha 12 de setiembre del 2005, la Resolución Nº 156-2005-CONAFU de fecha 13 de setiembre del 2005, el Informe S/N. de fecha 26 denoviembre del 2005, Resolución Nº 098-2005-CONAFUdel 29 de abril del 2004 - Estatuto del CONAFU, el Acuerdode Pleno Nº 358-2005-CONAFU del 20 de diciembre del2005, la Resolución Nº 242-2005-CONAFU de fecha 21 de diciembre del 2005, el Informe Nº 001-2006-CV- CONAFU de fecha 3 de febrero del 2006, el Acuerdo dePleno Nº 023-2006-CONAFU de fecha 9 de febrero del2006; y, en uso de las facultades conferidas por el literalc) del artículo 20º y el artículo 39º Inc. d), del Estatuto delCONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista el Funcionamientode su Filial Universitaria en la ciudad de Chincha, con las siguientes carreras profesionales: Derecho; Enfermería y Administración de Negocios. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Filial Universitaria en la Ciudad de Chincha de la Asociación