Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

Estatuto del CONAFU, el Informe Nº 392-2006-CEAACONAFU, de fecha 16 de diciembre del 2005, el Acuerdo de Pleno Nº 362-2005-CONAFU de fecha 20 de diciembre del 2005, y en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y el articulo 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- APROBAR los nuevos "Formatos de Evaluacion Per manente de Universidades con autorizacion de Funcionamiento Provisional" y las instrucciones para el llenado de los mismos. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 03837

Dejan sin efecto incisos 9) y 10) de la MORDAZA disposicion transitoria de la Res. Nº 128-2005-CONAFU, que aprobo reglamento para la ratificacion y autorizacion de funcionamiento de filiales universitarias
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES CONAFU RESOLUCION Nº 010-2006-CONAFU MORDAZA, 20 de enero del 2006 VISTOS; La Ley Nº 26439; la Ley Nº 28564 de fecha 9 de junio de 2005, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFUEstatuto del CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004, la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Acuerdo de pleno de fecha 11 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional en forma permanente; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional o definitivo, y teniendo como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que mediante Ley Nº 28564, de fecha 9 de junio del 2005, se deroga la Ley Nº 27504, y restituye el tercer parrafo del articulo 5º de la Ley Universitaria Nº. 23733, y otorga facultades al CONAFU, para la ratificacion, autorizacion o denegacion de funcionamiento de filiales universitarias a nivel nacional; Que, mediante la Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA del 2004, se aprueba el Estatuto del CONAFU y, en su articulo 4º. Son fines del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) en el inciso a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de las Universidades, establecidos en la Ley Universitaria vigente; y en el inciso b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria; y, en su articulo 11º. Dispone: Son atribuciones del Pleno del CONAFU; inciso t) Asumir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos especificos corresponda al Pleno del CONAFU; Que, por Resolucion Nº 128-2005-CONAFU, de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el pleno del CONAFU, aprueba el

reglamento para la ratificacion y autorizacion de funcionamiento de filiales universitarias, contando con 10 articulos, 2 disposiciones transitorias y 1 disposicion final, CONSIDERANDOSE en su MORDAZA disposicion transitoria las filiales universitarias siguientes: Inc. 09). Filial Universitaria - MORDAZA, de la Universidad Tecnologica de los Andes e Inc. 10). Filial Universitaria - Chincha, de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la Vega; Que, mediante Acuerdo de Pleno de fecha 11 de enero del 2006, acordo por UNANIMIDAD DEJAR SIN EFECTO los incisos 9) y 10) de la MORDAZA disposicion transitoria de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, referente a las filiales Universitarias siguientes: Universidad MORDAZA Garcilazo de la MORDAZA Filial - Chincha, al haber sido denegado su funcionamiento mediante Resolucion Nº 911-2005-ANR - de fecha 18 de MORDAZA del 2005 y de la Universidad Tecnologica de los Andes Filial - MORDAZA, denegado su funcionamiento mediante Resolucion Nº 703-2004-ANR, de fecha 23 de diciembre del 2004, en merito al Informe Nº 358-2005-CEAA-CONAFU, debiendo emitirse la Resolucion correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 26439; la Ley Nº 28564 de fecha 9 de junio de 2005, la Resolucion Nº 098-2004-CONAFUEstatuto del CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004, la Resolucion 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005, el Acuerdo de pleno de fecha 11 de enero del 2006, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del articulo 20º y el articulo 39 Inc. d), del Estatuto ­ CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DEJAR SIN EFECTO los incisos 9) y 10) de la MORDAZA disposicion transitoria de la Resolucion Nº 128-2005-CONAFU de fecha 19 de MORDAZA del 2005. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente WUILDER MORDAZA MORDAZA Secretario General 03838

Aprueban Reglamento General de Admision para Universidades bajo jurisdiccion del CONAFU
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
RESOLUCION Nº 023-2006-CONAFU MORDAZA, 30 de enero del 2006 VISTOS; Ley Nº 26439, la Resolucion Nº 098-2004CONAFU de fecha 29 de MORDAZA del 2004, Estatuto del CONAFU, el Informe Nº 021-2006-CEAA-CONAFU, de fecha 25 de enero del 2006, Acuerdo de Pleno Nº 102006-CONAFU de fecha 26 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 del 20 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribuciones, las de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion provisional de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional en forma permanente; emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional y definitivo teniendo como funcion la de otorgar la adecuacion de universidades a la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, el Estatuto y el Reglamento; Que, mediante Resolucion Nº 098-2004-CONAFU de fecha 29 de MORDAZA del 2004, Estatuto del CONAFU, precisa

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