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PÆg. 313688 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de marzo de 2006 con adjuntar su carta de renuncia o la autorización expresa del partido político al que pertenece; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del JuradoNacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 047-2006- JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, enuso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE : Artículo Primero .- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la Repúblicapresentada por el Personero Legal del Partido “Fuerza Democrática”, para el proceso de Elecciones Generales del 9 de abril de 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 01 Franco Ballester, Carlos Alberto 07774603 02 Saravia Arrescurrenaga, Enrique 07911396 03 Loaiza Perea, Frida Mabel Alcione 07957974 04 Galli Silva, Enrique Pedro 09295349 05 Iwasaki Cauti, Gonzalo Francisco 10268069 07 Bautista Merino, Alberto Juan 08528983 08 Cesti Hurtado, Gustavo Adolfo 08267796 09 Jara Minuche, Mirtha Carolina 25542775 10 Baca Gastelumendi Enrique 07591761 12 Acha Fiorani Fernando Martín 07391132 13 Pozo García Marco Aurelio 08443688 15 León Castrillón de Oyakawa Diana Pilar 06726470 16 Sotomayor Bernaola Víctor Tito 09715378 20 Rodríguez De Gonzáles Zúñiga Fátima Clara María 21438459 21 Tueros Rivera Augusto 10149000 22 Nicho Zamudio Jesús Eduardo 15657819 23 Morí Isuisa Arquímedes 10600962 24 Alban Monesterio Delia Luz 09609733 26 Pajuelo Carhuaricra Ana Nelva 09627051 27 Campos Torres Sara Rosa 10772026 29 Morí Ventura Gladys 09606774 31 Klima Haidinger Rodolfo Ladislau 08242076 33 Zambrano Macassi Juan Fernando 07539501 34 Farfán Gálvez Oscar Rafael 09459992 Artículo Segundo .- Denegar a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el Personero Legal del Partido “Fuerza Democrática”, para el proceso de EleccionesGenerales del 9 de abril de 2006, la misma que está integrada como sigue: Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI ORDEN 06 Becerra García Napoleón 08058852 11 Chipana Huayhuas Mauro 07436936 14 Palma Linares Ricardo Luís 07943786 17 Valdivia Reyes Víctor Juan 08043615 18 Barbaràn de Arevalo Silvia del Rosario 05245840 19 Saavedra Balarezo José Santos 09186994 25 Chuquimajo Caceres Norma Jacinta 08547960 28 Risco Portocarrero Flor de Maria 06273328 30 Dellepiane Maldonado José Renatto 08247703 32 Palacios Villanueva Alfredo Humberto 07046605 35 Ballenas Geldres Julio Fernando 07544915 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 03923Admiten a trÆmite solicitud de inscrip- ción de lista de candidatos al Congre-so de la Repœblica presentada por elPartido "Perœ Posible" JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 0096-2006-JEE/LC Lima, 1 de marzo de 2006VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, presentada pordon Ysmael Núñez Sáenz, personero legal titular del Partido “Perú Posible”, para el Distrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales2006, presentada el 08 de febrero de 2006, Expediente Nº 012-2006-LC. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de laRepública; Que, los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones sólo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso de la República en cada Distrito Electoral ante el Jurado Electoral Especialcorrespondiente, hasta sesenta (60) días naturales antes de la fecha de las elecciones, conforme lo establece el artículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,concordante con el artículo 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094. Primero.- Que, habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad, goce del derechode sufragio y ejercicio de la ciudadanía de los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condición de inelegibilidad, cuota de género, declaraciónjurada de vida, democracia interna y demás exigencias legales previstas en la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Partidos Políticos y otras normasconexas, además del TUPA; es procedente la admisión a trámite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la recepción, calificación einscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, aprobado por Resolución Nº 047-2006-JNE; se procede a admitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos señalados en el artículo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución. Segundo.- Que, se advierte que no se ha dado cumplimiento de lo establecido en el artículo 114º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 concordante con el artículo 4º del Reglamento para la recepción, calificacióne inscripción de fórmulas de candidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 - Resolución Nº 047-2006-JNE, respecto a trabajadores yfuncionarios de los Poderes Públicos y de los Organismos y Empresas del Estado que no han cumplido con adjuntar el otorgamiento de la licencia sin goce de haber, concedidasesenta (60) días antes de la fecha las elecciones; en consecuencia se deniega la admisión a trámite la solicitud de inscripción de los siguientes candidatos: de Perlacios Velásquez Jorge con número de inscripción 08 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07901490, por cuanto si bien ha adjuntado el documentopor el cual se le otorga licencia, emitida por el Concejo Nacional de Descentralización, ésta no se encuentra conforme a lo dispuesto en el Art. 114º de la Ley Orgánicade Elecciones, atendiendo que la licencia otorgada comprende el período desde el nueve (09) de febrero de 2006 hasta el 09 de abril de 2006, no ajustándose a lodispuesto por el Art. 114º de la Ley Orgánica de Elecciones; de Abusabal Villegas Juan Alberto con número de inscripción 09 e identificado con DocumentoNacional de Identidad Nº 10541010, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, tal como se advierte de su propiaDeclaración Jurada de Vida a fojas 118, en la que no señala fecha de salida por tanto es de considerarse que continúa el vínculo laboral con SEDAPAL, empresa estatal