Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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El MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso Extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por el personero legal de la alianza electoral "Unidad Nacional", contra la Resolucion Nº 169-2006-JNE de fecha 23 de febrero de 2006 que declaro fundado en parte el recurso de apelacion contra la Resolucion Nº 027-2006-JEE-CUSCO de fecha 13 de febrero de 2006, del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y confirmo la misma en el extremo que deniega la solicitud de inscripcion del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villena al Congreso de la Republica para dicho distrito electoral. Registrese, comuniquese y publiquese.

sin goce de haber correspondiente a la ciudadana tachada a partir del 8 de febrero del 2006; Que en el presente caso, la solicitud de licencia sin goce de haber de la candidata MORDAZA MORDAZA ha sido presentada con la antelacion establecida por la MORDAZA MORDAZA senalada y conjuntamente con la solicitud de inscripcion de candidatos de la lista presentada por la organizacion politica "Partido Aprista Peruano" en el distrito electoral de Apurimac; Que en tal sentido, este Colegiado considera cumplido el requisito establecido en el articulo 114º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, que establece el impedimento de ser candidatos al Congreso de la Republica a los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida 60 dias MORDAZA de la fecha de las elecciones; Por tales fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 03906

Declaran fundada apelacion y disponen que se proceda a la inscripcion de candidata del "Partido Aprista Peruano" por el distrito electoral de MORDAZA
RESOLUCION Nº 209-2006-JNE
Expediente Nº 131-2006-APELACION. MORDAZA, 2 de marzo de 2006 VISTO, el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 044-2006-JEE/ABAN de 18 de febrero del 2006 que declara FUNDADA la tacha formulada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata al Congreso de la Republica por la organizacion politica "Partido Aprista Peruano"; y oido el informe oral en audiencia publica de fecha 2 de marzo del 2006; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de Abancay, conforme a sus atribuciones de administrar justicia en materia electoral, previstas en el literal f) del articulo 36º de la Ley Nº 26486 y de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de formulas de candidatos al Congreso de la Republica en las Elecciones Generales del 2006, ha conocido y resuelto en primera instancia la admision a tramite de la inscripcion de candidatos al Congreso de la Republica presentada por la organizacion politica "Partido Aprista Peruano", asi como la tacha interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la candidata, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante con el numero dos de dicha lista; Que la resolucion de visto declaro fundada la tacha en razon a que la candidata MORDAZA MORDAZA no cumplio con presentar la resolucion por la que se le concede licencia en su condicion de Regidora de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, a la fecha de MORDAZA de las solicitudes de admision a tramite para la inscripcion de formulas de candidatos al Congreso de la Republica; Que el apelante senala que mediante la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos se cumplio con la MORDAZA de la solicitud de permiso en sesiones de concejo por sesenta dias a partir del dia 7 de febrero del 2006, documento que obra a fojas 34 del expediente principal; y por escrito de 17 de febrero del 2006 que aparece de fojas 37 a 40 se adjunto la transcripcion del Acuerdo de Concejo Nº 010-2006-CPA de 8 de febrero del 2006 aprobando la autorizacion de licencia del cargo

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 044-2006-JEE/ABAN de 18 de febrero del 2006; en consecuencia, revocar la citada resolucion; reformandola declarar infundada la tacha propuesta por la ciudadana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Serrano. Articulo Segundo.- Disponer que el MORDAZA Electoral Especial de Abancay proceda a la inscripcion de la candidatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el numero dos de la organizacion politica "Partido Aprista Peruano" por el distrito electoral de Apurimac. Articulo Tercero.- Devolver, en el dia, el presente expediente al MORDAZA Electoral Especial de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General. 03907

Declaran infundada impugnacion y confirman la Res. Nº 036-2006-JEE-T/ JNE que declara fundada tacha formulada contra candidato del Partido Politico "Union por el Peru"
RESOLUCION Nº 211-2006-JNE
Expediente Nº 133-2006-APELACION. MORDAZA, 2 de marzo de 2006 VISTO, el recurso de apelacion presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Maytahuari contra la Resolucion Nº 036-2006-JEE-T/ JNE de 22 de febrero del 2006 que declara FUNDADA la tacha formulada contra don MORDAZA MORDAZA Maytahuari, candidato al Congreso de la Republica por el Partido Politico "Union por el Peru"; y oido el informe oral en Audiencia Publica de fecha 2 de marzo del 2006; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA Electoral Especial de Tambopata, conforme a sus atribuciones de administrar justicia en materia electoral, previstas en el literal f) del articulo 36º de la Ley Nº 26486 y de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento para la recepcion, calificacion e inscripcion de formulas de candidatos al Congreso de la Republica en las Elecciones Generales del 2006, ha conocido y resuelto en primera instancia la admision a tramite de la inscripcion de candidatos al Congreso de la Republica presentada por el Partido Politico "Union por el Peru", asi

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