Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2006 (17/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2006

inminentes y verosimiles en perjuicio o agravio de su persona, su familia y/o sus bienes"; Que, el pedido de traslado presentado por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se sustenta en que en su desempeno profesional ha sentenciado a agentes terroristas por diversas acciones cometidas a nivel nacional tales como atentados con coches bomba, asesinatos selectivos de autoridades politicas, policiales y civiles; extorsiones, robos a mano armada, entre otros, lo que implica un alto riesgo para su integridad fisica, la cual se incrementara por la circunstancia de tener que vivir sola en la MORDAZA de Canete, y por los frecuentes viajes que tendria que realizar para ver a su familia, toda vez que esta en su integridad, radica en Lima; Que, al respeto, la magistrada recurrente precisa que la MORDAZA sur y especificamente la MORDAZA de Canete ha sido seriamente afectada por el terrorismo, conforme es de conocimiento publico y como consta del informe emitido por el Presidente de dicha Corte Superior de Justicia; y agrega que tambien actuo como Juez Especializado en delitos de terrorismo en el ano 1992, oportunidad en la que le toco investigar a dirigentes de la organizacion terrorista Movimiento Revolucionario MORDAZA MORDAZA, asi como a dirigentes del aparato de MORDAZA Popular de la organizacion terrorista Partido Comunista del Peru, Sendero Luminoso, que a la fecha estan siendo nuevamente juzgados al haberse declarado la nulidad de sus juicios; razon por la cual, a efectos de evitar posibles riesgos contra su seguridad personal y familiar, solicita que se autorice su traslado a una plaza de igual jerarquia en la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, complementando los fundamentos de su solicitud, la nombrada magistrada informa que mediante Resolucion Nº 242-2002-CNM de fecha 2 de MORDAZA del 2003, el Consejo Nacional de la Magistratura la nombro Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Canete, siendo el caso que al dictarse la referida resolucion ostentaba el cargo de Juez titular Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el que fue nombrada el 6 de octubre de 1994, y agrega que desde el ano 2003 fue designada para desempenarse como Vocal Provisional en la Sala Nacional de Terrorismo, por lo que en cumplimiento de dichas funciones ha tenido conocimiento de diversos procesos por delitos de terrorismo cometidos en el interior del MORDAZA, muchos de ellos en la MORDAZA sur del departamento de MORDAZA, que comprende la provincia de Canete, y en los que dicto sentencias condenatorias a miembros de organizaciones terroristas que operaban en dicha zona; Que, mediante Informe Nº 05-2005-CSJCN-P, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Canete comunica a este Organo de Gobierno que en las provincias de Canete y Yauyos, comprendidas dentro de la competencia del citado Distrito Judicial, se encuentran ciudades y centros poblados que durante la decada del 80 y parte del 90, sufrieron graves afectaciones como consecuencia del accionar terrorista; senalando que por el desempeno de la referida magistrada como Vocal de la Sala Penal Nacional a cargo del juzgamiento de delitos de terrorismo, no descarta acciones inminentes en perjuicio de su persona y/o de sus bienes al reincorporarse a dicha Corte Superior; tanto mas, si se tiene en cuenta que la competencia de ese Distrito Judicial MORDAZA dos provincias que en su conjunto son proximos a los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, y que en la provincia de Canete no se cuenta con suficientes garantias para su seguridad policial por carecerse de personal; concluyendo que su traslado no afectara el normal desarrollo del servicio de justicia en la Corte Superior de su Presidencia; Que, siendo esto asi, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a los hechos expuestos por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los cuales constituyen peligro para su seguridad, por lo que es del caso acceder a su solicitud y disponer su traslado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que en la actualidad cuenta con plaza vacante de Vocal Superior, sin perjuicio que siga integrando la Sala Penal Nacional; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la

Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin las intervenciones de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por asistir a una reunion de trabajo, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado, por motivos de seguridad, presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Canete, actualmente desempenandose como Vocal de la Sala Penal Nacional, disponiendose en consecuencia su traslado a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de Lima; sin perjuicio que siga integrando la Sala Penal Nacional. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y de Canete, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 04947

Disponen traslado de magistrados de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA Norte y de MORDAZA a plazas de igual nivel
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 027-2006-CE-PJ MORDAZA, 3 de marzo del 2006 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud presentada por los senores MORDAZA Ezequel MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del Decimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, sobre permuta de cargos, por razones de salud y de unidad familiar, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, la presente peticion se sustenta en que el senor MORDAZA Ezequel MORDAZA MORDAZA viene sufriendo de un cuadro clinico de Crisis mas dolor precordial y Dislipidemia mixta, conforme se acredita con el Certificado Medico expedido por ESSALUD, habiendosele recomendado pruebas especializadas con seguimiento estricto y con especialidad de Cardiologia; razon por la que debe permanecer cerca del Centro Especializado Cardiologico ubicado en el Distrito Judicial de MORDAZA, a efectos de someterse a los examenes medicos indicados como PEG, Ecocardiograma, perf mac, entre otros; Que, en cuanto a la solicitud presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, esta se sustenta en que su senor padre, quien es persona que tiene un miembro inferior amputado y presenta hipertension arterial y osteoartrosis, vive en su domicilio ubicado en el distrito de Los MORDAZA y necesita de su atencion;

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