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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2006 (30/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 315724 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 de Trabajo nombrará a sus respectivos representantes mediante Resolución de su Titular; Que, según Decreto Ley Nº 25993 y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, COFOPRI es un Organismo Público Descentralizado adscrito al Sector Justicia,siendo su titular el Ministro de Justicia; Que, en ese sentido resulta necesario designar al representante de COFOPRI ante dicho Grupo deTrabajo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25993, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS,Decreto Legislativo Nº 803, Decretos Supremos Nº 014- 98-MTC, Nº 027-2002-JUS, Nº 009-2006-PCM y Resolución Ministerial Nº 057-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora abogada Gloria Elvira Pflucker Valverde, Gerente de Planeamiento y Operaciones de la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal - COFOPRI como representante de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y al señorGonzalo José Blanco Oyola, Gerente de Titulación de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como representante alterno,ante el Grupo de Trabajo relativo al Programa para la atención de la Emergencia en el departamento de Tumbes, de acuerdo a lo expresado en la parteconsiderativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia yPresidente de COFOPRI 05776 CONASEV Establecen porcentaje mÆximo de participación en el capital social de una Bolsa de Productos RESOLUCIÓN CONASEV Nº 014-2006-EF/94.10 Lima, 27 de marzo de 2006 El Memorando Nº 873-2006-EF/94.60 de 20 de marzo de 2006 de la Gerencia de Investigación yDesarrollo. CONSIDERANDO:Que, las Bolsas de Productos, las Cámaras de Compensación, los Corredores de Productos, losOperadores Especiales, así como las operaciones que se realicen en dicho mecanismo se encuentran sometidos al control y supervisión de CONASEV de conformidadcon lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Nº 26361, Ley sobre Bolsas de Productos; Que, asimismo el artículo 6 de la referida ley modificada por la Ley Nº 27635, establece que CONASEV fija los porcentajes máximos de participación en el capital social de las Bolsas de Productos; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ley Nº 26361 dispone que en todo lo no previsto en dicha ley se aplicará supletoriamente lo establecido en laLey del Mercado de Valores, entre otras normas; Que, el artículo 137 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por DecretoSupremo Nº 093-2002-EF, dispone que ninguna persona por sí misma o con sus vinculados, puede ser propietaria directa o indirectamente, de acciones emitidas por unaBolsa que representen más del cinco por ciento (5%) del capital social con derecho a voto; Que, en ese sentido y teniendo como referencia el parámetro establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valores debe fijarse en 5% el límitemáximo de participación en el capital social de las Bolsas de Productos, Que sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse en cuenta que tratándose de entidades que de acuerdo a su regulación especial tienen parámetros máximos departicipación y número mínimo de accionistas, como es el caso de las Bolsas de Valores, no resultan exigible los límites anteriormente mencionados, pues tratándose detales entidades, la limitación prevista en la Ley del Mercado de Valores se reflejaría indirectamente en las Bolsas de Productos; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 26361 y por el inciso b) del artículo 11 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobadopor Decreto Ley Nº 26126, así como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesión de fecha 20 de marzo de 2006. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer como porcentaje máximo de participación en el capital social de una Bolsa de Productos el 5% de acciones con derecho a voto. No será de aplicación dicho límite en el caso de que las Bolsas de Valores sean accionistas de las Bolsas de Productos. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE OSSIO GARGUREVICH Vicepresidente 05745 Aprueban renovación de trÆmite anticipado y disponen el registro del segundo documento informativo correspondiente al "Primer Programa deBonos IFC" en el Registro Pœblico delMercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 018-2006-EF/94.11 Lima, 2 de marzo de 2006 VISTO:El Expediente Nº 2005033310 presentado por Corporación Financiera Internacional y el MemorándumNº 673-2006-EF/94.45 del 2 de marzo de 2006, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 021-2004-EF/94.11 del 20 de febrero de 2004, se aprobó el trámite anticipado, se registró el documento informativo marco correspondiente y se inscribió el“Primer Programa de Bonos IFC”, hasta por un importe máximo total de S/. 500 000 000,00 (quinientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dólares delos Estados Unidos de América, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, mediante escritos de fecha 14 y 16 de diciembre de 2005, 26 de enero de 2006 y 16 de febrero de 2006, Corporación Financiera Internacional solicitó la aprobación de la renovación del trámite anticipado y elregistro del segundo documento informativo marco correspondientes al denominado “Primer Programa de Bonos IFC”; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que Corporación Financiera Internacional tiene la condición de entidad calificada y hacumplido con presentar la información requerida por la Ley de Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y susnormas complementarias;