Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2006 (30/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2006

de Trabajo nombrara a sus respectivos representantes mediante Resolucion de su Titular; Que, segun Decreto Ley Nº 25993 y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, COFOPRI es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector Justicia, siendo su titular el Ministro de Justicia; Que, en ese sentido resulta necesario designar al representante de COFOPRI ante dicho Grupo de Trabajo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25993, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Decreto Legislativo Nº 803, Decretos Supremos Nº 01498-MTC, Nº 027-2002-JUS, Nº 009-2006-PCM y Resolucion Ministerial Nº 057-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora abogada G l o r i a E l v i r a P f l u cker Va l ve r d e, G e r e n t e d e Planeamiento y Operaciones de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI como representante de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Titulacion de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, como representante alterno, ante el Grupo de Trabajo relativo al Programa para la atencion de la Emergencia en el departamento de Tumbes, de acuerdo a lo expresado en la par te considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia y Presidente de COFOPRI 05776

MORDAZA de participacion en el capital social de las Bolsas de Productos, Que sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse en cuenta que tratandose de entidades que de acuerdo a su regulacion especial tienen parametros maximos de participacion y numero minimo de accionistas, como es el caso de las Bolsas de Valores, no resultan exigible los limites anteriormente mencionados, pues tratandose de tales entidades, la limitacion prevista en la Ley del MORDAZA de Valores se reflejaria indirectamente en las Bolsas de Productos; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 6 de la Ley Nº 26361 y por el inciso b) del articulo 11 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV reunido en sesion de fecha 20 de marzo de 2006. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer como porcentaje MORDAZA de participacion en el capital social de una Bolsa de Productos el 5% de acciones con derecho a voto. No sera de aplicacion dicho limite en el caso de que las Bolsas de Valores MORDAZA accionistas de las Bolsas de Productos. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSSIO GARGUREVICH Vicepresidente 05745

CONASEV
Establecen porcentaje MORDAZA de participacion en el capital social de una Bolsa de Productos
RESOLUCION CONASEV Nº 014-2006-EF/94.10 MORDAZA, 27 de marzo de 2006

Aprueban renovacion de tramite anticipado y disponen el registro del MORDAZA documento informativo correspondiente al "Primer Programa de Bonos IFC" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 018-2006-EF/94.11 MORDAZA, 2 de marzo de 2006 VISTO:

El Memorando Nº 873-2006-EF/94.60 de 20 de marzo de 2006 de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, las Bolsas de Productos, las Camaras de Compensacion, los Corredores de Productos, los Operadores Especiales, asi como las operaciones que se realicen en dicho mecanismo se encuentran sometidos al control y supervision de CONASEV de conformidad con lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley Nº 26361, Ley sobre Bolsas de Productos; Que, asimismo el articulo 6 de la referida ley modificada por la Ley Nº 27635, establece que CONASEV fija los porcentajes maximos de participacion en el capital social de las Bolsas de Productos; Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Ley Nº 26361 dispone que en todo lo no previsto en dicha ley se aplicara supletoriamente lo establecido en la Ley del MORDAZA de Valores, entre otras normas; Que, el articulo 137 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, dispone que ninguna persona por si misma o con sus vinculados, puede ser propietaria directa o indirectamente, de acciones emitidas por una Bolsa que representen mas del cinco por ciento (5%) del capital social con derecho a voto; Que, en ese sentido y teniendo como referencia el parametro establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA de Valores debe fijarse en 5% el limite

El Expediente Nº 2005033310 presentado por Corporacion Financiera Internacional y el Memorandum Nº 673-2006-EF/94.45 del 2 de marzo de 2006, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 021-2004-EF/94.11 del 20 de febrero de 2004, se aprobo el tramite anticipado, se registro el documento informativo MORDAZA correspondiente y se inscribio el "Primer Programa de Bonos IFC", hasta por un importe MORDAZA total de S/. 500 000 000,00 (quinientos millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante escritos de fecha 14 y 16 de diciembre de 2005, 26 de enero de 2006 y 16 de febrero de 2006, Corporacion Financiera Internacional solicito la aprobacion de la renovacion del tramite anticipado y el registro del MORDAZA documento informativo MORDAZA correspondientes al denominado "Primer Programa de Bonos IFC"; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Corporacion Financiera Internacional tiene la condicion de entidad calificada y ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley de MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias;

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